El Ecuador, futuro culpable

19 de diciembre de 2019


El Estado del Ecuador, durante el Gobierno de Lenín El Arlequín, ha sido una máquina de triturar la estabilidad de las autoridades públicas. En sus inicios, el Gobierno obtuvo de la voluntad popular la destitución del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social que estaba en funciones, a fin de poder montar un Consejo Transitorio a la medida de su anti-correísmo y ponerlo al Notario Cabrera de la Política a la cabeza de este engendro dictatorial. El saldo de este Vengador Tóxico fue la destitución de 28 autoridades nombradas en el Gobierno anterior. Esta Tabla 1 resulta ilustrativa:

Tabla 1. Órganos cuyas autoridades fueron evaluadas por el CPCCS(t), dispuestos en orden cronológico, con indicación de las autoridades evaluadas y las fechas del inicio de su evaluación, su cesación y la ratificación de su destitución
Órgano intervenido
Autoridades evaluadas
Inicio de evaluación
Cesación
Ratificación
1. Superintendencia de Economía Popular y Solidaria
Patricio Rivera

21 de marzo de 2018
(006-21-03-2018)
4 de abril de 2018
(014-04-04-2018)
NO
2. Consejo de la Judicatura
5 Vocales: Gustavo Jakhl, Néstor Arbito, Ana Karina Peralta, Rosa Elena Jiménez, Alejandro Subía
4 de abril de 2018
(010-04-04-2018)
4 de junio de 2018
(037-04-06-2018)
14 de junio
(048-14-06-2018)
3. Fiscalía General del Estado
Carlos Baca
4 de abril de 2018
(011-04-04-2018)
NO
NO
4. Consejo Nacional Electoral
5 consejeros: Nubia Villacís, Paúl Salazar, Ana Marcela Paredes, Luz Haro, Mauricio Tayupanta
4 de abril de 2018
(012-04-04-2018)
17 de julio
(064-17-07-2018)
1 de agosto
(072-01-08-2018)
5. Superintendencia de Bancos
Christian Cruz
4 de abril de 2018
(013-04-04-2018)
18 de julio
(066-18-07-2018)
1 de agosto
(071-01-08-2018)
6. Defensoría del Pueblo
Ramiro Rivadeneira
12 de abril
(018-12-04-2018)
2 de mayo de 2018
(022-02-05-2018)
NO
7. Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Suad Manssur
12 de abril
(019-12-04-2018)
30 de julio
(070-30-07-2018)
14 de agosto
(084-14-08-2018)
8. Corte Constitucional
9 jueces: Alfredo Ruiz, Emma Roxana Silva, Pamela Martínez, Víctor Francisco Butiñá, Wendy Molina, Tatiana Ordeñana, Marien Segura, Ruth Seni, Manuel Viteri
9 de mayo
(026-09-05-2018)
23 de agosto de 2018
(089-23-08-2018)
31 de agosto
(091-31-08-2018)
9. Tribunal Contencioso Electoral
4 jueces: Mónica Rodríguez, Vicente Cárdenas, Miguel Pérez, Arturo Cabrera
15 de mayo
(030-15-05-2018)
29 de agosto
(090-29-08-2018)
Absuelto: Cabrera
6 de septiembre
(098-06-09-2018)
10. Directorio del BIESS
2 representantes: Valeria Robalino, Luis Cazar
13 de junio
(042-13-06-2018)
NO
NO
11. Superintentencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo
Fernando Cordero
13 de junio
(043-13-06-2018)
22 de agosto
(086-22-08-2018)
31 de agosto
(092-31-08-2018)

En los tiempos de este engendro dictatorial, las nuevas autoridades que reemplazaron a las destituidas fueron nombradas a dedo por el Notario Cabrera y su gente. Y las nuevas autoridades del Consejo de la Judicatura y del Consejo Nacional Electoral destituyeron a sus subordinados en las delegaciones provinciales, para poner a gente nueva en sus puestos.


La idea que vendió el Gobierno de Lenín El Arlequín es que una vez que este engendro dictatorial haya terminado su período, iba a emerger un remozado Consejo de Participación Ciudadana y Control Social elegido por la voluntad popular. Pero ocurrió que a los del Gobierno no les gustó el resultado de la voluntad popular porque introducía, por la decisión del pueblo, al correísmo al que tanto se habían esforzado ellos en erradicar. Por ello, optaron por una solución anti-democrática y arbitraria.

