Publicado
en diario Expreso el 26 de agosto de 2022.
En el Congreso
Constituyente de 1830 que creó el Estado del Ecuador se discutió la respuesta a
la pregunta que titula esta columna. Los representantes de los departamentos de
Azuay, Guayaquil y Quito se juntaron en Riobamba a decidir el sistema político
que iba a regir sus relaciones. Un punto que ellos resolvieron fue si la
representación política se la debía hacer de manera proporcional a la población
de los departamentos, en cuyo caso el departamento de Quito tendría una mayoría
de representantes frente a los otros dos, o si se la debía hacer de manera igualitaria.
El diputado
guayaquileño José Joaquín de Olmedo defendió en ese Congreso Constituyente la
igualdad de la representación de los tres departamentos que integraron el
Estado del Ecuador (las antiguas provincias españolas de Cuenca, Guayaquil y
Quito). En la sesión del 31 de agosto de 1830, frente a la posición quiteña de
que el cálculo del número de representantes debía hacerse en función de la
población de cada departamento, Olmedo retrucó que debía optarse por una representación
igualitaria, explicando: ‘la diferencia que había entre provincias que están
sujetas á una autoridad, y que unidas forman un cuerpo político, y entre otras
secciones que por circunstancias improvisas quedan en una independencia
accidental; que en el primer caso, era desde luego indispensable arreglar la
Representación Nacional á la población, bajo una ley establecida; pero no así
en el segundo, pues las secciones independientes podían reunirse muy bien con
la representación igual, ó bajo los pactos convencionales que se estipulasen
para la unión’.
Este discurso del
diputado Olmedo implicaba que ningún departamento ejercía dominio sobre otro.
La única vez que, durante el tiempo del gobierno español, una provincia quiso
imponerse a las otras dos, fue sometida de manera ultra-violenta: le ocurrió a
Quito, con la masacre del 2 de agosto de 1810 incluida.
En el discurso de
Olmedo y en la práctica, cada antigua provincia era una entidad independiente.
Y si se reunía una con otras para componer una entidad mayor, ello ocurría por mera
conveniencia. Su representación podría ser igualitaria, o ser la que se
estipulase para la ocasión. En el Congreso Constituyente de 1830 (en perjuicio
de la abrumadora mayoría de habitantes del departamento de Quito) los
representantes de Azuay y Guayaquil estipularon que la representación sea
igualitaria, a razón de 10 diputados por departamento.
E igualitaria quedó por
más de treinta años y seis Constituciones. En todas ellas se hizo referencia a
‘los antiguos departamentos’ para el cálculo de la representación política (salvo
en 1843 que se utilizó la denominación ‘Distritos’). Así, 5 senadores y 8
representantes por departamento en la Constitución de 1835, 9 senadores y 10 representantes
por distrito en la de 1843, 6 senadores y 10 representantes por departamento en
la de 1845, 14 representantes por departamento en la de 1851, y 6 senadores y
10 representantes por departamento en la de 1852.
Hasta que en 1861 la
séptima Constitución y una nueva ley electoral cambiaron la representación
política del Ecuador a una proporcional al número de habitantes de cada
provincia.