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Feminazi

9 de marzo de 2016


En la última edición de ‘Cartón Piedra’ se publicó un artículo que critica el uso de la palabra ‘feminazi’. En lo esencial, el argumento de este artículo se puede reconducir a que las personas que usan el término ‘feminazi’ persiguen el propósito de rechazar de forma generalizada a las feministas. Y esto, según somos informados, “está de moda”.

La siguiente frase cifra lo dicho en el párrafo anterior:
 
“Se acabaron las divisiones (cuestionables) entre feministas radicales y feministas moderadas: toda feminista es radical, es decir, feminazi” (1). 
Visto esto, creo que el artículo contiene un error fundamental, revelado en la cita hecha: la autora presupone que todos los que usamos la palabra ‘feminazi’ utilizamos dicho término para discutir tanto al feminismo radical como al feminismo moderado. Esta presuposición es falsa, porque sí es posible distinguir entre uno y otro grupo. Muchos usuarios de esta palabra (no todos, por supuesto) hacemos tales distinciones. O mejor dicho, distinguimos entre unos y otros por sus actos. Por ejemplo, un acto feminazi es querer imponerle a los demás esa forma de hablar esperpéntica conocida como “lenguaje de género” (2). Este es un anhelo absurdo de ciertas feministas radicales que se merecen el calificativo de ‘feminazis’.

En resumen, el fundamento de esta pretensión de corrección política es una generalización equivocada. Pero más importante: ‘feminazi’ es simplemente una palabra y como tal, cada uno es responsable de su uso. Si llega a interpretarse su uso como una posible expresión de odio deberían aplicarse los criterios internacionales sobre el derecho a la libertad de expresión para determinar si se trata de un uso violatorio de los derechos de otras personas (un análisis no sujeto a las hiper-sensibilidades de algunas, sino a criterios rigurosos) o se trata de un uso protegido por el derecho (3). Y sanseacabó.

(1) Rocío Carpio, La conveniencia de llamarlas feminazis’, Cartón Piedra, 6 de marzo de 2016, pp. 16-19. El artículo tiene un error histórico, pues menciona a Matilde Hidalgo de Procel como la primera mujer que ejerció el derecho al voto en América latina, pero eso es falso. Antes que Hidalgo de Procel vote en 1924, la ítalo-argentina Julieta Lanteri votó en Buenos Aires en 1911, v. ‘Julieta Lanteri, luchadora pionera por los derechos de la mujer’, unpl.edu.ar, 19 de septiembre de 2012.   
(2) El sufragio femenino en el Ecuador’, Xavier Flores Aguirre, 16 de febrero de 2016. El artículo relata la paradoja de que el mismo argumento que hoy condenan las defensoras del ‘lenguaje de género’ es el que le concedió el derecho a votar a su prenda de orgullo, Matilde Hidalgo de Procel.
(3) Una guía para orientarse: ‘Las expresiones de odio y la Convención Americana sobre Derechos Humanos’, en: ‘Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos', Washington, D.C., 2004.