La dictadura por venir

24 de mayo de 2020


Publicado originalmente en tres partes (p. 1, p. 2 y p. 3) en elestado.net

El triunfo arrollador de la dictadura inadvertida (a quien varios incautos, o rapaces, todavía celebran), descrita en el artículo anterior, ayuda a comprender la dictadura por venir. Para una mejor comprensión de ésta, es necesario profundizar en una explicación de carácter político.

La elección de Lenín Moreno como Presidente, en la segunda vuelta celebrada el 2 de abril de 2017, fue el cuarto triunfo consecutivo del movimiento Alianza País en las elecciones para la Presidencia de la República. Alianza País fue fundada el año 2006 y desde entonces triunfó en todas las elecciones presidenciales en las que participó: Rafael Correa triunfó en las tres primeras (2006, 2009, 2013), y en los gobiernos del 2006 y 2009, Lenín Moreno fue su Vicepresidente. Fue Rafael Correa quien lo ungió a Lenín Moreno como su sucesor (los números lo respaldaban: era el posible sucesor de Correa menos odiado, en unos tiempos de anti-correísmo feroz). El día que Lenín Moreno aceptó la candidatura, en un estadio del sur de Quito, él se comprometió a sostener los ideales y programas del movimiento por el que aceptó participar en la elección: “La deslealtad no es el camino”, afirmó entonces. Ocurrió el 1 de octubre de 2016.

Desde octubre de 2016 a mayo de 2020 mucho ha pasado, pero la historia debe empezar a contarse con que la deslealtad sí fue el camino tomado por Lenín Moreno una vez que ocupó la Presidencia, en mayo de 2017. A menos de cumplirse un año de su aceptación de la candidatura, el movimiento Alianza País ya se había fracturado y existía una facción “morenista” que había desplazado a una facción “correísta” de su dirección y del movimiento mismo, para acto seguido impedir su participación política en las futuras elecciones seccionales del 2019 mediante argucias legales perpetradas por los organismos electorales. Así, la facción morenista se apropió del exitoso movimiento para convertirlo en una organización tan impopular, que al 2020 casi no hay ni un gil que quiera lanzarse como candidato por Alianza País. En menos de tres años, se convirtió a la organización cuatro veces triunfadora de las elecciones presidenciales en una apestada de la política.

Pero es mayo de 2017 y trepado en esa ola de anti-correísmo que existió a principios de su gobierno, el Presidente Moreno convocó y logró que se celebre el referéndum del 4 de febrero de 2018. Obtuvo la aceptación de sus siete propuestas en el referéndum (el famoso “sí, siete veces sí”), y entre ellas, como se ha visto en La dictadura inadvertida, la creación de aquel desfachatado y devenido en dictatorial Consejo “en Transición”, que se convirtió en el órgano ad-hoc al uso del feroz anti-correísmo para eliminar (29 destituciones mediante -27 tras evaluaciones, 2 por fuera de ellas) a autoridades públicas de relevancia que habían sido nombradas durante el precedente gobierno de Rafael Correa, así como para nombrar a dedo a sus sucesores.

La razón de ser de este órgano transitorio, según el decreto ejecutivo del 29 de noviembre de 2017 por el que se convocó al referéndum y se justificaron las reformas constitucionales propuestas, era cumplir con unas “funciones transitorias que viabilicen los cambios que han sido exigidos”. Esos cambios exigidos fueron, principalmente, el paso de elegir a los siete integrantes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social por otras autoridades del Estado, a ser elegidas por la voluntad popular. Y esto fue presentado como un gran avance para este órgano de rango constitucional, pues la reforma implicaba una “aplicación del principio constitucional de progresividad de derechos”, según el citado decreto.

Sin embargo, cumplidas las “funciones transitorias” por el Consejo “en Transición”, esta razón de ser de “viabilizar” unos cambios para progresar en derechos se ha revelado como una total farsa. Si aquel habría sido el propósito, las autoridades del gobierno nacional y del Consejo “en Transición” habrían respetado la conformación del nuevo Consejo de Participación Ciudadana y Control Social elegido por la voluntad popular, mismo que resultó de las elecciones seccionales celebradas el 24 de marzo de 2019. Pero ocurrió que el feroz anti-correísmo que existía el 2017 y a principios del 2018 ya había menguado considerablemente su fuerza para inicios del 2019 y el gobierno nacional fue incapaz de evitar que, en las primeras elecciones celebradas post-referéndum, la voluntad popular lo abofetee decidiendo que la mayoría de los consejeros sean los que se identificaron como correístas (a la facción correísta se le proscribió la participación directa en la elección). 

Esta derrota popular, el gobierno de Lenín Moreno no la podía encajar. Que después del exterminio masivo de correístas hecho por el Consejo “en Transición” el 2018 en nombre del pueblo, sea el propio pueblo el que decida el 2019 que vuelvan los correístas a ocupar espacios de poder y, para peor, en el mismísimo órgano que había sido el motor del feroz anti-correísmo y cuya reforma constitucional había sido el objeto mismo de este período llamado “de transición”, era demasiado como para que lo encaje este gobierno compuesto casi exclusivamente de traidores, advenedizos y oportunistas.

