No al crucifijo en las escuelas públicas

23 de noviembre de 2009


En la noticia Crucifijos en las escuelas que publicó Diagonal se lee, sobre la reciente sentencia de la Corte Europea de Derechos Humanos, lo siguiente:

“La presencia del crucifijo (...) puede ser alentadora para alumnos religiosos, pero también puede ser perturbadora para los alumnos que practican otras religiones o son ateos, sobre todo si pertenecen a minorías religiosas", dijo el tribunal en su sentencia escrita. Considera que el objetivo de la educación pública es "fomentar el pensamiento crítico" y que el Estado no debe imponer creencias en establecimientos donde los individuos dependen de su autoridad. Su presencia en la escuela mal puede servir al pluralismo educativo, además de vulnerar el principio de neutralidad confesional del Estado y de no respetar las convicciones religiosas y filosóficas de familias y alumnado”. La nota de prensa de la sentencia de la Corte Europea, acá.

Ante el argumento que suelen postular representantes de la iglesia católica de que la presencia de crucifijos en las escuelas está amparada en la “libertad religiosa”, el redactor de la nota de Diagonal postula en contra que quienes eso sostienen parecen “confundir la libertad religiosa con la imposición de una determinada religión y la neutralidad del Estado con la eliminación de lo religioso en el ámbito público”. Clarito. En realidad, no debería resultar tan difícil de comprenderlo para cualquiera salvo que se lo impida el fanatismo (porque, valga precisarlo, el problema de quienes no somos creyentes de una X religión no es nunca Dios sino los fanáticos que dicen hablar en su nombre).

N.B. (1).- Diagonal es prensa piola. Recomendado.
N.B. (2).- En la imagen, un mundo virtual quiere aprender el know how de otro mundo virtual. Que no prospere.

11 comentarios:

Endivio Roquefort I dijo...

La presencia de un símbolo sólo puede resultar "perturbadora" para los patológicamente perturbables, a quienes yo les recomendaría un tratamiento terapeutico adecuado al caso para no malgastar fondos en absurdos litigios. (Más razonamientos al respecto, acá). (Y que conste que soy tan aficionado a los crucifijos que el personaje de Bram Stoker; convengamos en que eso no es el punto.)

Xavier dijo...

ER, me resulta indiferente la discusión sobre a quienes puede perturbar el símbolo: no es ese el punto. El punto es que se trata de escuelas públicas que las financia un Estado laico, con lo cual ese Estado está en la obligación de abstenerse de cualquier forma de promoción de una religión X. Por cierto, estás confundido: toda esa construcción sobre las imposibilidades de exhibir la fe en público (como por ejemplo, las supuestas limitaciones para usar una camiseta, etc. a las que haces referencia en tu entrada) son actos plenamente amparados en la libertad religiosa y no tienen relación con la educación que en una escuela pública reciba una persona (a lo que específicamente se refiere el fallo) la que debe respetar los principios constitucionales (distinto sería si Italia fuera un Estado confesional, pero no es ése el caso.) Saludos.

Endivio Roquefort I dijo...

Estoy más de acuerdo con tu argumento que con el que usaron los jueces del Tribunal de Estrasburgo, el cual sin embargo creo que debe de primar cuando se trata de dilucidar cuál es realmente "el punto". Según ellos, la presencia de un evidente símbolo religioso puede "molestar" a los que no comulguen con dicha fe. También se habla de que con dicho símbolo se está "imponiendo" una creencia. Pues bien: no creo que de por sí el símbolo "imponga" nada (diferente fuera si se les obligara a los alumnos, por ejemplo, a rezar el Padrenuestro, cosa que a mí me sucedió siendo alumno en un colegio estatal británico en los años 70: eso sí lo considero escandaloso); por otro lado, el argumento de la supuesta "molestia" se me antoja sumamente peligrosa, por las razones que intenté explicar en mi entrada: con eso, se abre las puertas a que, por ejemplo, en las lycées francesas se prohiba el chador por cuanto puede "molestar" a alumnos no musulmanes (supongo que convendrás en que eso sí es un evidente atentado contra la libertad religiosa), y más allá de eso, se cultiva en la sociedad una susceptibilidad y reverencia malsanas hacia los símbolos que fácilmente deriva (lo vemos a diario) en diversas muestras de intolerancia a todos los niveles. Lo que urge es una educación en pensamiento crítico que nos deje vacunados contra las burdas provocaciones de los quemadores de banderas y otras pillerías semejantes. Como ya dije, no lamento en absoluto que el fallo tenga por efecto la desaparición del crucifijo de las aulas italianas (si realmente sucede así: la Corte de Estrasburgo no es muy conocida por la obediencia que comanda) pero sí me parecen deleznables los argumentos citados.

