Esta es la parte feliz de
esta saga: cuando el hombre, Tony Balseca, injustamente detenido, por quien La Komuna presentó un hábeas corpus y no
hubo en la gris Guayaquil dos de tres jueces capaces de hacer valer una
garantía constitucional, salió en libertad. Ocurrió el 26 de octubre de 2019, cuando el juez sentenció en el
proceso principal, en el que Tony estaba acusado de una supuesta “paralización
de los servicios públicos”, que era inocente. Tony estaba detenido desde la
madrugada del 10 de octubre, por haberse dictado una prisión preventiva en su
contra.
Este es un caso en que la
madrugada del 10 de octubre de 2019 el afán punitivo del Estado metió presa a
una persona por la portación de un cartel: ese día se le atribuyó a él haber
cometido un delito por el que podía pasar en la cárcel de 1 a 3 años, se le
dictó una prisión preventiva sin mayor motivación y en clara contravención de
los principios que deben guiar el dictado de esta medida de privación de la
libertad (excepcionalidad, legalidad, necesidad, proporcionalidad y
razonabilidad, v. esta Guía de la CIDH) y se lo mandó a guardar en uno
de esos sórdidos lugares de detención de nuestro degradado sistema
penitenciario.
Pero, caso curioso, el 26
de octubre el Estado se desdijo de esos graves cargos.
Así fue: el 26 de octubre
de 2019, la Fiscalía (que días antes había defendido la prisión preventiva
en la audiencia de hábeas corpus) no pudo sino emitir un dictamen abstentivo y
el Juez de la causa, en concordancia, declararlo a Tony inocente del cargo que
se le había imputado unos días atrás. Pero la incapacidad de sostener lo dicho
apenas dieciséis días antes revela, cuando menos, estas dos cosas: a) Que la acusación inicial hecha en
contra de Tony fue precipitada e injustificada, y con mayor razón, lo fue la
prisión preventiva que se dictó en su contra; b) Que la actuación de los jueces que fallaron en contra de
conceder el hábeas corpus fue forzosamente negligente, si apenas unos pocos días después el Estado hizo evidente en el proceso principal que no había razón
para que Tony Balseca esté preso.
Es decir, se configuró el
caso de un Estado que fue arbitrario en usar su poder represivo en contra de una
persona y que también negligente en aplicar una garantía constitucional a su favor.
Un Estado, entonces, arbitrario y negligente en relación con Tony Balseca, quien
no tiene obligación de soportar el daño que se le causó. Tony fue una víctima
del abuso del Estado, una víctima de una injusta detención.
Un Estado que ha hecho
esto, que se ha comportado como un real barbaján, no puede (ni merece)
quedar en la impunidad. Sobre todo, cuando ese Estado tiene normas por las que está
obligado a reparar este tipo de abuso. El artículo 11.9, inciso cuarto, de la
Constitución del Ecuador establece que nuestro Estado será responsable “por
detención arbitraria”. Y eso habrá que hacerlo valer.
En conclusión, esta es la
parte feliz de la Saga Balseca: el hombre recuperó su libertad, y vive y bebe
en forma. Pero la lucha continúa, porque el abuso del Estado en su
contra, tarde o temprano, el Estado lo tendrá que indemnizar.
Pues como dijo el filósofo
mexicano Alfonso Sayas (¿o fue el Caballo
Rojas?), empuñando un mezcalito: “La
lucha se hace”.
[continuará…]
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