30 de septiembre de 2009
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27 de septiembre de 2009
Las leyes de desacato
El proyecto de Ley de Comunicación que presentó César Montúfar contiene una disposición que elimina los efectos del delito de desacato que se establece en los artículos 230 y siguientes del Código Penal. Las leyes de desacato son normas que sancionan penalmente la expresión que ofende, insulta o amenaza a un funcionario público en sus funciones oficiales. El artículo 32 del proyecto de Montúfar vacía de contenido esas normas al establecer que “[e]n ningún caso se podrá considerar como caso de desacato a la autoridad las expresiones, información u opinión que se crea que ofendan o insultan a servidores públicos en el ejercicio de sus funciones o a candidatos a ocupar cargos de elección popular”.
Precisamente uno de los primeros y más importantes informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en materia de libertad de expresión fue el “Informe sobre la compatibilidad entre las leyes de desacato y la Convención Americana sobre Derechos Humanos” publicado en febrero de 1995. En las conclusiones del mismo, la Comisión consideró la incompatibilidad de las leyes de desacato con la Convención Americana en razón de “las consecuencias de las sanciones penales y el efecto inevitablemente inhibidor que tienen para la libertad de expresión, la penalización de cualquier tipo de expresión sólo puede aplicarse en circunstancias excepcionales en las que exista una amenaza evidente y directa de violencia anárquica”. El efecto inhibidor de las sanciones penales al que la Comisión hace referencia es el llamado “efecto general de silenciamiento” (chilling effect) y las circunstancias excepciones son las establecidas en el artículo 13.5 de la Convención Americana relativas a la propaganda de la guerra, la apología del odio y la incitación a la violencia. Esta incompatibilidad se complementa con la que establece el principio 11 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión: “Los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva a funcionarios públicos generalmente conocidas como ‘leyes de desacato’ atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información”. En esa misma línea consideró las leyes de desacato la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia condenatoria del caso Palamara Iribarne vs. Chile, del 22 de noviembre de 2005.
En su último informe, publicado en febrero de 2009, la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomendó a los Estados miembros de la OEA “Promover la derogación de las leyes que consagran el desacato, cualquiera sea la forma en que se presenten, dado que estas normas son contrarias a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y restringen el debate público, elemento esencial del funcionamiento democrático”. El debate sobre la Ley de Comunicación es ocasión propicia para cumplir con esa recomendación. Bastaría que la definitiva Ley de Comunicación incorpore el artículo 32 del proyecto de Montúfar y que se añada (para mayor precisión) una disposición final derogatoria de los artículos 230 al 233 del Código Penal.
26 de septiembre de 2009
Rumbo a la Atenas
25 de septiembre de 2009
Charles Vergo's Rendezvous (LPQLP)
Establecimiento donde, además y de muchísima importancia, se sirven las mejores costillas que yo he probado en mi fuckin' vida...
Una al buche...
Game over...
Exquisita descontractura...
Y como le caímos piola al dueño del establecimiento porque justo él venía de un trip por el Perú y hablamos largo sobre Machu Picchu, inca trail, comida peruana y plan random porque un trip similar al que él hizo yo lo había hecho unos años atrás, él tuvo a buenérrimo delegarle al administrador del establecimiento que nos regale unos productos de la casa los que, again LPQLP, estaban del futuro...
Si usté vive en el gabacho, un día de su vida agénciese unas costillas de Charlie Vergo's. Me lo agradecerá, neta.
Ahora sí es la foto...
23 de septiembre de 2009
Hoy, discusión sobre democracia inconclusa
La Red de Investigadores para el Monitoreo de la Democracia en la Región Andina de la Universidad de British Columbia (Vancouver-Canadá), el Centro de Investigaciones de Política y Economía (CIPEC) y el Programa de Maestría en Gobernabilidad y Gerencia Política de la Universidad Católica Santiago de Guayaquil difunden el informe de investigación “La democracia inconclusa: derechos fundamentales, instituciones políticas y rendimientos gubernamentales en Ecuador (1979-2007)” de autoría de Santiago Basabe, Simón Pachano y Andrés Mejía.
