7 de junio de 2020

Tres rarezas de la Constitución del '79


Una primera rareza de la Constitución que entró en vigor en 1979 (nuestra decimoséptima) fue que, salvo por nuestra primera Constitución de 1830, cuando aún nos proyectábamos al mundo como un Estado que se administraba a sí mismo pero que se entendía confederado en la “República de Colombia”, y por nuestra quinta Constitución, que la diseñó el ilustre Pedro Carbo y en vigencia por unos meses de 1851 y 1852 durante el efímero gobierno de su tío, Diego Noboa, el Ecuador había sido, siempre y en todo rato, un Estado con dos cámaras de representantes en su órgano legislativo, un Estado bicameral. Ahora, sumadas las constituciones de 1998 y 2008, el saldo en 190 años son cinco unicamerales vs. catorce bicamerales. La unicameralidad ha persistido por más de cuarenta años.

Otra rareza del ’79: es una de las tres constituciones adoptada vía referéndum, como lo he destacado en un artículo anterior.

Finalmente, como tercera rareza de la Constitución de 1979 está que el órgano legislativo adoptó el nombre de “Cámara Nacional de Representantes”. Era la primera vez que ocurría en la historia ecuatoriana, pero esto duró muy poco, pues en las reformas de 1983 se lo suprimió y se adoptó el nombre de “Congreso Nacional” (que duró hasta el 2008).

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