Un gobierno democrático habría encajado esta derrota, aceptado lo que el pueblo decidió. No así el gobierno de Moreno. Primero, a sabiendas de que el pueblo podría elegir a los correístas para integrar el nuevo Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, autoridades electorales y del Consejo “en Transición” buscaron que se vote nulo en esta elección, pero su idea no prosperó. En este video, en una actividad que realizó el Consejo Nacional Electoral para buscar apoyo a la idea de algunos de sus integrantes de incentivar el voto nulo, explico las razones para considerar a esa idea como descabellada:


Pero, finalmente, el gobierno de Lenín Moreno se salió con la suya. Actuaron sus entonces aliados en la Asamblea Nacional, los que apenas posesionado el nuevo Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (con retraso, el 13 de junio de 2019) buscaron la destitución de los cuatro consejeros asociados con el correísmo y, en menos de dos meses, la Asamblea Nacional ya les había iniciado un juicio político y los había destituido.

El principal argumento de la Asamblea Nacional fue que estos consejeros habían querido impulsar una revisión de la designación de la nueva Corte Constitucional y que este amago (pues la resolución nunca fue aprobada) ya violaba el dictamen parcializado de la Corte Constitucional del 7 de mayo de 2019. En el Ecuador, es brutal la facilidad con la que unos cuantos deciden torcer y alterar lo que la voluntad popular (millones de personas) había decidido escasos meses atrás. Irresponsabilidades como ésta, convierten a nuestras autoridades políticas en pasto para demandas internacionales.

Por ejemplo, esta destitución de autoridades elegidas por la voluntad popular es contraria a la trascendencia que, a los derechos políticos, le ha concedido la Comisión Interamericana:

“En un caso como el presente, de una persona elegida a un cargo de elección popular, debe tomarse en cuenta que una restricción al derecho al sufragio activo mediante destitución o inhabilitación, puede afectar no solamente a la persona en cuestión sino también la libre expresión de la voluntad de los electores a través del sufragio universal. De esta manera, una restricción arbitraria de los derechos políticos que impacte en el derecho de una persona a ser elegida popularmente y a completar su mandato, no afecta únicamente los derechos políticos de la persona en cuestión, sino que implica una afectación en la dimensión colectiva de dichos derechos y, en suma, tiene la virtualidad de incidir significativamente en el juego democrático.” (Caso Petro, Párr. 117)

Por esta trascendencia, se ha deducido por la Comisión IDH que las restricciones a los derechos políticos “deben estar encaminadas a proteger bienes jurídicos fundamentales, por lo que deben ser analizadas cuidadosamente y bajo un escrutinio riguroso” (Ibíd.). Pero para nuestra zafia Asamblea Nacional, unas consideraciones de esta naturaleza, sobre la trascendencia de los derechos políticos y el tipo de análisis y escrutinio requeridos para validar sus posibles restricciones, es cosa de ciencia ficción… Porque nuestra democracia es cosa de ciencia ficción.

El gobierno de Lenín Moreno se asentó en la voluntad popular (el “sí, siete veces sí” del referéndum) para supuestamente servir mejor a las masas a través de las reformas constitucionales que se aprobaron. Pero ocurrió que el efecto de estas reformas fue que se votó para componer una mayoría “correísta” en la institución reformada y, entonces, el gobierno de Moreno demostró que la voluntad del pueblo le parecía muy loable y muy respetable, pero siempre que sirva a sus intereses de eliminación del correísmo. Si contrariaba esto, era el anti-correísmo el que debía prevalecer. Nunca se trató de servir a la gente, sino de que un grupo prevalezca por sobre otro. Por eso, nuestra democracia es ciencia ficción.

Y aquí reside la parte toral de mi argumento: este desprecio a la voluntad popular y esta eliminación de un grupo político por otro es la continuación de una inveterada tradición de la política ecuatoriana desde su malhadada fundación en 1830, el “canibalismo”, tan propio y característico de nuestros (cada vez más zafios) políticos. En este país, son muy raras las ocasiones en las que los políticos han confiado unos en otros; lo suyo, según una antigua sentencia de Jorge Luis Borges sobre los políticos sudamericanos, es “conspirar, mentir, e imponerse” (en el siglo XIX ocurría con pistolas, en el siglo XXI con trolls, pero siempre imponerse). Esta práctica caníbal explica los misérrimos niveles de aprobación ciudadana de los partidos políticos (sólo un 3% de los ecuatorianos confía en estas instituciones) y los altísimos niveles de corrupción que se registran en nuestra administración pública.

