Viejos prejuicios, nuevas discriminaciones

18 de junio de 2012


El discurso de discriminación legal por razón de la orientación sexual que algunas personas defienden al día de hoy es similar al discurso de discriminación legal por razón de la raza que justificó la vigencia de la esclavitud en el siglo XIX. Su comparación, principalmente en relación a las ideas de origen religioso que justifican su discriminación, demuestra esa similitud.

Casi dos siglos después, los mismos viejos prejuicios son utilizados para encarnar un nuevo objeto de discriminación: antes contra los negros, ahora contra los homosexuales. En ambos casos, con el propósito expreso de condenar a los discriminados a una situación de privación de derechos.

A continuación, se exponen la similitud de las ideas utilizadas por unos y por otros:

1) La interpretación de las Sagradas Escrituras

Sobre la esclavitud:
 
“El derecho de explotación de esclavos está claramente establecido en las Sagradas Escrituras, por precepto y ejemplo. [] Si la explotación de esclavos habría sido un mal moral, no podría suponerse que los apóstoles inspirados, que no temían a los rostros de los hombres y que estaban dispuestos a sacrificar sus vidas por la causa de su Dios, la habrían tolerado ni por un instante en la Iglesia Cristiana”.

“Jesús reconoció esta institución (de la esclavitud) como una que era legal entre los hombres y reguló sus deberes relativos. [] Afirmo entonces, en primer lugar (y nadie lo niega) que Jesucristo no ha abolido la esclavitud por un mandato prohibitivo; y en segundo lugar, afirmo, que no ha introducido ningún nuevo principio moral que pueda emplearse para su destrucción”.
(Reverend Thornton Stringfellow, Scriptural and Statistical Views of Slavery. Pág. 34, 37, año 1856.)
 
Sobre la homosexualidad y el matrimonio:
 
“La teología de la creación, presente en el libro del Génesis, suministra el punto de vista fundamental para la comprensión adecuada de los problemas puestos por la homosexualidad. [] Así el deterioro debido al pecado continúa desarrollándose en la historia de los hombres de Sodoma (cf. Génesis 19, 1-11). No puede haber duda acerca del juicio moral expresado allí contra las relaciones homosexuales. En el Levítico 18, 22 y 20, 13, cuando se indican las condiciones necesarias para pertenecer al pueblo elegido, el autor excluye del Pueblo de Dios a quienes tienen un comportamiento homosexual. [] San Pablo encuentra el ejemplo más claro de esta desavenencia precisamente en las relaciones homosexuales (cf. Rom 1, 18-32). En fin, en continuidad perfecta con la enseñanza bíblica, en el catálogo de aquellos que obran en forma contraria a la sana doctrina, se mencionan explícitamente como pecadores los que efectúan actos homosexuales (cf. 1 Tim 1, 10)”.
(Congregación para la Doctrina de la Fe, Atención pastoral a las personas homosexuales. Párr. 6. Suscrita por el Cardenal Joseph Ratzinger y aprobada por el Papa Juan Pablo II, año 1986)

“La verdad natural sobre el matrimonio ha sido confirmada por la Revelación contenida en las narraciones bíblicas de la creación, expresión también de la sabiduría humana originaria, en la que se deja escuchar la voz de la naturaleza misma. [] En la Sagrada Escritura las relaciones homosexuales ‘están condenadas como graves depravaciones... (cf. Rm 1, 24-27; 1 Cor 6, 10; 1 Tim 1, 10). [] El mismo juicio moral se encuentra en muchos escritores eclesiásticos de los primeros siglos, y ha sido unánimemente aceptado por la Tradición católica”
(Congregación para la Doctrina de la Fe, Consideraciones acerca de los proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre personas homosexuales. Párr. 3 y 4. Suscrita por el Cardenal Joseph Ratzinger y aprobada por el Papa Juan Pablo II, año 2003)
2) El orden y la ley naturales

Sobre la esclavitud:
 
“De aquí nace también la paz doméstica, es decir, la ordenada concordia entre el que manda y los que obedecen en casa. Mandan los que cuidan, como el varón a la mujer, los padres a los hijos, los amos a los criados. [] Esto es prescripción del orden natural. [] El yugo de la servidumbre se impuso con justicia al pecador”. (San Agustín de Hipona, Ciudad de Dios. c. 413-426)

“Las Oraculares Decisiones de Dios han declarado positivamente que el tráfico de esclavos es intrínsecamente bueno y lícito [y que tener esclavos] es perfectamente consonante con los principios de la Ley de la Naturaleza, la dispensa mosaica y la Ley Cristiana”. (Raymond Harris, Scriptural Researches on the Licitness of the Slave-Trade. Año 1788)
Sobre la homosexualidad y el matrimonio:
 