Así, a los cuatro consejeros acusados de correístas los destituyó la Asamblea Nacional por un supuesto incumplimiento de sus funciones. Cuando una consejera destituida, Rosa Chalá, ganó una acción de protección para ser restituida a su cargo, el juez que la concedió fue de inmediato destituido. Luego, enseguida demostró la justicia ecuatoriana cuán rápida y ágil es, cuando tiene una presión política encima: el Tribunal resolvió en tres días la apelación a lo que resolvió el juez destituido, cuando una apelación al resto de los mortales nos demora varios meses. Obviamente, la resolvió en contra de Chalá.

La presión política sobre los jueces se nota también en otros casos. Por ejemplo, en el caso Sobornos 2012-2016 (exArroz Verde), en el que un tribunal le concedió a Alexis Mera un arresto domiciliario en Guayaquil en vez de mantenerlo preso en la Cárcel 4 en Quito. En la audiencia del 3 de julio de 2019, los jueces Édgar Flores y Luis Enríquez votaron a favor del arresto domiciliario de Mera. Esto les valió su destitución por el Consejo de la Judicatura.

La historia es como sigue: al día siguiente de la audiencia que otorgó el arresto domiciliario, el 4 de julio, tres de los principales órganos del Estado, la Fiscalía General, la Contraloría General y la Procuraduría General, representados por Diana Salazar, Pablo Celi y un fulano delegado por Iñigo Salvador, presentaron ante el Consejo de la Judicatura una queja y una solicitud de sanción en contra de los Jueces Édgar Flores y Luis Enríquez. El 1 de octubre el Consejo de la Judicatura destituyó a los jueces Flores y Enríquez dizque por “haber incurrido en infracciones disciplinarias como la vulneración del derecho al debido proceso, a la seguridad jurídica y negligencia manifiesta”. Al menos formalmente, todo eso ocurrió por no haberle dado la palabra a la Fiscal Salazar al término de la audiencia del 3 de julio (?).

Mera explica muy bien esta sarta de abusos en una comunicación que dirigió a la Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad y para la Prevención y Combate a la Tortura de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:



El caso de la exasambleista Sofía Espín es todavía peor. De él hablé en extenso en ‘Ella dice que ella dijo’, un artículo publicado el 6 de diciembre en esta bitácora.

Así, en la trituradora institucional del Gobierno de Lenín El Arlequín hay de todo un poco: se ha destituido a una asambleísta, a jueces que dictan cautelares más benignas, a jueces que resuelven favorablemente garantías jurisdiccionales, a consejeros elegidos por la voluntad popular, a otros consejeros que fueron destituidos por la voluntad popular, a varios superintendentes y autoridades electorales, al defensor del pueblo, a los vocales del Consejo de la Judicatura, a los jueces de la Corte Constitucional… Neta, el Gobierno de Lenín El Arlequín le ha entrado con un hacha a todo lo percibido como “correísmo”: Jason en silla de ruedas.

Y es aquí cuando realmente empieza mi artículo.

Porque el mensaje de este artículo es que todo esto que ha hecho el Gobierno de Lenín El Arlequín, lo ha hecho mal. Jodidamente mal. Y no lo digo yo, lo dicen los estándares interamericanos, ante cuyos órganos (si se animan todas las personas que han sido víctimas de destitución durante el Gobierno de Lenín El Arlequín -si se suma al personal subalterno, se los cuenta por centenas) deberían de terminar todos estos casos.

Primera cosa: que el pobre y menso Ecuador no se sienta tan solo, pues las destituciones arbitrarias son un mal común a los países de América latina. En un repaso de los últimos tres años de su jurisprudencia en materia de admisibilidad de peticiones, la Comisión IDH ha declarado como “admisibles”, esto es, actualmente en Fase de Fondo, a treinta y dos (32) casos que tratan de destituciones de autoridades públicas en diez países de América latina*.