En el gobierno de Lenín Moreno, este canibalismo político ha tomado la forma de buscar empecinadamente la eliminación de Rafael Correa y de los políticos asociados a él (que no quiere decir, los políticos que hayan estado en su administración: la gran mayoría de las autoridades del gobierno actual fueron parte de ella, empezando por el Presidente Moreno). Y se ha utilizado en contra de ellos, como se estila en estos casos, todo el poder del Estado: juicios por un tribunal ad-hoc (el llamado Consejo “en Transición”), destituciones por la Asamblea Nacional, persecuciones administrativas y penales… Siendo todo tan arbitrario como lo fue lo actuado por el Consejo “en Transición” el 2018, todos estos procesos apestan a violación de garantías judiciales, pero el canibalismo no para mientes (y por ello, es pasto para demandas internacionales).

Al 2020, esta práctica de canibalismo ha debilitado mucho al gobierno de Lenín Moreno. Cuatro de cada cinco ecuatorianos ya no le cree a su Presidente. Su gobierno se ha definido por su oposición al “correísmo”, pero ha fracasado en eliminarlo; todo lo contrario, bien se podría decir que lo ha terminado por fortalecer y que en unas próximas elecciones la persecución sufrida podría rendirle dividendos. En este experimento de tres años de abusos contra el “correísmo”, el tiro les ha salido por la culata.

Ahora, el detalle es que Lenín Moreno nunca fue un Presidente en serio, siempre fue una marioneta. Primero, como su sucesor designado, iba a ser una marioneta de Rafael Correa; después, pasó a ser una marioneta de los grupos de poder detrás del anti-correísmo (que, en realidad, están en pro de sus propios bolsillos, hay cero ideología). Moreno, un tipo fundamentalmente débil, decidió pasarse al grupo que en los cuatro años de su Presidencia le ofrecía mayores seguridades, porque eso de aguantar cuatro años las embestidas contra el “correísmo” que se veían venir fuertes por el vínculo entre los anti-correístas y los grandes medios de comunicación, no era lo suyo. Es así apenas lógico que un tipo débil y sin ideales haya optado por el escenario que le brindaba mayores garantías, aunque ello implique la traición al grupo político del que él emergió y con el que compartió gobierno por diez años. Moreno es un tipo débil, sin ideales y taimado.

Y el costo social de que el Presidente Moreno haya sido capturado por el anti-correísmo, ha sido muy alto para el país. Su gobierno es uno que se ha empeñado en favorecer a sus élites económicas, teniendo como contracara el perjuicio a los más desfavorecidos, puesto de manifiesto en una reducción constante, en su período, de los presupuestos asignados a la salud y la educación.

Y durante este gobierno, ha ocurrido lo que me orienta a pensar que una nueva dictadura podría suceder: la pandemia del COVID-19. Ni bien empezada, la pandemia certificó de manera dolorosa que este gobierno es una marioneta de las élites: prefirió el pago a los tenedores de bonos de más de 320 millones de dólares, en vez de conservar ese dinero para enfrentar la pandemia que ya amenazaba extenderse por el país.

El desmantelamiento del sistema de salud y la política gubernamental de favorecer a las élites, además de la inveterada ineficacia y corrupción de nuestra administración pública, hicieron su parte en esta crisis que ha causado el COVID-19. La pequeña y usualmente ignorada República del Ecuador se convirtió en noticia a nivel internacional, en particular, por la situación de su ciudad más poblada, Guayaquil. En este puerto tropical, todo los males nacionales descritos, más las miserias de su propio modelo “exitoso” de desarrollo, confluyeron para un abandono del Estado (nacional y seccional) que condujo a muertos en las calles, pérdida de los cadáveres, corrupción generalizada y diseminación del contagio del COVID-19 sin control, causando con ello una espantosa cantidad de muertos que una administración que merezca llamarse “exitosa” habría podido evitar.

Esta excepcionalidad de Guayaquil no ocurrió, como dice ese epítome de la ineficacia que ha resultado ser su Alcaldesa, porque de repente nos ha caído una bomba… Es por años de hacer las cosas mal, que se pinchó la burbuja de nuestra malsana y estúpida idea de desarrollo de ciudad (más sobre esto en: “Guayaquil y el modelo que tocó fin”)

En los 190 años de vida republicana del Ecuador, iniciados en 1830 con la unión de las tres antiguas provincias españolas de Guayaquil, Quito y Cuenca, tal vez nunca el país haya estado tan mal. Su gobierno malvive, empeñado a las élites económicas y sin capacidad de acción… ¿Para qué sirve un Presidente que, en más de seis meses, de Octubre a la fecha, no puede concretar casi nada de lo que se propone? ¿A quién puede dirigir alguien a quien ya casi nadie le cree? ¿De qué vale alguien que está mucho, pero mucho más cerca de inspirar lástima o asco, que algún tipo de entusiasmo?

