La quema del año viejo

30 de diciembre de 2009


Neta, la tradición de la quema del año viejo (acá un sesudo ensayo sobre el tema) desde hace muchísimo rato que me suda es la polla, pero preguntado que fuera en estos días sobre a quién yo quemaría en este 2009, mi respuesta recurrente era Sixto Vizuete y mi elemental razonamiento era que lo haría para que al fin este zanguango tenga, aunque sea en llamas, la entidad que nunca tuvo como técnico de la selección de mi país (el pobre nunca fue otra cosa que una proyección holográfica-interandina de Iván Hurtado). Pero he cambiado mi opinión porque por las tranqueras de final de año me se ha colado este viejo choto de José Guerra Castillo con este artículo impresentable que ni me molesto en criticar porque ya lo ha hecho sobradamente Rafael Méndez Meneses en su bitácora y yo abajofirmo plenamente su crítica. Mi voto para año viejo es, entonces, por este sujeto senil, con mis mejores deseos para su inmediata jubilación el 2010.

Sobre burdeles...


A raíz de este artículo, mi amigo Jorge Baquerizo me remitió un texto con algunas de sus observaciones sobre el mismo tema. JB (hombre de lúdica cabeza y propicias iniciales que recuerdan el whisky favorito de García pre-té de boldo) lo pulió y semi-calentito (porque estaba desde el almuerzo, pero mi almuerzo vino largo, ja) lo pongo a disposición de ustedes. Que les aproveche.

Sobre burdeles y razonamientos burdos (A propósito del caso “Teleamazonas”)

Jorge Baquerizo Minuche

En el nutrido historial de exabruptos oficiales llama poderosamente la atención una cultivada perla, proferida hace muy poco por un alto funcionario del Poder Ejecutivo. Según este funcionario, la clausura temporal de un conocido canal de televisión ecuatoriano, obedece a “una decisión administrativa común y corriente”; actuación que viene a significar –siempre en su criterio- algo tan natural como “clausurar un burdel o cualquier cosa”.

Pues bien, no es que sorprenda mucho el notable grado de torpeza en la cita de la referencia: convengamos en que tales manifestaciones son moneda común por estos pagos. No. Lo que verdaderamente asombra es que tales expresiones provengan de quienes hoy fungen como autorizados pontífices de la supuesta transformación jurídica del Ecuador, de quien hoy se dice que es un auténtico “Estado Constitucional de Derechos y de Justicia”.

Porque si este inspirado funcionario comprendiera bien los rasgos del paradigma constitucional contemporáneo, supiera entonces que tal actuación administrativa no versa sobre cualquier cosa, sino sobre un derecho fundamental de prístina tradición en los Estados Constitucionales: la libertad de pensamiento y de expresión, de la que dimana la libertad de prensa. Pero, sobre todo, tendría que tener en cuenta que la propia Constitución (Art. 11, numeral 8, segundo inciso) califica como inconstitucional a cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos.

La cuestión central, pues, no es simplemente constatar si ciertos hechos se encuadran o no en una infracción establecida en la Ley (como repetidamente argumentan quienes trabajan para el Gobierno y lo defienden) sino determinar si la sanción correspondiente se vincula (o no) con otro principio constitucional que sea tan importante como para justificar el menoscabo del derecho a la libertad de prensa del canal suspendido. Esto es lo que se conoce como principio de proporcionalidad: toda medida restrictiva de un derecho debe ser proporcional al valor constitucional que persigue.

Sin embargo, en la Resolución de la Superintendencia de Telecomunicaciones ni siquiera se identificó ese enigmático fin constitucional que ha sido tan determinante. Consecuentemente, tampoco se ha procedido al análisis de la idoneidad, de la necesidad y de la estricta proporcionalidad de la sanción administrativa. Podrán decir luego que aquella finalidad constitucional no es otra que el respeto al “orden público” pero es que, aun salvando todas las complejidades de tan impreciso concepto, resulta notorio que desde la fecha de la supuesta infracción (más de 7 meses atrás) no ha habido ninguna alteración pública por la difusión de la cuestionada noticia. La medida administrativa, como se ve, ni responde expresamente a algún valor constitucional, ni tampoco resulta adecuada para proteger un supuesto orden público que no se ha visto alterado. Se trata de una sanción evidentemente injustificada y, en consecuencia, inconstitucional.