Anónimo dijo...

Si es importante analizar a las personas perturbables por la presencia del crucifijo, ya que esa perturbación es una de las razones de la sentencia:"pero también puede ser perturbadora para los alumnos que practican otras religiones o son ateos, sobre todo si pertenecen a minorías religiosas". Por lo menos esa parte de la sentencia es absurda. Ahora resulta que a un opus le perturba el color rojo que recuerda a los comunistas sanguinarios, por lo tanto ese color debe ser eclipsado de toda institución pública.

En otro punto, si el " Estado no debe imponer creencias en establecimientos donde los individuos dependen de su autoridad. Su presencia en la escuela mal puede servir al pluralismo educativo, además de vulnerar el principio de neutralidad confesional del Estado y de no respetar las convicciones religiosas y filosóficas de familias y alumnado". Totalmente de acuerdo, pero acá, en progrelandia, la Constitución impone el sumak kawsai (que hubiera pasado si en lugar de sumak hubieran plasmado términos como la santidad de la vida u otros afines?),y los adalides del laicismo y críticos de la Iglesia, mutis por el foro....Maniqueismo puto, puro y duro.

Frank Chambers dijo...

Quisiera agregar que decir que un niño/joven al ver esas imagenes se perturba es por que es un chico con tendencia a perturbarse es muy general .. Es muy posible que si se perturbe, porque una imposición inadvertida es como un mensaje subliminal de tv.

Xavier dijo...

AE, sí, puede ser...
ER, tenemos varias coincidencias. Brevemente:
1) Concordamos en mi argumento del laicismo. Te hago notar (revisa la nota de prensa) que también es un argumento de la Corte EDH: “In particular, it was required to observe confessional neutrality in the context of public education, where attending classes was compulsory irrespective of religion, and where the aim should be to foster critical thinking in pupils” (Si quieres ahondar en el tema, esa página tiene un enlace a la sentencia en francés)
2) Puede que el símbolo no “imponga” nada como tú sugieres, así como puede que perturbe a algunos (más todavía sí coincidimos en que el que el símbolo esté allí se lo puede reputar ilegítimo y el que, desde mi punto de vista, no necesariamente tiene que tenerse ninguna patología para sentirse afectado por su presencia). Pero no me interesa discutirlo porque me parece que tendría que aportarse para esa discusión, no presunciones, sino datos empíricos que soporten una u otra postura.
3) El argumento de la “molestia” no necesariamente conduce a que se prohíba el chador a los alumnos musulmanes: esa forma de razonar constituye una falacia de pendiente resbaladiza. Se puede distinguir entre ambas cosas. En todo caso, coincido contigo en que esa prohibición de utilizar el chador sí sería violatoria del derecho a la libertad religiosa de los estudiantes no musulmanes.
4) Coincido en una educación de pensamiento crítico; supongo que coincidirás conmigo en que para conseguirla no son necesarios los crucifijos en las escuelas públicas; coincidimos, además, en que ambos no lamentamos su ausencia en las escuelas públicas italianas.
5) No sé que tan deleznables son los argumentos de la Corte EDH: por lo pronto, coincides en uno, mientras que el otro que tú postulas le falta sustento empírico para convertirse en sólido (puede que sea cierto lo que tú dices, puede que no: pero que tú solamente lo enuncies no convierte en deleznable, por ese sólo hecho, el razonamiento que postuló la Corte EDH).
Saludos.
A., en breve:
1) Para lo de la perturbación, te remito al comentario a ER.
2) Coincidimos en el argumento del laicismo.
3) Sobre el sumak kawsay, te hago notar:
A) Que "argumentar" lo del sumak kawsay es practicar una falacia tu quoque.
B) Que el sumak kawsay no es una religión: no tiene una simbología que se imponga, ni una iglesia a la cual asistir, etc. Con lo cual, ese supuesto maniqueísmo no se sostiene.
Saludos.

