76 años para el pluralismo religioso en la Constitución

8 de junio de 2020


El pluralismo de religiones en una sociedad previene el dominio legal de una única religión en dicha sociedad. Ese fue el caso de los Estados Unidos de América.

Los países de América latina no contaron con la fortuna del pluralismo religioso de la Yoni. En ellos, el pluralismo se obtuvo a las bravas, en unas guerras civiles que costaron miles de vidas y que demostraron que las tradiciones no son derrotadas fácilmente. Mucho menos las tradiciones católicas, siendo los católicos los más necios entre los cristianos.

La conquista de la América hispana se justificó en la decisión de un Papa (Rodrigo Borja, no kidding) y se practicó al amparo de la cruz. Cuando la mayoría de los países de América latina se independizaron entre 1810 y 1830, la religión católica se convirtió en la religión oficial de todos y cada uno de estos países. En materia de religión, todos sus inicios fueron conservadores, de cuño discriminador y excluyente.

En el Ecuador, ese catolicismo conservador latinoamericano tuvo a una de sus expresiones más extremas durante el gobierno del guayaquileño Gabriel García Moreno. En su segundo período presidencial, en 1869, el Ecuador adoptó una Constitución que convirtió a la religión católica en un requisito para la ciudadanía. Esta Constitución (nuestra octava) fue la primera aprobada vía referéndum: un país de miserables y analfabetos le otorgó un triunfo arrollador. 

Pero este catolicismo conservador a ultranza tenía que ceder ante una era de globalización de corte inglés. Los países de Latinoamérica tenían que dejar de ser tan palurdos y ultramontanos como se podía serlo cuando se era un rincón perdido de un reino europeo y tenían que ponerse a tono con las libertades ciudadanas. En el caso del Ecuador, esto se hizo con montoneras y a los balazos, tomó muchos años, pero al final del siglo XIX el Ecuador era un país ganado para el liberalismo.

Y para que el liberalismo triunfe en la república, como en 1822 con el republicanismo, hubo que entrar a ocupar Quito. Esto ocurrió el año 1895, esquivando balas y oraciones del bando conservador y entrando el indio Alfaro a la capital ese 4 de septiembre (años después –enero de 1912-, en esa misma ciudad lo quemaron). Se hizo una Asamblea Constitucional para aprobar nuestra décimo primera Constitución y, en ella finalmente, triunfó el pluralismo religioso. 

Como la primera en el “Título IV. De las garantías”, su artículo 13 disponía la siguiente: “El Estado respeta las creencias religiosas de los habitantes del Ecuador y hará respetar las manifestaciones de aquéllas.” Pero el artículo precedente establecía que la religión católica seguía siendo la oficial en la República:  “Artículo 12.- La Religión de la República es la católica, apostólica, romana, con exclusión de todo culto contrario a la moral. Los Poderes públicos están obligados a protegerla y hacerla respetar.”

En la siguiente Constitución de 1906, por vez primera, el Ecuador desistió de ser el Estado confesional que había declarado ser en sus diez anteriores Constituciones. Al menos en la norma, la garantía del respeto a la libertad de religión y la supresión de la religión católica como la oficial del Estado consolidaron el triunfo del pluralismo religioso, a 76 años de fundada la república ecuatoriana.

76 años entonces les tomó a los católicos, por estos pagos, aceptar en la Constitución que ya no son ni únicos ni excluyentes, ni tampoco primus inter pares, sino apenas una religión entre muchas y que todas las otras creencias merecen el mismo respeto que a ella se le dispensa. Pero, por supuesto, siendo el catolicismo la variante más necia del cristianismo, en la práctica ese respeto a las creencias de los otros es una lección que (manque Francisco) los católicos en el Ecuador todavía no han aprendido.  

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