Claro está que ningún análisis puede oponerse a quien identifique en perfecta analogía a un burdel con una televisora. Quizás su capacidad de razonamiento tampoco le permita discernir entre atropellos ciudadanos y actuaciones administrativas, ni entre violaciones constitucionales y ejercicio del Poder. O, lo que es lo mismo: entre lo que es razonable y lo que es sencillamente burdo.

El pan virtual...

29 de diciembre de 2009


El pan virtual nuestro de cada día, por Maffesoli y Macor (el primero, téorico; la segunda, coloquial: bien los dos)

Diccionario biográfico ecuatoriano, 1975

“Estábamos comprometidos en una difícil y ardua labor que hoy se ve culminada con la entrega de esta Primera Edición.

Ecuador, con población en crecimiento, país en pleno proceso de desarrollo, necesitaba de un texto de consulta que vinculase a sus figuras, a sus profesionales, a sus directivos, a toda la gente que en una u otra actividad trascendente requería conocerse más y mejor; grandes y pequeños que diariamente desean saber sobre la vida de sus contemporáneos (hombres y mujeres) que se desempeñan en la intelectualidad pura de la Nación.

Conocemos que no se trata de una obra perfecta. Aceptamos que falten nombres que, por sus méritos y dilatada labor, deberían estar aquí. Ello es motivado por razones absolutamente ajenas a nuestro alcance. Por eso es que repetimos que la tarea fue dificilísima y prolongada. Pero estamos conformes y, sobre todo, seguros de que este libro tan particular cumplirá en gran parte su objetivo: el de informar sobre los valores humanos que surgen desde Ecuador. Ello nos da el aliento necesario para continuar la ruta, superándonos en próximos pasos.

Al llegar a esta culminación frente a los sectores cultos de la Patria, queremos agradecer el aliento que, permanentemente, nos brindaron tanto en la Administración Pública como en Instituciones Privadas, para llevar adelante este trabajo, cuyo exacto valor supieron aquilatar.

El agradecimiento va también para la Prensa, Radio y Televisión del país que con su apoyo permitió dar a conocer la preparación y entrega del DICCIONARIO BIOGRÁFICO ECUATORIANO. Y no podemos dejar de reconocer el trabajo desplegado por los colaboradores inmediatos de EDITORIAL BOLÍVAR quienes recorriendo cada ciudad del territorio nacional, visitando oficinas y residencias, investigando a nuestros personajes que residen en el exterior, utilizando el correo y el teléfono, sacrificándose en largas jornadas, viajes, incomodidades, etc., tuvieron fe que su función sería coronada por el mejor laurel y pergamino: la satisfacción del servicio cumplido frente a la comunidad”.
(Diccionario biográfico ecuatoriano, Editorial Bolívar, Primera edición, 1975)

El libro se compone de 772 páginas y describe en cada una de ellas un aproximado de 6 personas, de las que detalla profesión, fecha de nacimiento, padres, hijos, cónyuge, estudios, cargos, viajes, entidades de la que es socio, cuanta corriente, direcciones de oficina y de residencia particular, teléfonos ídem y casilla postal. 772 x 6: 4632 (negociemos don Inodoro y pongámoslo en 5000) personas desempeñaban la “intelectualidad pura” hacia septiembre de 1975 (fecha en la que Ecuador tenía un aproximado de 6.907.185 habitantes, según estimaciones del INEC). No, no es tardía inocentada: es joya y delirio, ja.


Perfil


Frente


Somewhat random pic con el mítico arrancagrasa Axion (con un toque de aloe) para propósitos de escala

"La tenés adentro"