Por todos estos antecedentes, esto es lo que creo: hay una dictadura por venir. Moreno está inerte y las élites económicas rapaces para las que él gobierna no pueden permitir que se descalabre el sistema viciado que se ha creado desde el 2018. La Corte Constitucional es un objeto decorativo y la sociedad ecuatoriana admitiría sin chistar una dictadura, pues como se ha visto con el caso de La dictadura inadvertida descrito en el artículo anterior, ni se entera. Y si se entera, poco cambiaría, pues mientras le sirva mejor que Moreno, a una gran mayoría no le importa. La del Ecuador es una democracia de membrete, sin reales demócratas, ni entre los políticos ni en la mayoría que participa del circo que los elige. Tal es nuestra siniestra realidad. Y es por eso que estamos en el fango en el que nos hallamos, a mayo del 2020.

Ahora, lo que propicia el advenimiento dictatorial es que se cuenta con una coartada y con un apoyo esencial. La pandemia del COVID-19 ofrece una coartada ideal para una salida dictatorial, en cualquiera de sus dos formatos: el legal o el militar. Para el primer caso, ese objeto decorativo llamado Corte Constitucional podría redactar un documento de apoyo, a la usanza de su dictamen de mayo de 2019 y se seguiría algún tipo de interpretación y praxis constitucional que se ajuste a los intereses de quienes triunfen en la disputa interna que se tiene entre los traidores, advenedizos y oportunistas que integran el gobierno actual. Esta sería una salida con un barniz legal, “a la trujillana”.

Pero también está el formato militar, “a la boliviana”, es decir, un golpe de fuerza de los milicos y que se coloque a un civil de fachada. En este caso, resulta irrelevante lo que diga (o no) la Corte Constitucional. En ambos casos el apoyo de los Estados Unidos de América, esencial para cualquier experimento local, se lo tiene asegurado, porque para la administración de Donald Trump ninguna de estas decisiones representaría un problema: se toma nota de lo ocurrido y se pasa enseguida a otra cosa (la insignificancia del Ecuador es proverbial). Y por supuesto, nadie lo va a extrañar al monumental inútil de Moreno.

Sea con el formato “a la trujillana” o “a la boliviana”, el panorama del Ecuador resulta sombrío. ¿Mi pronóstico? Cuando la gente, por hambre, empiece a salir a las calles a buscar comida por las buenas o por las malas, triunfará el formato “a la boliviana”, porque así se reprime mejor.

Tenemos una dictadura al caer. Y realmente quisiera tener esperanzas de algo distinto, pero el Ecuador no me deja.

La dictadura inadvertida

19 de mayo de 2020


Publicado originalmente en tres partes (p. 1, p. 2, p. 3) en elestado.net

En la voz “Dictadura” del ‘Diccionario de la política’ de Bobbio, Matteucci y Pasquino se advierte lo siguiente: “El gobierno dictatorial no está frenado por la ley, está por encima de la ley y traduce en ley su propia voluntad”.

En rigor, es así como actúa una dictadura, sin sujeción a otra norma jurídica (constitucional o del derecho internacional) como no sea su propio capricho, ascendido a rango de máxima norma. Y así actuó, en el Ecuador, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social “en Transición” durante el período de seis meses en que evaluó a 31 autoridades públicas, transcurrido entre marzo y septiembre de 2018. Durante ese período, este Consejo “en Transición” puso a un lado las normas constitucionales y de los tratados internacionales, e impuso su enconada voluntad a las 31 autoridades a las que decidió someter a evaluación. Su actuación, entonces, fue propia de una dictadura… pero de una que ha pasado inadvertida para la mayoría de los ecuatorianos, y que incluso es celebrada por algunos.

Construiré mi argumento toral (esto es, que en el Ecuador ha ocurrido una dictadura que pasó inadvertida) a partir de rebatir dos posibles objeciones a esta calificación de la actuación del Consejo “en Transición” como dictadura.

Algunos podrían sostener, por ejemplo, que el origen democrático del Consejo “en Transición” legitimó sus actos. Pero aunque es cierto que este Consejo fue el resultado del triunfo de una propuesta (pregunta 3 y anexo) del gobierno del Presidente Lenín Moreno, aprobada en el referéndum del 4 de febrero de 2018, es cuestión de leer bien lo que el pueblo del Ecuador autorizó con tal aprobación: la creación de un órgano transitorio con el mandato expreso de actuar, en sus evaluaciones a las autoridades públicas, “garantizando el debido proceso”. En consecuencia, la actuación de este Consejo “en Transición” obtendría una legitimidad democrática, si y solo si, su actuación se sujetaba a los términos ordenados por su mandante (el pueblo ecuatoriano) en el referéndum del 4 de febrero.

Se los anticipo: este Consejo defraudó miserablemente a su mandante, pues en las evaluaciones ocurridas entre marzo y septiembre del 2018 no garantizó el debido proceso. Esto, por el simple expediente adoptado por el Consejo “en Transición” para hacer sus evaluaciones: el reemplazo de las garantías del debido proceso que resultan aplicables en el Ecuador, por unas normas transitorias y de su propia y disparatada invención.

