Desapariciones LFC

30 de diciembre de 2006

Publicado en diario El universo el 30 de diciembre de 2006.

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Rubén Blades compuso una canción que versa sobre este doloroso tema de una manera conmovedora. Una a una, su canción desgrana historias mínimas, de personas que pierden a su esposo, hermana, hijo o madre y que en pocas palabras traduce la angustia de quienes no pueden comprender por qué. La hipotética biografía de Altagracia o de Clara Quiñónez nos enfrenta, si tenemos un ápice de sensibilidad, con la frase de Cioran de que la historia no es sino una masacre y con el horrendo testimonio de lo inefable. La canción de Blades se llama Desapariciones y su mejor versión, para mi gusto, la cantan Los Fabulosos Cadillacs.

Blades escribió esta canción en 1984; pensaba, es probable, en los desaparecidos del Cono Sur. Pero su canción, por desgracia y porque como dijera Borges, la historia de un hombre es la cifra de la historia de todos los hombres, puede referirse a los que con posterioridad a esa fecha fueron desaparecidos en otros ámbitos: digamos, en Perú, en Guatemala o en El Salvador. También en Ecuador. El mismo año que Blades compuso su canción, inició su gobierno León Febres-Cordero (LFC); en el libro de Mariana Neira intitulado ¿Dónde están? Los Desaparecidos en el Ecuador se describe con no escasa minucia los actos de terrorismo de Estado que se ejecutaron en su periodo presidencial.

Desde ese entonces LFC se irguió como la figura política más importante de esta penosa democracia. Acumuló mucho poder y tengo la convicción de que no contribuyó con este al bien común: la miseria de institucionalidad que padecemos es tributaria de su época de dominio. Las recientes elecciones son la prueba de su desgaste y su fracaso; él lo sabe. Cuarto él, líder del PSC, por debajo de una animadora de TV; quinta su candidata, con la votación más baja de la historia de su partido en las últimas dos décadas. Nadie duda, ni sus acérrimos partidarios, que vive el término de su carrera política: somos los espectadores de su despedida. La nueva derecha, o lo que pueda merecer el calificativo de nueva, tiene la obligación de darle la espalda a este caudillo. Ellos lo saben. Tengo la certeza de que la única razón de peso para la diputación de LFC es la inmunidad parlamentaria que esta condición le otorga. Nada más.

Es así, porque a pesar de las nulas acciones iniciadas para investigar estos hechos que constató en su libro Mariana Neira, y que para cualquier persona consciente constituyen no otra cosa que actos de terrorismo de Estado, nada obsta a que se inicien las causas judiciales, en principio, en sede local, y si estas no fueran efectivas, en sede internacional, para conocer la verdad sobre estos hechos constitutivos de crímenes de lesa humanidad y juzgarlos en consecuencia, sancionando con el rigor de la ley a los responsables de los mismos. Sería una suerte de salutación judicial que detenga la despedida impune.

Es curioso: el disco doble de quienes supieron cantar mejor Desapariciones, Los Fabulosos Cadillacs, y que por cierto significó su despedida de la música, lleva en el título una invocación a sus iniciales: "Hola LFC" y "Chau LFC", se llamó. Yo no sé de coincidencias. Pero sí sé que la sociedad civil tiene el derecho de iniciar los procesos conducentes a conocer la verdad sobre los hechos criminales de su periodo de gobierno, en aras de cesar la impunidad, de reconstruir nuestra institucionalidad y nuestra identidad a partir de la discusión crítica de nuestra historia reciente y de que finalmente se haga justicia. Que sea esta una reflexión para el año venidero, son mis sinceros deseos para usted y su familia.

Denunciemos a Colombia

23 de diciembre de 2006

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Publicado en diario El universo el 23 de diciembre de 2006.

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Tengo la convicción de que la política de Ecuador con relación a Colombia ha sido endeble: nos ha faltado actitud, contenido y definición. Me atrevo a sugerir un camino para empezar a enderezarla. Esta página se la dedico a Cancillería y a las autoridades del Gobierno que inicia el 15 de enero, para que tomen las medidas efectivas en defensa de los intereses del país.

El artículo 45 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos autoriza la presentación de denuncias por violaciones de derechos humanos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) entre Estados de América que sean parte de ese instrumento jurídico. Tanto Ecuador como Colombia lo son. El único requisito para la competencia de la CIDH es la declaración de ambos estados parte de que la CIDH es competente para recibir y examinar denuncias interestatales. Ecuador la hizo el 13 de agosto de 1984 y Colombia el 21 de junio de 1985.