27 de diciembre de 2009


Si Maradona leyera este editorial de hoy de diario El Universo podría opinar lo mismo que le dijo a Pasman en la rueda de prensa después de la clasificación de Argentina al mundial: “la tenés adentro”. Una amalgama de palabras de plena obsecuencia al Municipio local es lo que se observa en esta opinión institucional del mencionado diario. No quiero abundar demasiado (estoy en plan de organizar un asado para esta noche) pero la frase “recuperación paulatina del orden” es funcional a no discutir el contenido de ese orden, en todo lo que tiene de imposición (en realidad, “el orden” municipal es “la orden” de sus autoridades) y en su vertiente violatoria de derechos civiles (v., e.g., acá, acá y acá). No es difícil darse cuenta que los ejemplos que utiliza son funcionales para capitalizar el pasado como el “cuco” del que se huye (habría que analizar si no se trata de distintos estilos de afane, pero es probable que la prensa no haya contribuido ni tenga interés de contribuir para saberlo), a no problematizar asuntos (como el de la recolección de basura) que sí tienen muchos problemas (véanse estas dos notas de prensa, aquí y acá, y este video) o a la estigmatización “infantil” de los consumidores de drogas. Pffff.

Pero lo más grave es que esta condición de ser una de las variantes del himen (la complaciente) para unos, implica, en plan de completar la obsecuente díada B/N, el atacar a otros, a los “enemigos” de la obra municipal. El Gobierno, según esta gozosa opinión, incentivó a que los “vendedores informales se apoderen de los calles” con “el argumento de que tienen derecho a trabajar”. Lo gozoso, en este caso, es aliado de la ignorancia o de la mala fe porque desconoce que en ese reclamo de los comerciantes autónomos tiene muchísima responsabilidad, tanto en la no solución del problema como por la atroz represión que realiza en contra de ellos, el Municipio local, así como desconoce (esto es casi un detalle) que ese “argumento” tiene raigambre constitucional (artículo 329) (v. acá, acá y acá).
  
Plantear un escenario B/N en connivencia con la autoridad municipal, con omisión de ideas relevantes para el debate sobre los comerciantes autónomos y con mención de otras ideas que son débiles y altamente problemáticas pero que pretende pasárselas como verdades resulta muy funcional para que este editorial zanguango cierre con una rotunda toma de postura: “No habrá que permitirlo”. Casi conmovedor. Si le hacemos caso al Diego, El Universo es el Pasman local y, como tal, la tiene adentro.

Resolución ilegítima


La resolución que adoptó la Superintendencia de Telecomunicaciones de suspender el funcionamiento de Teleamazonas por 72 horas es violatoria de instrumentos internacionales de derechos humanos e inconstitucional. Para fundamentar mi postura, recurriré a los requisitos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos desarrolló en su Opinión Consultiva OC/5 del 13 de noviembre de 1985 (la que tantas veces se la ha citado para criticar, con razón, la exigencia del título para el ejercicio del periodismo) para determinar la legitimidad de las restricciones a la libertad de expresión.

Los requisitos que la resolución de la Superintendencia de Telecomunicaciones viola son tres: 1) La definición expresa y taxativa de las causales de responsabilidad en la ley; 2) La legitimidad de los fines que se persigan en esas causales; 3) El que esas causales sean necesarias para asegurar esos fines legítimos. Sobre lo primero, la sanción de la Superintendencia de Telecomunicaciones a Teleamazonas es “por haber cometido la infracción administrativa Clase IV letra a) señalada en el artículo 80 del Reglamento General a la Ley de Radiodifusión y Televisión”, con lo cual no se cumple el requisito de que la “causal de responsabilidad” se la establezca en la ley. Sobre lo segundo, en la resolución no se enuncia ningún fin legítimo (esto es, alguno de los que se refieren en el artículo 13.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, o sea, "el respeto a los derechos o a la reputación de los demás" y "la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas") que persiga esta sanción, la que aparece como meramente punitiva. Podría alegarse que la resolución persigue la protección del orden público, pero desde mi punto de vista, esa interpretación es forzada. Sobre lo tercero, si la resolución persiguiera, en efecto, la protección del orden público, de todas maneras esta sanción de suspender por tres días el medio de comunicación no es una medida necesaria para asegurar esa alegada protección. Por necesaria la Corte IDH ha entendido que las medidas no deben limitar “más de lo estrictamente necesario el derecho [a la libertad de expresión]. Es decir, la restricción debe ser proporcionada al interés que la justifica y ajustarse estrechamente al logro de ese legítimo objetivo”. Una proporcionalidad y un ajustamiento que la resolución, en su afán punitivo, echa mucho de menos.