Como este es el núcleo de mi argumento, voy a demorarme en él. El debido proceso, en la legislación del Ecuador, implica un amplio elenco de derechos y garantías, consagrados en los artículos 75 al 82 de la Constitución bajo el rótulo de “Derechos de protección” y en las garantías y principios de los artículos 8 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Estas son las normas que, por lo menos, debió aplicar el Consejo “en Transición” en todas sus evaluaciones. Pero este Consejo decidió el reemplazo de estas normas por otras que él mismo redactó el 28 de marzo de 2018 en sus oficinas al norte de Quito, a las que denominó “Mandato de Evaluación”. Normas que, para mayor inri, las aplicó de forma parcializada y arbitraria.

Así, la actuación del Consejo “en Transición” en sus evaluaciones no estuvo frenada por la ley, pues este Consejo puso a un lado las leyes aplicables y se situó por encima de ellas y terminó por traducir en ley su propia voluntad en forma del “Mandato de Evaluación”… Y todo esto, por definición de diccionario, es una dictadura.

Detallo: este “Mandato de Evaluación” creado por la dictadura fue un atado de normas vagas e imprecisas para evaluar a las autoridades públicas del gobierno anterior, redactado con posterioridad a las acciones y omisiones sometidas a su evaluación y adoptado sin reserva de la ley. Todo esto viola los principios de legalidad y de retroactividad (Art. 82 de la Constitución; Art. 9 CADH).

Las normas de procedimiento que se establecieron en los doce artículos del “Mandato de Evaluación” vulneraron varias garantías del debido proceso. Por su cumplimiento estricto, el Consejo “en Transición”: 1) no informó a los evaluados sobre las razones de su evaluación; 2) no concedió el tiempo ni los medios adecuados para que preparen su defensa; 3) no respetó su garantía de recurrir del fallo (Arts. 76 y 77 de la Constitución; Art. 8 CADH)

Y la aplicación de las normas fue la cereza del pastel dictatorial. Para empezar, fue evidente la animadversión del Consejo hacia las autoridades públicas sometidas a su evaluación, en particular, dadas las constantes declaraciones de su Presidente, Julio César Trujillo, quien no dudó en descalificar a todas las autoridades del gobierno anterior al afirmar que no había entre ellas “un funcionario que merezca la confianza”, y que todo lo que quedó del gobierno de Correa fue corrupción, “y una incompetencia descomunal que pudo ser a propósito para generar más corrupción”.

Además, como evidencia de su animadversión, el Consejo “en Transición” condenó a sus evaluados sin eliminar toda duda razonable sobre la existencia de su culpabilidad, y aún en el caso de existir dudas, ellas se las usaba en contra de los evaluados (?). Todo esto, por supuesto, resultó violatorio de los principios de imparcialidad y de presunción de inocencia (Art. 75 y 76 de la Constitución; Art. 8 CADH).

Mi testigo para probar estas violaciones del debido proceso en las evaluaciones del Consejo es la Corte Interamericana de Derechos Humanos, un intérprete más que autorizado de las garantías del debido proceso en las Américas. Sin entrar a analizar la amplia casuística sobre el trato parcializado y las violaciones al principio de presunción de inocencia en las evaluaciones, la redacción de las normas para practicar las evaluaciones y el procedimiento establecido en ellas, son ya del todo contrarios a lo que requiere la Corte Interamericana de acuerdo con su jurisprudencia.

La Corte Interamericana ha interpretado el artículo 9 de la Convención Americana en el sentido de que las normas sancionatorias que imponga un órgano del Estado deben estar contempladas en una ley, entendiendo por tal una “norma jurídica de carácter general, ceñida al bien común, emanada de los órganos legislativos constitucionalmente previstos y democráticamente elegidos, y elaborada según el procedimiento establecido por las constituciones de los Estados Partes para la formación de las leyes”(Opinión Consultiva OC-16/86, Párr. 38). El “Mandato de Evaluación”, en contraste, fue un disparate hecho por el propio Consejo “en Transición”, órgano que no estaba constitucionalmente previsto, ni fue democráticamente elegido, ni siguió ningún otro procedimiento sino su capricho.

Sobre el principio de legalidad contemplado en el artículo 9 CADH, la Corte ha interpretado que “en un sistema democrático es preciso extremar las precauciones para que [las sanciones administrativas] se adopten con estricto respeto a los derechos básicos de las personas y previa una cuidadosa verificación de la efectiva existencia de la conducta ilícita.” (Caso Maldonado Ordóñez, Párr. 89). En claro contraste, los términos utilizados en el “Mandato de Evaluación” eran etiquetas como “Abuso de funciones”, “Seguridad jurídica” o “Integridad en procesos de contratación pública”, en las que si el Consejo pensaba que una conducta X encajaba en una de ellas, se sancionaba a quien se consideraba infractor. En la interpretación del Consejo del principio de legalidad, el capricho era ley.