Endivio Roquefort I dijo...

(2) No sé qué tan necesario es que yo provea "datos empíricos" sobre el grado de perturbación que puede sentir un alumno ateo o judío por la presencia de un crucifijo en una aula: ni se me ocurre una escala de medición fácilmente consensuable. La cuestión es que si toda una corte de DDHH usa como argumento tal perturbación, es a esa autoridad, y no a nosotros, a quien le corresponde justificarlo con datos empíricos, cosa que convendrás en que no hicieron. Y (5)cuando una corte usa un argumento que no es capaz de sustentar adecuadamente, creo que deleznable es una descripción apropiada.

Sin embargo, en explicación de mi postura no veo nada patológico en sentirse "afectado" por el dichoso símbolo, pero sí en sentirse "perturbado" por la presencia de un objeto de insoslayable ubicuidad en el país en cuestión; es un poco como si el votante no socialista se confesara "perturbado" por el retrato del Presidente que se encuentra colgado en tanta oficina pública: creo que serías el primero en recomendarle una terapia apropiada. Y sí, considero que los jueces están en la misma obligación de medir el alcance de sus palabras como el resto de los mortales. Tal vez incluso más.

3) "No necesariamente conduce"... pero de hecho, sí condujo. La hipersensibilidad hacia los simbolismos y el asociado fetichismo es un fenómeno cotidiano y de bastante actualidad (Santa Elena->bandera de Guayaquil->uso higiénico->apoplejia todavía en algunos casos sin curar). Sinceramente, creo que se podrían desfazer bastantes entuertos sí partiéramos de la base consensuada de que los símbolos sólo son eso, símbolos, sin ningún poder capaz de sobrevivir a nuestra indiferencia.

Lo del sumak kawsay lo podemos tomar como metonimia. La cuestión es que el colegio no puede (¿ni debe?) ser una Arcadia libre de todo prejuicio, de todo sesgo, de todo dogmatismo, contra los cuales corresponde a los alumnos reaccionar: y estoy de acuerdo con Anónimo en que, de todas maneras, difícilmente pueden cumplir con tal papel los colegios públicos de este país en vistas del contenido impugnable de algunos elementos curriculares (como puede ser el caso de la llamada "educación ambiental").

Anónimo dijo...

La Corte Europea tuvo una postura más tolerante para la religión antes. Decía que no había consenso en Europa respecto del valor de la religión y que esto era un asunto que quedaba a la discreción de los estados. Ahora, está interviniendo, por algo tan mínimo, en un estado muy religioso (en relación al resto de Europa), por lo que parece que desdice su política anterior para ir por un programa de secularismo más agresivo.

No me parece que esto esté mal, pero realmente me pregunto si hay una agenda detrás. Creo que este tema no puede discutirse si no le echamos una mirada al asunto de los musulmanes en Europa.

Hay un verdadero pánico por la "islamización de Europa". Pánico que considero no está totalmente injustificado, sólo mal enfocado: El verdadero peligro es la apartheid-ización de Europa, con una verdadera separación de facto entre los musulmanes y el resto y la formación de partidos single issue-populistas que estan cerrados todo tipo de debate racional (sean anti imigrantes o partidos islamicos).

El headscarf ya está prohibido en Francia, en Turquía y lo han querido prohibir Holanda, de manera recurrente. Tengo entendido que, con tal de evitar la inmigración musulmana, los daneses han renunciado al derecho de todo danés de darle su ciudadanía a su pareja si esta es extranjera...