Para cerrar, valga precisar que la ilegitimidad de la resolución para el derecho internacional de los derechos humanos tiene trasunto en violaciones a la Constitución, en particular, a su artículo 76 numerales 3 y 6 y que el remedio ante este tipo de situaciones (que, no debemos olvidarlo, las habilita un régimen legal originado en una dictadura y reformado en un período de reformas neoliberales, el de Durán-Ballén) es un mayor y más profundo debate sobre el contenido y las restricciones legítimas a la libertad de expresión y la aprobación de una nueva Ley de Comunicación que, entre otras reformas necesarias, impida este tipo de abusos.

P.S.- Para una lectura de la torpeza política que esta medida supone, léase en El Telégrafo a Mauro Cerbino, posta.

Merry X-mas

24 de diciembre de 2009


La rola ganadora del X-mas number 1 campaign (on Fachobuc y la BBC, con apoyo de Pol Macca)

Maletín de sorpresas

20 de diciembre de 2009


De un tiempo a esta parte, leer a Emilio Palacio es apercibirse de la bajeza a la que puede conducir el amalgamar sílabas. Refutar el resultado de esa amalgama es inútil porque equivale a persuadir a un sujeto que está convencido que es Napoleón, que no es Napoleón: a personas de esta laya no se las refuta, se las ignora. Si publican (como es el caso) debe leérselos desde la compasión que provoca la comicidad involuntaria.

La única excepción para esta lectura es cuando el frenesí de su amalgama termina por demostrar lo contrario de lo que enuncia. Por ejemplo, en el artículo El maletín que publicó hoy, en el que narra la historia de dos vecinos (¡tiempo de parábolas, oh, hermanos!) sobre quienes concluye que el acuerdo de las bancadas legislativas sobre la ley de comunicación no les interesa “porque hay problemas muchísimo más importantes en los que deberían [los legisladores] estar ocupados” (todo esto acompañado de mucho blablá, ñam ñam, invenciones absurdas e ironía barata, of course) resulta muy curiosa semejante conclusión porque precisamente el proyecto de ley de comunicación ha sido el motivo de más grande preocupación para el diario en el que EP escribe, al punto de tener una sección especial de comedia llamada El Poder Ciudadano: con semejante conclusión EP nos demuestra, sin querer queriendo, que la auténtica razón por la cual el medio de comunicación privado para el que él escribe se preocupa tanto de criticar el proyecto de ley de comunicación no es porque esa crítica la haga en beneficio de los ciudadanos (porque a ellos les interesan otras cosas) sino que esa crítica la realiza en defensa de la continuidad de la venta de esa “‘mercancía’ cuya producción se vincula a la propiedad del medio de información y a las inserciones publicitarias”, con lo cual, como sostiene Ferrajoli, se trata de “bienes patrimoniales, en vez de derechos fundamentales”, o sea, en pocas palabras, esa crítica al proyecto de ley de comunicación se la realiza para defender su negocio, no para defender un principio, el de la libertad de expresión, cuyo contenido claramente desconocen (de ahí el tratamiento que le han dispensado). Que nos quieran vender su interés particular como interés colectivo no es sino una práctica falaz que, a estas alturas, no debería sorprendernos.

Por supuesto, no fue esto lo que quiso demostrar EP (lo que haya querido demostrar resulta irrelevante) pero es lo que, a su despecho, su biliosa redacción termina por demostrarnos.

Privados de derechos

El poder de los medios de comunicación privados (en adelante, MCP) merece regulación para evitar sus posibles abusos que violan nuestra libertad de expresión. Esta primera frase sostiene todo lo contrario de lo que, usualmente y de manera irresponsable, se sostiene en los MCP. Esos sostienen que la única entidad que puede violar el derecho a la libertad de expresión es el Estado, que la mejor regulación en esta materia es la que no existe y que la libertad de expresión se la protege cuando se protege su derecho (el de los MCP) de expresarse. Todo eso es falso.