Finalmente, sobre el principio de irretroactividad, la Corte IDH ha interpretado el artículo 9 de la Convención Americana en el sentido de considerar “indispensable que la norma sancionatoria exista y resulta conocida, o pueda serlo, antes de que ocurran la acción o la omisión que la contravienen y se pretende sancionar” (Caso Baena Ricardo, Párr. 106). El Consejo hizo todo lo contrario: sus normas de evaluación fueron todas posteriores a las acciones u omisiones que evaluó.

En cuanto a las garantías del debido proceso, el procedimiento establecido en el “Mandato de Evaluación” era diametralmente opuesto a las interpretaciones que había hecho la Corte Interamericana del artículo 8 de la Convención Americana. 

Sobre el derecho a tener una comunicación previa y detallada (Art. 8.2.b), la Corte requiere que el órgano a cargo del proceso informe de modo “oportuno y completo” (Caso Castillo Petruzzi, Párr. 141) y que, por ende, se debe informar “al interesado no solamente de la causa de la acusación, esto es, las acciones u omisiones que se le imputan, sino también las razones que llevan al Estado a formular la imputación, los fundamentos probatorios de ésta y la caracterización legal que se da a los hechos”, en información que debe ser “expresa, clara y suficientemente detallada para permitir al acusado que ejerza plenamente su derecho a la defensa” (Caso Barreto Leiva, Párr. 28). Frente a este estándar, lo hecho por el Consejo “en Transición” resulta paupérrimo, pues se redujo a un “Informe Técnico de Investigación” escrito por una dependencia anónima del propio Consejo y entregado a los evaluados ya muy avanzados sus procesos (en promedio, cuando había transcurrido unas 3/4 de su duración total). Ni completo, ni mucho menos oportuno.

Sobre el derecho a tener el tiempo y los medios adecuados para la defensa (Art. 8.2.c), la Corte IDH ha interpretado que un expediente secreto es contrario “al derecho de defensa del imputado, ya que le imposibilitaba el acceso efectivo al expediente y a las pruebas que se recaban en su contra, lo cual le impide defenderse adecuadamente en contravención de lo dispuesto en el artículo 8.2.c” (Caso Palamara Iribarne, Párr. 170). Pero el Consejo hizo precisamente eso, un expediente secreto (“reservado”, en su jerga), al que justificó con la disparatada idea, consagrada en su “Mandato de Evaluación”, de que era “reservado” en beneficio de los evaluados, pues era así “para evitar la violación de los derechos subjetivos de las autoridades evaluadas”. En el mundo loco de los procesos conducidos por el Consejo “en Transición” se los beneficiaba a los evaluados, privándolos de un derecho…

Finalmente, sobre el derecho de recurrir del fallo (Art. 8.2h) la Corte requiere que “una sentencia adversa pueda ser revisada por un juez o tribunal distinto y de superior jerarquía orgánica” (Caso HerreraUlloa, Párr. 158). En el procedimiento de evaluación, ese “tribunal distinto y de superior jerarquía”, era el mismísimo Consejo (?).

Una lectura de esta clara jurisprudencia del Tribunal de San José evidencia que la actuación del Consejo “en Transición” se halló en las antípodas de lo que debió hacerse, si lo que se deseaba era cumplir con las garantías del debido proceso para sus evaluados, que fue lo que le ordenó su mandante en el referéndum del 4 de febrero de 2018.

Pero es lo dicho: a este Consejo “en Transición” su mandante le encomendó una tarea, pero el Consejo lo defraudó miserablemente. El saldo de sus violaciones de derechos fue que, entre los meses de marzo y septiembre del 2018, esta dictadura inadvertida evaluó a 31 autoridades públicas y concluyó el proceso en 28 casos (se le escaparon tres: dos cuya evaluación no alcanzó a concluir y uno cuya destitución se la birló la Asamblea Nacional). De estos 28 evaluados hasta la conclusión de sus procesos, el Consejo absolvió a uno (que hoy es el Presidente del Tribunal Contencioso Electoral) y destituyó a todos los demás, para un 96.4% de efectividad en la eliminación de molestias políticas. En las impugnaciones de los destituidos, la negación del recurso de impugnación obtuvo un 100% de efectividad (24 de 24). La dictadura inadvertida que encarnó el Consejo “en Transición” eliminó, por evaluación, a 27 autoridades públicas (a otras dos las eliminó sin evaluación alguna) con el propósito de que el gobierno de Moreno pueda ocupar esos espacios a su favor.

Por las destituciones del Consejo “en Transición”, el gobierno del Presidente Moreno pasó a ocupar espacios de poder como la Fiscalía General del Estado, el Consejo de la Judicatura, el Consejo Nacional Electoral, el Tribunal Contencioso Electoral… En estos órganos de justicia y electorales, las designaciones de los reemplazos de las autoridades destituidas por el Consejo la hizo el propio Consejo “en Transición”, a través del uso de unas “facultades extraordinarias” por las que se autorizó a sí mismo a nombrar estos reemplazos, bajo el fantasioso rótulo de “encargados”. Esta figura de los “encargados” no encuentra ninguna justificación en lo aprobado en el referéndum del 4 de febrero de 2018, pero se los creó de una manera “transitoria”, mientras no concluyan los procesos de designación de los reemplazos definitivos, una actividad también a cargo del Consejo “en Transición”. Mientras operaban estos “encargados”, ellos debían obediencia a las disposiciones del Consejo.