El fundamento de la denuncia ecuatoriana sería que la aspersión de glifosato que Colombia realiza en la frontera norte viola el derecho a la vida de los habitantes de la región y el “principio de precaución” en materia de derecho internacional ambiental; la denuncia se acompañaría de una solicitud de medidas cautelares que obligue a Colombia, por disposición de la CIDH, a cesar las aspersiones en la frontera norte. En este caso no se requiere prueba del agotamiento de los recursos de la jurisdicción interna porque de conformidad con la práctica internacional (Cfr. Corte Europea de Derechos Humanos, Caso Irlanda c. Reino Unido, sentencia del 18 de enero de 1978) lo único que se debe establecer es la existencia de medidas legislativas o prácticas administrativas que autorizan las aspersiones. Ni siquiera se requiere la existencia de una víctima concreta.

Imagino ciertas prevenciones en Cancillería para la presentación de esta denuncia. Puedo reducirlas a tres: la condición de “delicada” de la relación con Colombia, la “hermandad” entre nuestros países (que tanto le llena la boca al presidente Uribe) y la “comprensión” que solicita la canciller colombiana Araújo. Pamplinas. México inició un exitoso proceso de defensa de sus migrantes en Estados Unidos con la solicitud a la Corte Interamericana de Derechos Humanos de Opiniones Consultivas acerca del derecho a la información sobre la asistencia consular y de la condición jurídica de los migrantes indocumentados. Con los pareceres jurídicos que obtuvo fundamentó su demanda contra Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya en el célebre caso Avena y otros, con cuya sentencia México consiguió que se obligue a Estados Unidos a reconsiderar los procesos materia de ese contencioso. En fecha tan reciente, como el lunes y martes de esta semana, se celebraron en La Haya las audiencias en la CIJ relativas a la solicitud de medidas provisionales que presentó Uruguay en el litigio que Argentina le inició por la construcción de dos papeleras que aquel autoriza a funcionar en su margen del río Uruguay, con supuesto daño al medio ambiente.

Seamos claros: no existen dos países de América con más “delicados” intereses en juego que México y Estados Unidos, como tampoco existen dos países más “hermanos” en Sudamérica que Argentina y Uruguay; presentar una denuncia ante un órgano internacional no constituye una falta de “comprensión” hacia el país denunciado sino una legítima manera de defender los intereses de un Estado. Seamos más claros todavía: denunciar a Colombia ante la CIDH se constituye como un mecanismo idóneo para la discusión imparcial y racional de este incidente, una manera efectiva de defender con argumentos y pruebas a los habitantes y al medio ambiente de la frontera norte y un punto de partida para la construcción de una política sólida y soberana con relación a Colombia. Solo espero, entonces, que el Gobierno que entra actúe en consecuencia. Que así sea.

Muerto malo

16 de diciembre de 2006


Publicado en diario El universo el 16 de diciembre de 2006.

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Los seres humanos tenemos el hábito de decirnos mentiras piadosas para tornar más llevaderas las cargas de la realidad. Una de esas muchas mentiras es la clásica frase "no hay novia fea, ni muerto malo" cuya condición falaz es, por supuesto, muy evidente. Que las novias feas existen es cuestión de darse una vuelta por las oficinas del Registro Civil y acreditarlo con los propios ojos; y sobre que los muertos malos existen tenemos un notorio ejemplo reciente: el domingo 10 de diciembre falleció en Santiago de Chile el dictador Augusto Pinochet.

En enero de 1978, el policía italiano Eugenio D'Alberto recibió una condena porque profirió a sus superiores una "ofensa imperdonable": osó llamarlos "Pinochet". El juez de la causa entendió que semejante mención suponía una "calificación injuriosa" porque implicaba no otra cosa que el ejercicio del mando con "métodos de naturaleza autoritaria y represiva". Las cifras oficiales lo confirman: 3.197 personas muertas o desaparecidas y aproximadamente 30.000 sometidas a torturas a consecuencia de actos represivos de agentes estatales. Así, la asociación de términos que hizo el juez italiano es casi impecable. Le faltó solo añadir a su dictamen la precisión de la palabra "criminal".

A despecho de su vileza, todavía algunos insensatos insisten en defender a Pinochet. Conozco bien sus argumentos; pueden sin pérdida reducirse a dos. El primero supone que las víctimas de la represión que encabezó este dictador fueron necesarias para vencer al enemigo comunista. Este argumento es insostenible. El Informe Rettig probó con suficiencia la existencia de desapariciones, ejecuciones, torturas, usos indebidos de la fuerza y abusos de poder que carecieron de justificación alguna en el contexto de la situación de contienda política. Tales excesos no eran en absoluto necesarios; su ejecución constituyó, para cualquier individuo con un mínimo de conciencia ética, no otra cosa que la puesta en práctica de un execrable terrorismo de Estado.