Empecemos por definir la libertad de expresión. Para los MCP, la libertad de expresión se reduce a su derecho de expresar la información que consideren pertinente y su opinión. Este concepto de libertad de expresión es diminuto y sesgado. Para refutarlo, nadie mejor que esa entidad que los propios MCP invocan, a ratos, en su auxilio: la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En la misma Opinión Consultiva OC/5 tantas veces citada para criticar (con razón) la exigibilidad de título para ejercer el periodismo, la Corte estableció que la libertad de expresión tiene una dimensión social que implica “un derecho colectivo a recibir cualquier información y a conocer la expresión del pensamiento ajeno”. Este “derecho colectivo” no se satisface cuando solamente las leyes del mercado regulan la libertad de expresión porque, para decirlo con palabras de Luigi Ferrajoli, en esa circunstancia “el pensamiento, la opinión, la información, se convierten en ‘mercancías’ cuya producción se vincula a la propiedad del medio de información y a las inserciones publicitarias: por lo tanto son bienes patrimoniales, en vez de derechos fundamentales”. Ferrajoli denomina a este hecho, “la confusión conceptual entre libertad de información y propiedad privada de los medios de información”.

Esta “confusión conceptual” provoca distorsiones en la información que recibimos (distorsiones que padecemos a diario) y viola, en consecuencia, la dimensión social de nuestro derecho a la libertad de expresión. El remedio está, como dijera (paradójicamente) Luis A. de Bonald, “en las Leyes”, esto es, en la adecuada regulación legal: una regulación que proteja la dimensión social de la libertad de expresión. Las garantías que debe contener esta adecuada regulación incluye la prohibición de monopolios y oligopolios, la distribución equitativa del espacio radioeléctrico, la creación de medios públicos y comunitarios, la protección a la libertad y la independencia de los periodistas (reserva de fuente, cláusula de conciencia), la promoción de mecanismos de autorregulación, el establecimiento del defensor del público y de mecanismos de rectificación o respuesta. Que los MCP no discutan estos temas es consecuencia de su “confusión conceptual”, precisamente.

En consecuencia, los MCP suelen violar nuestra libertad de expresión y la regulación legal es necesaria para evitarlo y para proteger la dimensión social de nuestro derecho a la libertad de expresión: protección que, sobra decirlo, nos beneficia a todos y no solamente a unos cuantos que la distorsionan porque no la entienden.

Refutación de críticas

13 de diciembre de 2009


La Comisión de la Verdad, desde que se la propuso, ha recibido numerosas críticas. La primera de ellas la formuló el difunto Febres-Cordero, quien sostuvo que constituirla violaba la Constitución porque suponía un juzgamiento por un tribunal de excepción. Febres-Cordero se equivocaba, porque el propósito de una comisión de la verdad no es el ejercicio de funciones judiciales ni reemplazar a los tribunales porque, en palabras de Priscilla Hayner, el mandato de estas instituciones es distinto y más amplio, y consiste en analizar “un patrón de acontecimientos, incluidas las causas y consecuencias de la violencia política [lo que] les permite ir mucho más lejos en sus investigaciones y conclusiones de lo que generalmente es posible en cualquier juicio de perpetradores individuales”. Una segunda crítica ha sido la supuesta falta de imparcialidad de los miembros de la Comisión de la Verdad. En realidad, lo importante es que los integrantes de la Comisión de la Verdad sean personas de “reconocida competencia en el campo de los derechos humanos y de intachable condición moral” (así lo establece el artículo 7 del decreto ejecutivo que crea la Comisión de la Verdad) y ese es precisamente el caso de los cuatro miembros que la conforman (Julio César Trujillo, Alberto Luna Tobar, Elsie Monge y Pedro Restrepo). En adición, habría que señalar que la calificación de falta de imparcialidad de los miembros de la comisión ab initio es absurda porque esa calificación podría hacerse de manera fundamentada solamente en la medida en que su informe refleje, eventualmente, esa falta de imparcialidad y el informe no se lo conoce todavía. Una tercera crítica ha sido la justificación de los actos de terrorismo de Estado que presuntamente se cometieron en el período presidencial de Febres-Cordero porque si no habría sido por esos actos no se habría erradicado el terrorismo. Al respecto, conviene precisar que en un sistema democrático el acto legítimo de combatir al terrorismo debe hacérselo dentro del marco legal vigente porque como declaró con guasa George Bernard Shaw, “ciertamente no está bien que los caníbales se coman a los misioneros, pero sí que es mucho peor que los misioneros se coman a los caníbales”. Combatir el terrorismo mediante la violación sistemática de derechos humanos es reprochable y merece sanción.