Así fue como con el poder arrollador de esta dictadura se extirpó a 29 autoridades calificadas de “correístas” para colocar en los cargos que ellas ocupaban a gente afín y obediente al gobierno del Presidente Lenín Moreno, quien para sostenerse en la Presidencia mutó de ser “leal” al Presidente Correa (fue funcionario sus diez años de gobierno, seis años su Vicepresidente) a ser un rabioso “anti-correísta”. (Más sobre esto, en “La dictadura por venir”.)  

Ahora, dados los antecedentes de violaciones al debido proceso, la segunda objeción que se le podría plantear a la calificación de dictadura del Consejo “en Transición” aparece ya muy debilitada. Esta objeción diría que lo hecho por este Consejo fue legítimo, por haber sido revisado y aprobado por la Corte Constitucional en un dictamen del 7 de mayo de 2019.

Si bien es cierto que dicho dictamen legitimó la actuación del Consejo “en Transición”, lo es también que la Corte Constitucional omitió, en dicho dictamen, analizar si el Consejo garantizó el debido proceso en las evaluaciones que realizó. Esto, porque si los jueces de la Corte Constitucional habrían hecho ese análisis, habrían tenido que rendirse ante la abrumadora evidencia de escandalosas e insoslayables violaciones al debido proceso, fruto del contraste entre lo actuado por el Consejo y la jurisprudencia citada de la Corte IDH (pues esta nueva Corte Constitucional le tributa al Tribunal de San José el máximo de los respetos, véase su sentencia sobre el matrimonio igualitario, Párr. 273-4). Por esto es que la Corte Constitucional debió callar su opinión: mejor no hablar de ciertas cosas.

Porque el propósito de callar fue evidente. Por el blindaje de los actos del Consejo “en Transición” a través de la legitimidad que la Corte Constitucional les otorgó en su dictamen, la Corte Constitucional se blindaba también a sí misma, por haber sido ella un fruto de la actuación de dicho Consejo, tanto por la destitución de los nueve jueces anteriores, como por la selección de su nómina actual.

Y es por este auto-blindaje, que el dictamen de la Corte Constitucional del 7 de mayo de 2019 no podía ser un dictamen imparcial. Para demostrar este punto, una vez más, voy a citar a la Corte Interamericana, con la peculiaridad de citar un caso en el que ya se condenó a la República del Ecuador por la destitución de los jueces del Tribunal Constitucional el año 2004, durante el gobierno del Presidente Lucio Gutiérrez (Caso del Tribunal Constitucional, sentencia del año 2013). En aquel caso, la Corte IDH destacó que “no revestía garantías suficientes de imparcialidad” las decisiones del Tribunal Constitucional (antecedente de la actual Corte), nombrado por el Congreso Nacional de la época…

“… si se tiene en cuenta que los nuevos miembros del Tribunal Constitucional poseían un interés directo en una eventual resolución desfavorable de toda acción o recurso relativo a los ceses […] del Tribunal Constitucional anterior, toda vez que una decisión favorable implicaría la automática invalidez de la designación de los nuevos miembros del Tribunal” (Párr. 235).

Si la Corte Constitucional se atenía a la honestidad de declarar las destituciones de sus antecesores como ilegítimas, ya no tendría cómo sostener su posterior designación. Por eso es que a la Corte Constitucional le resultaba mejor no hablar de ciertas cosas. Y es por eso que se diluye la posible segunda objeción: por su notoria falta de imparcialidad. La Corte Constitucional es parte del sistema viciado que creó el Consejo “en Transición”.

Concluyo y redondeo mi argumento. En el ‘Diccionario del político exquisito’, Torcuato di Tella recordó esta escena sombría:

“El interrogatorio al que fue sometido el novelista ruso Isaac Babel, al ser detenido en mayo de 1939, comenzó así:
- Se lo ha arrestado como traidor por actividades antisoviéticas. ¿Reconoce su culpa?
- No, no la reconozco.
- Pero entonces, ¿cómo puede reconciliar esa declaración de inocencia con el hecho de su arresto?”

Las evaluaciones del Consejo “en Transición” fueron una charada, su decisión de eliminar a las molestias políticas (los “correístas”) ya estaba tomada de antemano. Por ello, esta escena en la Rusia soviética captura la esencia de lo hecho durante seis meses del 2018 por una dictadura que, hasta la fecha, ha pasado inadvertida.