“No puede hablarse de matrimonio ni de familia en las uniones que puedan formar personas homosexuales. Esas uniones o asociaciones son contrarias a la naturaleza y, de suyo, estériles. No puede haber un 'matrimonio homosexual' ni una 'familia homosexual'. La moral cristiana considera la práctica homosexual como un grave desorden moral incompatible con la vida de fe, porque contrasta con la ley natural y los mandamientos de la Ley de Dios”.
(Monseñor Antonio Arregui, Carta abierta a los católicos de Guayaquil. Año 2009)

“El matrimonio es una institución natural. La libido, por la cual los dos sexos complementarios se atraen, es común con los animales; pero la inclinación a buscar un compañero/a estable para unirse en matrimonio y formar una familia es de Ley Natural”
(Reverendo Paulino Toral, Carta a Vistazo: familias diversas. Año 2012).
3. La apelación a la tradición

Sobre la esclavitud:
 
“La esclavitud, parece, es de gran antigüedad. Ha existido en el mundo, de una forma u otra, desde los tiempos inmediatamente posteriores, o incluso anteriores, al diluvio”.

“Se ha sostenido que la esclavitud no es favorable a un espíritu republicano; pero toda la historia del mundo prueba que esto está lejos de ser el caso. En las antiguas repúblicas de Grecia y Roma, donde el espíritu de la libertad brilló con la máxima intensidad, los esclavos eran más numerosos que los hombres libres. Aristóteles y los grandes hombres de la antigüedad creían que la esclavitud era necesaria para mantener vivo el espíritu de la libertad”.
Sobre la homosexualidad y el matrimonio:
 
Existe una evidente coherencia dentro de las Escrituras mismas sobre el comportamiento homosexual. Por consiguiente la doctrina de la Iglesia sobre este punto no se basa solamente en frases aisladas, de las que se puedan sacar discutibles argumentaciones teológicas, sino más bien en el sólido fundamento de un constante testimonio bíblico. [] La interpretación de la Escritura, para ser correcta, debe estar en efectivo acuerdo con esta Tradición”.
(Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta a los obispos de la Iglesia Católica sobre la atención pastoral a las personas homosexuales. Párr. 5, año 1986)

“El matrimonio, no como sacramento, sino como institución natural, existe antes de Cristo y fuera de la Iglesia. La familia, igual.”
(Reverendo Padre Paulino Toral, Carta a Vistazo: familias diversas. Año 2012)
4) La actitud frente a los discriminados.

Hacia los esclavos:
 
“Un esclavo debe ser tratado con justicia y humanidad; su amo podrá, de forma importante, ser el guardián, e incluso el padre de sus esclavos”.
Hacia los homosexuales:
 
“Deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de discriminación injusta”.
La similitud en las ideas de origen religioso expresadas en las citas anteriores es tal porque dichas ideas suelen construirse a partir de prejuicios. Sostengo que ciertas creencias religiosas son prejuiciosas porque quienes las profesan deciden conscientemente prescindir del análisis de los hechos. Para la Iglesia Católica, cuyas autoridades y fieles son los principales promotores de la discriminación legal contra los homosexuales en la actualidad, “los hechos no constituyen un criterio que permita juzgar el valor moral de los actos humanos” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración acerca de ciertas cuestiones de ética sexual. Párr. 9, 1975). La Iglesia Católica para formular sus juicios morales (según se advierte en los cánones de su Catecismo, que es la exposición de los “contenidos esenciales y fundamentales de la doctrina católica, tanto sobre la fe como sobre la moral”, canon 11) se sirve de sus propios dichos (a los que llama “la Tradición” -canon 78) y de la sagrada Escritura, que es “palabra de Dios, en cuanto escrita por inspiración del Espíritu Santo” (canon 81). Los únicos intérpretes auténticos de estas ideas morales inspiradas por la Tradición y la sagrada Escritura que prescinden para su formación de los hechos son “los obispos en comunión con el Sucesor de Pedro, el obispo de Roma” (canon 85). En resumidas cuentas, el Papa y sus subalternos que estén de acuerdo con él (tomar en cuenta que desde 1870 es infalible) son los pocos que determinan el contenido de las creencias morales de millones de personas, las que deben “recibir con docilidad las enseñanzas y directrices que sus pastores les dan de diferentes formas” (canon 87 –no pun intended).