Las autoridades destituidas en el trienio 2017-2019 cuyo caso ha llegado a conocimiento de la Comisión IDH son variopintas: van desde unos diputados del Congreso (Informe No. 123/17), pasando por los vocales del Tribunal Constitucional (Informe No. 73/19) y los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (Informe No. 83/18), a los integrantes del Consejo Nacional de la Judicatura (Informe No. 113/19), una Procuradora General del Estado (Informe No. 124/18), todo tipo de jueces (Informes No. 28/19, No. 40/19, No. 34/18, No. 95/18, No. 54/18, No. 16/18, No. 104/17, No. 59/17, No. 149/17, No. 57/17, No. 77/18, No. 73/18, No. 105/18), de fiscales (No. Informes 19/19 y No. 56/18) y de secretarios (Informes No. 6/19, No. 69/17, No. 163/17), así como funcionarios administrativos, incluidos los provisionales (Informes No. 86/18, No. 82/18, No. 50/18, No. 115/17, No. 54/17) y también casos más singulares, como los de una funcionaria de un instituto agrario (Informe No. 22/19), una oficial de la Policía Nacional (Informe No. 72/19), una contratista de la Policía Nacional (Informe No. 63/17), un capitán de la Guardia Civil (Informe No. 55/18) y un médico de un instituto deportivo estatal (Informe No. 51/17). Así que la Comisión está afilada.

De estos treinta y dos (32) casos, cuatro (4) corresponden al Estado del Ecuador. El detalle es que nuestro Estado se lleva los peces gordos: sus casos se refieren a la destitución de 53 diputados (Informe No. 123/17), de 2 vocales del Tribunal Constitucional (Informe No. 73/19) y de 2 integrantes del Consejo Nacional de la Judicatura (Informe No. 113/19).** Ecuador también tiene en contra suya la destitución arbitraria de la funcionaria del instituto agrario: una Abogada Jefa de Patrocinio del extinto Instituto Nacional de Desarrollo Agrario (INDA) (Informe No. 22/19).

Sobre las destituciones arbitrarias, lo realmente relevante es lo dicho por la Corte IDH en sus sentencias. El Estado ecuatoriano tiene en su contra dos que resultan muy ilustrativas: el Caso de la Corte Suprema de Justicia (Quintana Coello y otros) y el Caso del Tribunal Constitucional (Camba Campos y otros) vs. Ecuador, ambas del año 2013. Sumados a otras en los casos Reverón Trujillo (2009), Apitz Barbera (2012) y Colindres Schonenberg (2019), esta jurisprudencia marca claros límites a la actuación de los Estados en la destitución de las autoridades públicas (protección maximizada para los casos de las autoridades judiciales y de las elegidas por voluntad popular).

De las destituciones ocurridas en el Gobierno de Lenín El Arlequín arriba mencionadas, pues COMO NI UNA se encuentra dentro de esos límites marcados por la jurisprudencia del Tribunal de San José. Para decirlo en palabras sencillas: el rigor que exige la Corte IDH no se corresponde con la ligereza que ha demostrado el Estado en estos tiempos aciagos de Lenín El Arlequín y los lastimita de Ruptura.

A juzgar por su Constitución, el Estado ecuatoriano tiene las mejores intenciones, pero le pasa que invariablemente la caga. El Estado es como un puercoespín mimoso.

Y ocurre que después, ante el Sistema Interamericano, se tendrán que pagar estas cagadas, las cuatro que están en Fase de Fondo y las muchas que llegarán al Sistema Interamericano en el curso de estos años por las destituciones durante el Gobierno de Lenín El Arlequín. Ya pasó antes que la Corte IDH sancionó al Estado por practicar destituciones arbitrarias, en los casos del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia, pero es que el pobre y menso Ecuador parece no tener componte: no se detiene, y ya lo está volviendo a hacer. Lo está haciendo. Y mal.

En el mundo mundial, debe ser difícil encontrar un país más menso y auto-destructivo, con una tan clara y rotunda vocación de futuro culpable.

* Los diez países y el número de casos en su contra son, en orden alfabético: Argentina (dos), Colombia (cinco), Ecuador (cuatro), El Salvador (dos), Guatemala (tres), Honduras (uno), México (tres), Panamá (uno), Perú (nueve), República Dominicana (dos).
* Hago notar: todos estos son casos (salvo el de los 53 diputados de los manteles, que data del 2017) que fueron aprobados en este 2019, pero de los que nada se ha discutido en la esfera pública. Tal es nuestro periodismo turro.

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