Dos famosos parientes extremeños

16 de mayo de 2020


Faltaban quince largos años para que se funde la ciudad de Santiago de Guayaquil cuando el extremeño Hernán Cortés empezó, el año de N. S. de 1519, la conquista de México. En esta empresa, Cortés se adelantó al Gobernador de Cuba, Diego Velásquez, en atacar Tierra Firme. Su audacia le rindió frutos, porque el resto resulta historia más o menos conocida: quemar las naves, Malinche, Moctezuma, la Noche Triste, el triunfo postrero de los invasores castellanos. Lejos de convertirse en un bandido, en 1522 el Rey Carlos I de Castilla lo premió a Cortés con el nombramiento de Gobernador de la Nueva España, el primero en una larga lista de funcionarios que se extendió casi por tres siglos hasta la independencia del Reino.

En 1532, otro extremeño, Francisco Pizarro, acometió la conquista del Perú. Por las capitulaciones de Toledo firmados con la Corona de Castilla, Pizarro se convirtió en Gobernador de los territorios que iba a descubrir, con el membrete de Gobernador de Nueva Castilla. La historia que sigue es, también, harto conocida: la entrada de las tropas castellanas en Cajamarca, la trampa y ejecución del inca Atahualpa, la ocupación del Cuzco, la negociación con Pedro de Alvarado, la fundación de la Ciudad de los Reyes (Lima), capital del Virreinato del Perú desde 1542 hasta su disolución por la independencia del Reino. Pizarro residió en la ciudad de Lima (por él fundada) hasta que fue muerto en 1541 por los “almagristas”, partidarios de Diego de Almagro (quien fuera el fundador en 1534 de la ciudad de Santiago de Quito –postrer Santiago de Guayaquil- y de la villa de San Francisco de Quito) que se vengaron así de la muerte de Almagro, ordenada por los “pizarristas” y llevada a cabo en la Plaza de Armas del Cuzco el 8 de julio de 1538.

El caso, muy de entrecasa, es que Cortés y Pizarro fueron dos parientes (tío lejano Pizarro de Cortés, primo segundo de su madre) que habitaban más allá del río Duero (extrema Dorii, “Extremadura”) y que viajaron a la América a tentar su suerte y resultaron los principales agentes de la conquista castellana en el nuevo continente, esos hombres a quienes el Rey Carlos I de Castilla (un fulano nacido en Gante, que no hablaba el idioma de Castilla y que explotaba estas tierras en beneficio de la Casa de Austria, en su otra faceta de Carlos V Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico) confió, en gran medida, la tarea de perpetrar la sangrienta conquista de sus nuevos e inmensos territorios allende el Atlántico.

Hernán Cortés lo sobrevivió a su tío Pizarro por seis años. Murió en Castilleja de la Cuesta, el año de N. S. de 1547, mismo año en que la ciudad de Santiago de Guayaquil se asentó de manera definitiva en el Cerrito Verde, con vista a un caudaloso río. 

El Ecuador de los noventa en una carretera

15 de mayo de 2020


Este calamitoso año 2020 empezó con una noticia turra para el guayaco: el peaje de la “Vía a la Costa”, concesionado a una empresa privada, había subido desde el último viernes del 2019 de sus tradicionales 0.25 USD a la ida y 0.00 USD la vuelta a Guayaquil, a 1.00 USD por la ida y otro 1.00 USD por la vuelta. La empresa privada a cargo es una vieja conocida de los maridajes con el Estado: Verdú (vinculada en el proceso “Arroz Verde”, después conocido como “Sobornos 2012-2016”, luego como “Bochornos 2012-2016”).

Esta empresa Verdú ha hecho posible lo que por muchos años fue imposible: subir el costo del peaje de la “Vía a la Costa” y multiplicarlo por ocho, si el destino es a Playas o Posorja, y dada la instalación de un peaje adicional en la ruta a Santa Elena con un idéntico costo, si el destino es Salinas o la Ruta del Spondylus, por dieciséis.

Ahora, el cobrar dieciséis veces más no garantiza un buen servicio, esto es claro. El primer día que entró a funcionar la segunda caseta de peaje, ello causó que el viaje de regreso de Salinas a Guayaquil demore tres horas, o incluso más. Este primer experimento, visto desde la perspectiva de un viajero random, se reduciría al siguiente enunciado: “Tras que me cobras mucho más, me causas demoras. Vales verga al cuadrado”.

Porque hasta que el coronavirus volvió superfluo el uso de las carreteras en el Ecuador, lo que había cambiado en la “Vía a la Costa” es que ahora costaba dieciséis veces más un viaje ida y vuelta de Guayaquil a Santa Elena, recibiendo a cambio un pésimo servicio de la concesionaria privada, todo alcahueteado por un Estado capturado por tiburones de los negocios. Me lo recuerda mucho al Estado ecuatoriano de los noventas, tan disfuncional para sus habitantes en general, tan servil a sus banqueros (+ adinerados) en particular.

Para el 2020, este Ecuador 90’s ya había vuelto, in full swing, y así nos agarró la pandemia...