Finalmente, en días recientes se ha presentado una última crítica referida solicitud de inmunidad de los miembros de la Comisión de la Verdad, la que supuestamente no procede. Habría que recordarles a quienes esto sostienen, que dicha solicitud de inmunidad se encuadra en los presupuestos que en el derecho internacional se han desarrollado para las comisiones de la verdad. En particular, el informe de Naciones Unidas “La cuestión de la impunidad de los autores de violaciones de los derechos humanos” elaborado en 1996 por Louis Joinet establece que “los miembros de la Comisión deben estar investidos de inmunidad a efectos de no poder ser perseguidos por delitos de difamación”, lo que resulta, a su vez, consistente con la práctica de otras comisiones alrededor del mundo. Son, en total, cuatro críticas que no se sostienen.

Lennon, 29

8 de diciembre de 2009

Jann Wenner le preguntó a John Lennon si tenía alguna imagen de When I’m 64. Lennon respondió: “No, no. Espero que [Yoko y yo] seamos una bonita pareja de ancianos, vivamos en la costa de Irlanda o algo así, y miremos nuestro álbum de fotos de la locura”. (Rolling Stone, 1971). Ese álbum es el arte de la diferencia.

Lennon murió un 8 de diciembre de hace 29 años, en NY. Hoy tendría 69.


Micky Vainilla

7 de diciembre de 2009

La derecha clasemediera y pa’ arriba cuando distribuye pastillas para no soñar a los que no son como ellos y se lavan, en el proceso, las manitas y la conciencia mientras trasuntan en clave pop su pensamiento facho:



Cuestionario 16

-->
En su excelente blog Alberto Bovino publicó el siguiente “cuestionario 16” que respondieron dos miembros del sistema judicial argentino, Silvina Manes y Gabriel Pérez Barberá. Me agradó la altura de las respuestas, su formación académica y personal, su buena onda y su honestidad (atenti a las respuestas 3, 7, 11, 15 y 16). Mención especial a la respuesta de GPB a la 15, habría que tallarla en piedra: preguntado sobre la influencia de la teoría jurídica en la práctica respondió, “muchísima más de lo que creen los que no tienen conocimientos teóricos profundos, y muchísima menos de lo que quieren los que sí tienen esos conocimientos”.

Me pregunto, acá en el paisito, si le preguntamos este cuestionario a dos jueces penales, ¿qué respuestas obtendríamos?, ¿se acercarían a éstas de Manes y Pérez Barberá o estarían muy, muy lejanas?, ¿es que tenemos o no tenemos jueces así, con la cabeza amueblada de esta manera, o similar? Lo pregunto porque yo no creo conocer ninguno y creo que lo que podría revelarnos un cuestionario como éste sería de miedo. Yo supongo que habrá alguna excepción y si alguien conoce alguna, por favor, hágamela conocer, ahí tiene la cajita, sírvase.

Circo macabro

6 de diciembre de 2009


Hoy Jeannine Zambrano nos relata un cuento de terror sobre el nainileven, al que le añado un video del avión que no se estrelló y su explicación, así como una explicación más amplia sobre esta macabra fecha a cargo de Thierry Meyssan, el autor de La Terrible Impostura (mucho Meyssan, acá).

Violencia Rivas

La derecha clasemediera cuando se le acaban las pastillas para no soñar:



Escuchas aquella voz


De vez en cuando escuchas aquella voz y es la voz de Charly García. Una voz que, como lo escribió Marcelo Figueras en Página/12, "no deja de recordar que los hambrientos, los locos, los prisioneros y los idos, todavía están acá" y que "es necesario cantar de nuevo una vez más". Y Charly García estuvo en pie para cantar “de nuevo una vez más”, pasteurizado y clean, este 23 de octubre en Buenos Aires, en la cancha de Vélez Sarsfield, en su regreso a los escenarios después de ocho meses de rehabilitación. Yo estuve allí, en Vélez, para disfrutar a “un Charly menos rock star, pero mucho más metido en su rock. Un Charly que repasó con nosotros sus grandes éxitos, lo que significa pasarle revista a la biografía de (de)generaciones, la nuestra incluida”. Estuve allí, bajo una lluvia nocturna y persistente, entre esos 34.000 asistentes que “crecimos escuchándolo y somos tanto parte de su religión como su música es parte del soundtrack de nuestra vida”. Fui una de esas 34.000 personas: un privilegio y un delirio.