Las creencias prejuiciosas, como no se conforman a partir de la pluralidad de los hechos de la gente sino de las ideas abstractas discutidas por unos cuantos escogidos, pueden resultar muy similares unas de otras, aunque se refieran a cosas distintas y se pronuncien en tiempos diferentes. Esto, porque son ideas-recipiente, prestas a rellenarse a conveniencia con los prejuicios de cada época. La interpretación de ideas tan abstractas como la “palabra de Dios” o el “orden natural” será, en estricto rigor, lo que el intérprete quiera que sea. El intérprete católico no tiene siquiera que preocuparse porque los hechos puedan contradecirlo porque tiene autorización para prescindir de ellos cuando formula sus juicios morales. Por eso es que abstracciones tales como “ley natural” y “orden natural” pueden acomodarse para justificar la esclavitud o la homofobia, según corresponda. Es por eso que la “palabra de Dios” pudo interpretarse a partir de la sagrada Escritura para apoyar en el siglo XIX a una institución jurídica hoy obsoleta y puede interpretarse en nuestra época para apoyar la homofobia y la discriminación legal.

Al día de hoy nadie se animaría a postular en serio, basado en idea ninguna de “orden natural” ni en ninguna parte de la sagrada Escritura, lo que en otro tiempo fue moneda común: un régimen de esclavitud legal de una raza. Pero hubo un período durante el siglo XIX en el que dicha idea se discutió vigorosamente en el debate público (en el ámbito local es recordado el discurso de Aguirre Abad sobre la manumisión de los esclavos dirigido al Congreso de 1854) y la sagrada Escritura y el “orden natural” tuvieron su parte en dicho debate. En ese mismo siglo la esclavitud terminó por convertirse en económicamente disfuncional, su abolición legal fue creciente y terminó por completarse cuando se la abolió en el último territorio donde estaba vigente, Brasil, en 1888. Lo que antes era el orden o la ley naturales (como quieran ustedes llamarlo) ya para el Concilio Vaticano II se convertiría en una ofensa “contra la dignidad humana” (Constitución Pastoral Gaudium Spes. Párr. 27). Lo que San Agustín, Padre de la Iglesia, consideraba propio del “orden natural” (en su Ciudad de Dios) dejó, de repente, de serlo.

Esta transformación de ser en un momento parte de un orden natural y luego no serlo más es evidencia de lo falaz de la apelación a la antigüedad presente en ambos discursos discriminatorios (casos de falacia ad antiquitatem). Así, tan poco relevante resultó que se rompa la “tradicional” institución de la esclavitud legal, que después de abolírsela en todo el mundo en 1888 hoy en la comunidad internacional la prohibición de la esclavitud y de la discriminación racial es una obligación de derecho internacional (p. ej., según la Corte Internacional de Justicia de La Haya en el Barcelona Traction Case. Párr. 34, 1970). Insisto: hoy nadie se animaría a postular en serio la esclavitud legal, aquella institución tradicional de antaño, entonces justificada por el “orden natural” y fundada en la sagrada Escritura.

Un derrotero similar puede esperarse de la actual discriminación por razón de la orientación sexual. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, de manera reciente (el 24 febrero de este año) falló el Caso Atala Riffo y niñas c. Chile en el que estableció como obligación del Estado de acuerdo con la Convención Americana (de la que Ecuador es parte) el que “ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, sea por parte de autoridades estatales o por particulares, pueden disminuir o restringir, de modo alguno, los derechos de un persona a partir de su orientación sexual” (Párr. 91) y que “no son admisibles las consideraciones basadas en estereotipos por la orientación sexual, es decir, pre-concepciones de los atributos, conductas o características poseídas por las personas homosexuales o el impacto que estos presuntamente puedan tener en las niñas y los niños” (Párr. 111). Otras sentencias internacionales, las resoluciones de órganos políticos internacionales, la jurisprudencia y las legislaciones favorables que se han adoptado en numerosos países y regiones alrededor del mundo y los consistentes estudios científicos que prueban lo injustificado de la discriminación por razón de la orientación sexual (v. la intervención de Rodrigo Uprimny como perito en el Caso Atala Raffo) conforman un escenario en el que de manera creciente las creencias prejuiciosas de una fe tienen menor relevancia para impedir que se amplíen los derechos de las personas. La Iglesia Católica, por supuesto, está a contramano: dice que es válido discriminar a personas homosexuales en temas de familia, de adopción y crianza de niños, de contratación como docentes y de arrendamiento de propiedades (Congregación para la Doctrina de la Fe, Algunas consideraciones concernientes a la respuesta a propuestas legislativas sobre la no discriminación de las personas homosexuales. Premisa, 1992) pues en su opinión eso no constituye “discriminación injusta” (Catecismo, canon 2358). Esto, porque en la doctrina de la Iglesia Católica se considera que la homosexualidad es “objetivamente desordenada” (canon 2358) y porque los actos homosexuales “en la Sagrada Escritura están condenados como graves depravaciones e incluso presentados como la triste consecuencia de una repulsa de Dios” (v. Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración ‘Persona humana’ sobre algunas cuestiones de ética sexual. Párr. 8, año 1975.) Esta opinión prejuiciosa (por ellos mismos admitida que se profesa incluso contra evidencia proveniente de los hechos) es la que pretende condenar a los homosexuales a una situación de privación de derechos. En tiempos de la esclavitud, se ofrecía a los esclavos dispensarles un trato humano; en tiempos de homofobia, de acuerdo con el Catecismo de la Iglesia Católica, se los convierte a los homosexuales en merecedores de “compasión” (canon 2358). Así, el círculo se cierra. Es como decirles: “nosotros te discriminamos, nosotros te compadecemos”. Un caso de caridad a conveniencia de su desprecio y de su discriminación.

