Publicado en diario Expreso el viernes 8 de noviembre de 2024.
El 26 de octubre de 1821 la Junta de Gobierno de Guayaquil, compuesta por José Joaquín Olmedo, Rafael Ximena y Francisco María Roca, emitió un decreto por el que ordenó que, en la provincia de Guayaquil, se celebren todos los 8 de noviembre. En el decreto de la Junta de Gobierno se explicitaba una clara razón.
“Después de proclamada nuestra independencia no podíamos llamarnos libres”, indicaba este decreto de 1821, hasta que “pudo reunirse la representación de la Provincia, que es el más precioso de los derechos sociales, y el privilegio más noble de los pueblos libres. Este memorable día fue el 8 de Noviembre de 1820”.
Así, para la Junta de Gobierno presidida por Olmedo, el 8 de noviembre era el día de la libertad porque fue en ese día de 1820 que se reunieron en un Colegio Electoral, en la ciudad de Guayaquil, cincuenta y siete representantes de veintisiete pueblos de la provincia de Guayaquil, que era un territorio de alrededor de 50.000 kilómetros cuadrados y 70.000 habitantes.
En el decreto de 1821 se recuerda que aquel 8 de noviembre que se reunió la representación de la provincia en el Colegio Electoral, “por primera vez pronunció libremente su voluntad el pueblo de Guayaquil, y puso los cimientos de su voluntad política”.
Los cimientos de la voluntad política puestos por este órgano representativo, reunido entre el miércoles 8 y el sábado 11 de noviembre de 1820, fueron el nombramiento de Olmedo, Ximena y Roca para integrar la Junta de Gobierno y la aprobación del Reglamento Provisorio de Gobierno para la administración de la Provincia Libre de Guayaquil.
El Reglamento Provisorio de Gobierno estableció en su artículo primero que la provincia “es libre e independiente” y que “su gobierno es electivo”. Es decir, rompió con el gobierno monárquico que había imperado por siglos para instaurar un gobierno republicano, pues la soberanía empezó a residir en el pueblo (de allí el carácter electivo de sus gobernantes) y se estableció una división de los poderes del Estado.
Esta división de los poderes tomó la siguiente forma: el poder ejecutivo debía conformarse por “tres individuos elegidos por los Electores de los Pueblos” con atribuciones para resolver “en todo lo gubernativo y económico de la administración pública” (Arts. 4 y 5). Estos tres individuos fueron Olmedo, Ximena y Roca.
Se estableció una “representación provincial”, como lo fue el Colegio Electoral que dictó el Reglamento Provisorio, que “se convocará por el Gobierno cada dos años en el mes de octubre, o antes si la necesidad lo exigiese” (Art. 19). Y también un poder judicial, para administrar “justicia en lo civil y criminal”, compuesto por jueces de primera y de segunda instancia (Arts. 11 al 13).
Asimismo, se creó una milicia para liberar los otros territorios de la Audiencia de Quito (Arts. 8 al 10).
El decreto de 1821 ordenaba que todo 8 de noviembre sea “celebrado en la Capital y en todos los pueblos de la provincia” con “una misa de acción de gracias al Ser Supremo”, con “salva general, repique, e iluminación”, y con esta inscripción en la Sala Capitular, escrita en grandes caracteres: “Guayaquil independiente en 9 de octubre : Guayaquil libre el 8 de noviembre de 1820”.