Otro privilegio y otro delirio, en Guayaquil, este 26 de noviembre, en la cancha del estadio Alberto Spencer. No hubo lluvia pertinaz, pero sí hubo ese repaso biográfico de nuestro soundtrack vital. Fue la primera vez de Charly García en Guayaquil y no fuimos muchos, pero fuimos los aliados. Nuevamente, en mi caso, escuché aquella voz. Esa voz que tiene una herencia, como lo dijo en este diario Jeannine Zambrano el domingo pasado, con estas precisas palabras: “La herencia de Charly: cruce de caminos entre intelecto y sensualidad; frenesí del rock y sutileza de la lírica; individualismo anárquico y crónica social. Sus canciones: eslóganes existenciales, parte del inconsciente colectivo de públicos de varias edades. Sus denuncias: metáforas de los crímenes pequeños y los crímenes sin nombre”. Una herencia que tiene un tono (un tono atenuado al día de hoy, con García ralentizado): el tono del exquisito delirio.

Siempre me ha dado vueltas en la cabeza esta frase de Charly, “el más cuerdo es el más delirante”, la que siempre la he asociado con esta otra línea, “la locura es poder ver más allá”. Para mí, ese ha sido el concepto constante de García, aún a costa de sí mismo (porque como escribió Truman Capote, “cuando Dios te da un don, también te da un látigo, y ese látigo, es únicamente para autoflagelarse”): delirar y hacernos ver más allá. Muchos, pobres de ellos (están muertos y hay que compadecerlos) se quedan en la superficie y sólo perciben un personaje auto-destructivo, un drogadicto, un linyera. Algo de eso hay, como lo hay en muchos artistas, pero eso no es lo importante (el mismo García percibió el abismo y se rehabilitó). Lo importante es que su delirio, trasuntado en canciones, nos ofrece razones para ejercer la cordura de la diferencia, para caminar hacia ese más allá que Charly nos ilumina con la luz que irradian sus letras, con esa “indómita luz, que hizo carne…”. Say no more.

De androides gigantes, Alcalde Nebó y Bon Jovi

5 de diciembre de 2009

El Universo publicó esta nota ayer viernes, pero no tuvo la gentileza de colgar el vídeo que yo había visto antes en esta bitácora, a la que había llegado porque soy visitante asiduo de esta otra (nunca le den un peso a Bon Jovi). Yo, en mi infinita bondad (y también porque no me cuesta ni el peso que le niego a Bon Jovi) les cuelgo el vídeo, hecho por Federico Álvarez con 3 gamba-dólar y que trata de androides gigantes y malvados (algo así como miembros de la Policía Metropolitana cruzados con Ultraman) que invaden Monte y se la fuman. Si algo así pasara en Guayaquil, ni los tres edificius prime, celosos guardianes dormidos de la ciudad (el edificio diagonal al Policentro, el de la taza de Nescafé y el que queda en Carchi y 9-X, diagonal al shawarma de Alí) podrían salvarnos, como tampoco las plegarias al santo Pato Mesías ni a ninguna otra deidad, sea ésta la Santísima Trinidad, Lou Ferrigno o Zaratustra, porque lo mismo los androides en cuestión se fumarían de volea al piloso edificio que es la Previsora y el Forum se caería solito de puro miedo (los Lionel Hutz que allí trabajan harían lo que suelen hacer los habitantes del Forum: saltar por la ventana) y se tomarían el Guayas como pileta y colgarían sus tangas narizonas (lo que elevaría sólidas sospechas de que los androides son made in Brazil o paisanos) en el Palacio Municipal, lo que lo emputaría grosso al Alcalde Nebó, le provocaría vitiligo, le tornaría su bigote bicolor, pero no lo convertiría en Charly García porque el bigote resulta de todas maneras demasiado franquista y mucho, mucho más importante, porque el Alcalde Nebó (así como el Intendente) no sabe de rock. Que no permita la Virgen (sí, claro, jaja) que tengan poder y nos invadan. Amén.

En fin, a continuación el vídeo en cuestión: