De excepciones y de festejos

22 de enero de 2009

Este martes 20 fue un día excepcional en toda la regla (no “la excepción que prueba la regla” no sea uste’ tonto. Si es del caso, lea la voz “excepción” del Diccionario del Diablo de Ambrose Bierce para desasnarse). Excepcional, porque asumió la Presidencia de los Estados Unidos de América un hombre a quien puede crecerle un afro (el gráfico adjunto evidencia esa singularidad) y sobre quien se tiene altas expectativas.


Excepcional también porque el idiota profundo de Bush (aquel que dijo que “para la NASA el espacio aún es alta prioridad” o “la gran mayoría de nuestras importaciones vienen de fuera del país” –lo que en definitiva es peccata minuta porque lo peor de él es su condición de criminal y de aliado de criminales) abandonó la Presidencia de EE.UU. Obvio, el mundo está de fiesta.





¡A festejar!

2 comentarios:

El Morador del Sector dijo...

No creo que el significado propuesto por Ambrose Bierce para "excepción" sea el único.

En el mundo común de los hechos, la excepción no confirma la regla, sino que en efecto la cuestiona, la pone a prueba, como sugiere Bierce y como recomienda el sentido común.

Sin embargo, en el derecho, un universo de principios y reglas, la excepción puede confirmar la regla.

El aforismo latino que utilizamos los abogados (en su versión sin editar) es "exceptio probat regulam in casibus non exceptis", que significa "la excepción confirma la regla en los casos no excepcionados", o "...no contemplados por la excepción". Este principio sirve para deducir la regla aplicable a una generalidad de casos, a partir de los casos excepcionados de dicha regla.

Así por ejemplo, si un contrato dice "La claúsula tercera no se entenderá renovada automáticamente al finalizar el plazo del contrato", podríamos deducir que la intención de las partes es que el resto del contrato sí se renueve automáticamente.

O en el caso de una ley penal, si esta dice "Los delitos sancionados con pena de reclusión no admiten fianza", se debe entender que en el resto de delitos sí es admisible la fianza.

A partir de la excepción, obtenemos una regla aplicable al caso no excepcionado.

Saludos,

Pablo

pd: En todo caso, no soy muy afecto a la interpretación gramatical o formalista del derecho. Arriba el logos de lo humano y de lo razonable! jaja

Xavier dijo...

Pablo querido (como el disco de Milanés) gracias por tus palabras. En sintonía con ellas, convengo contigo en que la crítica de Bierce se sostiene porque es ridículo, si se lo piensa un poquitín, que una excepción pueda confirmar una regla. Muchas frases de esa laya, para peor, suele admitírselas en el debate como si fueran verdades auto-evidentes (pienso en "No hay muerto malo" -¿y Pinochet, y LFC?, yo escribí, con ocasión de la muerte de Pinochet, una columna al respecto: http://xaflag.blogspot.com/2006/12/muerto-malo.html, o en "una imagen vale más que mil palabras"). Hay que pensar a la contra de esos dogmas y contamos con Bierce como aliado. Sobre lo segundo, no será difícil convenir que se trata de un supuesto diferente del anterior: se trata de la creación de una regla a partir de la excepción. Situación tan diferente como cierta. Por cierto que abajofirmo lo razonable: para matizarlo con sabinismo, te copio el primer cuarteto del primer borrador del anteproyecto de letra para el himno nacional español (con perdón): "ciudadanos, en guerra por la paz y la diosa razón, mano en el corazón". Ahí 'ta. Salute.