El segundo de los argumentos le atribuye a la dictadura de Pinochet el desarrollo económico de Chile. Este argumento es vergonzoso y equivocado. Lo primero, porque este cálculo de costo/beneficio es inaceptable cuando el costo para desarrollar la economía lo pagan con sus vidas miles de personas; si alguno llega a consentirlo sin rubor, funde usted la sospecha cierta de que se halla frente a un nazi o un idiota. Lo segundo, porque la estabilidad de la economía chilena se relaciona tanto con las sólidas instituciones y el acendrado respeto a la legalidad que se forjan a lo largo de su historia y desde su independencia de España (en los tiempos de Diego Portales y que constituyen una excepción para la región) como con méritos del modelo económico que, como bien declaró el Ministro de Hacienda chileno con ocasión de la muerte del dictador, no se pueden atribuir en exclusiva a la dictadura de Pinochet. Lo que en materia económica sí puede atribuirse solo a su dictadura es su inmensa fortuna personal, que este infame formó a partir de actos de corrupción y de fraude tributario. Es decir, que además de criminal, Pinochet también fue un vulgar ladrón. Escoja usted su manera de despreciarlo. Yo le recomiendo ambas.

Pinochet murió y no recibió los funerales de Estado que no merecía, porque no los merecen quienes usurpan el poder. Sus simpatizantes acudieron a su velación a despedirse de su cadáver; sus víctimas, familiares de las víctimas y detractores de su dictadura salieron a las calles para festejar con champán su deceso. Sé muy bien dónde yo habría estado: copa de champán en mano, celebrando la muerte de este triste apellido que se asocia con el crimen y el terror y festejando el tránsito a los infiernos de este, sin duda alguna, muerto malo.

Detención en fraude

9 de diciembre de 2006


Publicado en diario El universo el 9 de diciembre de 2006.

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La detención en firme es una institución aberrante y violatoria de los derechos humanos de quienes la padecen. El Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas en sus conclusiones y recomendaciones al Tercer Informe que presentó el Estado ecuatoriano requirió a este su eliminación (http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/4503.pdf), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su Informe del año 2005 observó con preocupación su existencia (http://www.cidh.org/annualrep/2005sp/cap.4b.htm) y saludó, en su Comunicado de Prensa Nº 37/06, la reciente Resolución Nº 002-2005-TC del Tribunal Constitucional (TC) que la declaró inconstitucional (http://www.cidh.org/comunicados/spanish/2006/37-06esp.htm).

En principio, no puedo menos que compartir la satisfacción que expresó la Comisión Interamericana. El TC actuó bien cuando declaró la inconstitucionalidad de la detención en firme, instituto procesal que en su resolución consideró como “un fraude al espíritu constitucional contenido en el numeral 8 del art. 24 de la Carta Magna” con lógico fundamento en el derecho internacional de los derechos humanos y en las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, tal como debe ser. Pero disiento plenamente de la aclaración y ampliación que el TC realizó a la Resolución Nº 002-2005-TC, con la cual borró con el codo lo que había hecho bien con su mano. Vale aclarar que en el contexto de esta página la palabra “codo” significa “con claro sesgo político y escaso criterio jurídico”.

En efecto, sobran razones para no aceptar la interpretación de “irretroactividad” que el TC hace en la aclaración y ampliación de marras. En principio, porque el análisis literal de las normas que regulan la irretroactividad de las declaraciones de inconstitucionalidad del TC autorizan una interpretación contraria. Así, el artículo 278 de la Constitución establece que esa declaratoria “no tendrá efecto retroactivo” lo que concuerda con el artículo 22 de la Ley de Control Constitucional (LCC) que amplía ese postulado y expresa que “no [se] afectar[án] las situaciones jurídicas surgidas al amparo de tales normas y antes de la declaratoria de su inconstitucionalidad”. Una interpretación lógica de esas normas impediría, por supuesto, que a partir de esta Resolución Nº 002-2005-TC se reclame por la pasada aplicación de una detención en firme que haya sucedido en el ínterin entre la vigencia de la Ley Nº 101-2003 que creó la detención en firme y la Resolución del TC que declaró su inconstitucionalidad, porque en ese caso sí se trata de una situación jurídica que aconteció (porque concluyó el proceso con la condena o la absolución) antes de la Resolución en cuestión. Pero no es este, claramente, el caso de las detenciones en firme que se mantienen en vigor, las cuales no se encuadran en el presupuesto del artículo 22 LCC (“y antes”) porque estas se mantienen vigentes durante la declaratoria de inconstitucionalidad del TC y, al borrar este la detención en firme del sistema jurídico ecuatoriano, necesariamente debe invalidar las detenciones de esta mala índole que se mantuvieran en vigor al momento de la Resolución.