La agenda del acto de difusión del informe es la siguiente: 1) Presentación del informe por parte del Dr. Santiago Basabe Serrano, Director del Centro de Investigaciones de Política y Economía (CIPEC) y Coordinador del equipo ecuatoriano para el monitoreo de la democracia en la región andina; 2) Comentarios del Ab. Xavier Castro Muñoz, jurista y especialista en temas judiciales; 3) Comentarios del Ab. Xavier Flores Aguirre, analista político y catedrático universitario; 4) Preguntas del público. El acto lo moderará la Lcda. Olilia Carlier de Idrovo, Directora de la Maestría en Gobernabilidad y Gerencia Política de la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil.
Importante: vino gratis. A ver si alguno de los lectores de esta bitácora déjase caer.
22 de septiembre de 2009
Restricciones indirectas (Art. 13.3 CADH, reloaded!)
Restricciones indirectas (Art. 13.3 CADH)
21 de septiembre de 2009
Huguito y la cuchara (todos los cholos)
Voleando sobre la ley de comunicación
Nada, Inc. presenta....
20 de septiembre de 2009
Familia y sociedad homofóbica
Títulos restrictivos
19 de septiembre de 2009
La mitad religiosa de ese lunes
“… los clérigos coloniales, altos, medios y bajos, contribuyeron a la estabilidad del Estado y la sociedad coloniales exhortando a los feligreses a ser fieles a la monarquía y sus representantes locales. Se equiparó la traición al Estado con la herejía, como habrían de argumentar los edictos de la Iglesia en las guerras de independencia. En pocas palabras, la interpenetración de Estado e Iglesia, tan importante característica en la política de América Latina en el siglo XIX, nació en el XVI y estaba plenamente desarrollada hacia 1700” (La herencia colonial de América latina, Pág. 76).
"Esto experimentan los indios con sus curas, que, debiendo ser sus padres espirituales y sus defensores contra las sinrazones de los corregidores, puestos de conformidad con éstos, se emulan a sacar el usufructo en competencia, a costa de la sangre y del sudor de tan mísera y desdichada gente, a quien, faltando el pan para sustentar, se sobran riquezas para engrandecer a otros […] instruidos los indios en que los curas tienen consigo una mujer, del mismo modo que los seglares casados, y con ella una entera familia de hijos, están persuadidos a que este crimen tan horrible es cosa lícita, mediante que ellos y todo el mundo está continuamente siendo testigo de la repetición del sacrilegio que cometen. […] Habiendo tratado de lo que los curas tiranizan a los indios y de su mala conducta y pervertidas costumbres, podremos entrar a examinar el régimen y gobierno espiritual que tiene para educarlos y para instruirlos en los preceptos de la fe [en lo que] es preciso convenir en que mucha parte de la ignorancia procede del total descuido de los curas y de la falta de enseñanza, sin cuya ayuda no es fácil que ningún gentil deje los falsos ritos de su religión por no conocer perfectamente el engaño, ni lograr la ilustración su entendimiento con las brillantes antorchas de la fe. A una enseñanza de la doctrina tan pasajera y sin más explicación que el aire, ¿qué inteligencia puede corresponder? Y de una vida tan desastrada y escandalosa como la que se les representa en el espejo del que tienen por padre espiritual y por maestro, ¿qué continencia, qué virtud o qué estímulo a seguir lo bueno se puede esperar?" (Jorge Juan Santacilia y Antonio de Ulloa, Noticias secretas de América, Pág. 244-256-259-261-262. La sección –es la quinta- se titula Trátase de las extorsiones que padecen los indios por medio de los curas, con distinción de las que cometen con ellos los eclesiásticos seculares y los regulares, [y] el extravío de su conducta, de donde redunda la tibieza con que los indios guardan la religión, y el que la miren con indiferencia [trátase del estado de las iglesias])