Mi pregunta es si la elección por el secularismo a nivel Europeo constituye una decisión conciente de los jueces para darle a los estados más herramientas para contener el poder explosivo de la religión en un futuro.

Claro, yo se que hay muchas diferencia en que sea la escuela la que ponga el signo, y no el individuo, pero lo importante es que para la corte, no hay dudas de que el secularismo y la división fuerte entre estado y religión es un estándar europeo.

Otro caso en mi opinión pone en duda si la corte está siendo jurídica o pragmática en temas de religión:

En Sahín v. Turquía, la Corte aceptó que Turquía prohibiera el uso del headscarf. Lo trató como un asunto de libertad de religión que podía restringirse en Turquía por intereses de mantener la estabilidad democrática siendo que el gobierno Turco promueve un fuerte secularismo para mantener al Islam fuera de la agenda política.

En mi opinión la Corte se equivocó en términos doctrinales -porque quizo equivocarse- el headscarf en Turquía debió verse bajo el lente de political speech, y ser ofrecida la más amplia protección... A lo mejor la corte hizo lo correcto, pero en términos doctrinales el resultado me parece cuestionable.

Gustavo

Fernando dijo...

Leyendo los comentarios veo que se insiste en comparar un crucifijo en una escuela pública de un Estado laico con lo que una persona vista lo cual es absurdo por donde se lo mire. Nadie me puede prohibir de colgarme un rosario, usar una camiseta con la imagen del Jesús del Gran Poder o de la virgen de Guadalupe, lo que es muy diferente que poner crucifijos, budas, o cualquier imagen de religión o secta en escuelas o entidades públicas ya que aquello es una muestra de identificación religiosa, lo cual no necesariamente es compartida por todos los que acuden.

Lo de "progrelandia" me causó mucha gracia, estimado anónimo estamos lejos de eso, la gorda horrorosa de la Romo, el unicejas de Bustamante, el círculo rosa y el tragón del corcho están lejos, muy lejos de ser progres.

Andrés Cárdenas M. dijo...

No he tenido tiempo para escribir y discutir este tema, pero les dejo un buen link: http://www.nachouria.com/2008/11/qu-cruz.html

Un saludo,

Unknown dijo...

Creo que habría que defender el laicismo de las escuelas públicas a ultranza. La tolerancia con los intolerantes nunca ha sido una política adecuada. Tolerar los fundamentalismos lo único que ha logrado es fortalecerlos a costa de los derechos y de las oportunidades de elegir libremente como vivir de demasiadas personas. Si el alumnado se cuelga cruces, estrellas de david o medias lunas, todavía creo que puede quedar un cierto margen para discutir, pero que las escuelas públicas, en teoría laicas, no pueden colocar crucifijos, ni estrellas de david ni ningún otro símbolo religioso me parece que es indiscutible. En ese sentido, comparto el pánico, no por la islamización, sino en general por tolerar el avance de fundamentalismos de cualquier especie. Personalmente creo que los religiosos son los peores, porque contra la irracionalidad de la supuesta salvación del alma es difícil luchar con argumentos puramente materiales por muy racionales y razonables que sean. Además, porque la religión ha hecho demasiado para destrozar vidas, de las mujeres sobre todo. Aún ahora hay muchas "mártires" en su nombre: mujeres apedreadas a muerte por infieles por ejemplo... Por no referirme al complejo de culpa y las taras con que educan católicas y cristianas, con recomendaciones de soportar violencia conyugal de todo tipo porque marido es y el matrimonio es para siempre... Y podría seguir ad infinitum, con ejemplos de como las religiones nos oprimen a tod@s...
Y eso siempre es un asunto político por supuesto. En el sentido aristotélico de que lo político es lo que tiene que ver con la polis, entonces, es lo que concierne al bien común, al bien de tod@s, entendiendo que las mujeres son parte de ese tod@s