Peor aún, el TC soslayó su obligación de “asegurar la eficacia de las normas constitucionales en especial de los derechos y garantías establecidos en favor de las personas” (art. 1 LCC) porque en su aclaración y ampliación no realizó la necesaria ponderación de los derechos en juego en virtud de que omitió el análisis de los derechos consagrados en el artículo 23 numerales 4 y 27 y artículo 24 numerales 7 y 8 y de los principios de interpretación constantes en los artículos 3 numeral 2, 16 y 18 de la Constitución.

Esta pobreza de análisis del TC solo provoca que, en definitiva, en materia penitenciaria y de garantías individuales, este país marche de mal en peor, pasando de la aberrante detención en firme a la patética detención en fraude: en fraude a la ley, a la Constitución, y al Estado social de Derecho que el TC supone respetar.

Para vivir en democracia

2 de diciembre de 2006


Publicado en diario El universo el 2 de diciembre de 2006.

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No pocas razones justifican la inequívoca derrota de Álvaro Noboa en el reciente balotaje: su inicial triunfalismo, su constante, patética e irritante invocación divina, su aquiescencia a que participen en campaña representantes de los desprestigiados partidos políticos, su paupérrima oratoria de rogativo, impasible y dadivoso discurso, su minimización del incidente de los formularios de vivienda en Manabí y su desmedida aparición televisiva en los días de cierre de campaña por cortesía de sus canales “amigos” que constituyó un claro abuso de la Ley de Elecciones y que evidenció todavía más la extrema pobreza de carisma, lenguaje y propuesta del hombre más rico del Ecuador. Se dice que perder es una cuestión de método; Noboa perfecciona el suyo (las estadísticas lo prueban) con el pasar de las elecciones y los años.

También es justo decir que las razones del triunfo de Rafael Correa son, en buena medida, las razones de la derrota de Álvaro Noboa: muchos de los votos que lo aúpan a Correa en el carro de la victoria fueron votos de rechazo a aquel. Esto, por cierto, no destiñe sus propios méritos de vencedor: sin duda, su plan de gobierno es más sólido y sintoniza de mejor manera con el afán de cambio que es, dicho sea con ciertos matices, el más claro legado de los procesos electorales de octubre y noviembre. En este contexto brilla con fuerte luz propia la propuesta de Correa de instalar una Asamblea Constituyente.

Lo dije en una columna reciente (‘Crítica de la Constitución’, 18 de noviembre del 2006): modificar la Constitución Política es una necesidad urgente. La Asamblea Constituyente tiene la importante misión de eliminar las zonas oscuras de nuestra Constitución, entre otras, su hostilidad a la participación política de la ciudadanía y al debate público, su negación de las necesarias herramientas para exigir la rendición de cuentas a nuestros dirigentes y su concesión de excesivos poderes al presidente y demasiadas facilidades a grupos de interés para que presionen a nuestros representantes; su propósito es acercar el Estado a los ciudadanos y tener nosotros la posibilidad de exigirle en consecuencia. En esa columna expresé también mi desconfianza por las reformas cosméticas que, no abrigo ninguna duda, haría a este respecto el Congreso Nacional. No discuto, por supuesto, la importancia del Congreso como institución en un sistema democrático, así como tampoco me parece discutible que se reconozca que los diputados de este país han deshonrado a esta institución con infame dedicación: la percepción ciudadana de este hecho se reflejó en el elevado porcentaje que obtuvo el voto nulo en los comicios del 15 de octubre.

Tengo la convicción de que el voto nulo es un capital ciudadano y de este gobierno venidero que apostó por él. Su efecto obvio fue restarle legitimidad a los diputados electos; ellos, si tienen un mínimo de perspicacia, lo intuyen o lo saben. Hoy, por eso, me debato entre la risa y la compasión cuando leo o escucho las patadas de ahogado de estos diputados que se autoproclaman legítimos y útiles en aras de salvar su pellejo. No son ni lo uno ni lo otro y es nuestra obligación hacérselo saber. Las reformas que necesita este país no serán consecuencia del solo afán de este gobierno, sino de una movilización ciudadana que de manera pacífica, lúcida y lúdica sepa exigirlas. Fiel a la frase de Gramsci (“soy pesimista desde la intelectualidad y optimista desde la voluntad”) observo no pocas dificultades en el proceso de llevar a término los propósitos enunciados; pero, fiel a esa misma frase, pondré el mayor de mis esfuerzos (espero contar con el de ustedes también) para que en Ecuador se empiece, de una buena vez, a vivir en democracia.