Pero no es cuestión de compadecer a nadie, sino de reconocerle sus derechos. Mi hipótesis es que la realidad vencerá a estas ideas abstractas interpretadas por unos pocos dogmáticos para sostener la discriminación legal contra aquellos a quienes desprecian. Al final, el respeto a los principios de autonomía y de equidad propios de las sociedades democráticas terminará por ganarle al deliberado propósito (formulado contra evidencia fáctica) de las autoridades de la Iglesia Católica de provocar el sufrimiento en las personas que no piensan como ellos. La Iglesia Católica terminará por adaptarse a los nuevos tiempos, como al final del siglo XIX terminó por hacerlo con la esclavitud. Tomando en cuenta que la legislación y las políticas públicas en las sociedades democráticas deberían fundarse en la observación de los hechos y en una discusión racional y no dogmática de los mismos, el que así sea parece bastante razonable. O para decirlo en términos bíblicos: “a César lo que es de César, y a Dios lo que es de Dios” (Mt. 22:21).

Es un dato curioso que cuando más furibundas fueron las protestas de defensores de la esclavitud en el siglo XIX, más cerca se estaba de que abolan las leyes cuyo mantenimiento ellos defendían. Quienes hoy repiten las ideas-recipientes de los esclavistas pero dirigidas a un distinto objeto de discrimen suelen exponer sus ideas con similar lenguaje furibundo y ofensivo (a lo cual tienen derecho). A guisa de ejemplo, el sacerdote Paulino Toral y el abogado Miguel Macías han calificado a personas homosexuales y a defensoras de la “ideología de género” como perversas, manipuladoras, corruptas, deshonestas, maquiavélicas, inhumanas, desadaptadas sociales, anormales, repugnantes, aberrantes y “contra natura”. Usualmente este tipo de ofensas, expresadas en esos términos, provienen de personas que pertenecen o que dicen profesar una religión en la que “toda la finalidad de la doctrina y de la enseñanza debe ser puesta en el amor que no acaba” (canon 25).

Una idea de amor que, visto lo visto, no acaba de pensarse ni a partir de los hechos (de la realidad de que muchas personas practican otras formas de relacionarse que sus creencias no quieren reconocer) ni del respeto a las decisiones autónomas de los otros en un marco equitativo (tales los principios liberales que las sociedades democráticas deben postular en esta materia: los de autonomía y equidad). Una idea de amor, ésta de la iglesia católica, que unas pocas de sus autoridades restringen de manera arbitraria, que produce sufrimiento e incurre en la mayor de las contradicciones: dice hablar en nombre del amor cuando lo que hace es promover el desprecio social y el discrimen legal a quienes no comparten sus ideas sobre cómo amar, establecidas en los dogmas de sus autoridades. George Carlin destacó esta contradicción con humor: “la religión ha convencido a la gente de que existe un hombre invisible, que vive en el cielo, que mira todo lo que haces, cada minuto de cada día. Y aquel hombre invisible tiene una lista especial de 10 cosas que Él no quiere que tú hagas… Y si tú haces alguna de esas 10 cosas, Él tiene un lugar especial, lleno de fuego, humo, cenizas, tortura y angustia, donde Él te enviará a vivir y sufrir y quemarte y ahogarte y gritar y llorar, por siempre jamás, hasta el final de los tiempos… ¡pero Él te ama!”. Vean el video:




Si se rieron con Carlin, es probable que no ostenten la capacidad argumentativa de un esclavista del siglo XIX. Es probable que respeten las libertades de los demás, que es precisamente lo que negaban los esclavistas, que es a quienes nuestros homófobos del siglo XXI terminan por parecerse tanto. Referido a otras circunstancias de discriminación racial, mi primo @FDOFLORES escribió este tuit, que fue el que me espoleó la redacción de este artículo: “Los homofóbicos de hoy son los racistas de hace 60 años, así de estúpidos se verán en el futuro”.

La única precisión que yo le haría, y es para peor, es que el racismo y la discriminación son bastante más viejos. Cosas de la Tradición, según dice la Iglesia.

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