Contra la tortura

28 de junio de 2009



Desde 1997 se conmemora cada 26 de junio el Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura. Esta conmemoración es propicia para reflexionar sobre la tortura y sobre las acciones que el Estado ha emprendido y debe emprender para combatirla y para apoyar a las víctimas de la misma. Podemos referir dos acciones pendientes para cumplir esos propósitos. La primera, la ratificación del Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura (en vigor desde el 22 de junio de 2006) cuyo objetivo es “establecer un sistema de visitas periódicas a cargo de órganos internacionales y nacionales independientes a los lugares en que se encuentren personas privadas de libertad, con el fin de prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes” (artículo 1). La segunda, “establecer un programa de formación y capacitación para el personal judicial, del ministerio público, policial y penitenciario, incluyendo el personal médico, psiquiátrico y psicológico, sobre los principios y normas de protección de los derechos humanos en el tratamiento de los reclusos”, asignarle presupuesto e instituir un comité interinstitucional con participación de la sociedad civil para la ejecución de ese programa (Caso Tibi vs. Ecuador, Párr. 262-264 y Punto Resolutivo 13).

Sobre la adopción de medidas de formación y capacitación que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado ecuatoriano en la sentencia que lo condenó por las violaciones a los derechos humanos (incluido su derecho a la integridad personal) en perjuicio del ciudadano francés Daniel Tibi, vale referir, primero, que esa orden de la Corte Interamericana es de obligatorio cumplimiento para el Estado y que éste no puede ofrecer ninguna excusa de orden interno para evadir su cumplimiento (artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y Caso Tibi, Resolución de Cumplimiento de Sentencia, Puntos 5 -7). Segundo, que a pesar de que han transcurrido casi cinco años desde la sentencia de la Corte Interamericana, el Estado todavía no ha cumplido de manera íntegra con las medidas que la Corte ordenó que adopte.

Dos acciones concretas: la primera, de simple ejecución (firma y depósito de un instrumento internacional); la segunda, de ejecución compleja (en la medida en que requiere la participación y el consenso de varios actores del Gobierno y de la sociedad civil). En el cumplimiento de esas acciones, se verificará el compromiso del Estado para conmemorar, cada 26 de junio, sus avances en esta materia y no el inventario de las omisiones que (desde hace tantos años) nos debe.

Hoy, matrimonio

27 de junio de 2009

O sea, whisky y la música de este proto-garantista ("para eso existen las leyes / que suelen todo arreglar") gigante que es El Puma:

La ventanilla de la democracia de América latina

Hace unos años un grupo de amigos nos fuimos de carnavales a Medellín (para la época en que todavía regía esta disposición estúpida y chora y que escribí esta nota). Y caminando por las calles del barrio Manrique con mi brother Fernando Ampuero, la encontramos:

Dante Caputo and his boys (and some ladies too!) la explican acá.

Libertad de expresión 101 (addenda: no, no "just help me")

24 de junio de 2009


Los otros días, una estudiante me remitió cinco preguntas para un trabajo que tenía que realizar para la materia Teoría del Periodismo III que dicta el amigo Héctor Chiriboga en la UCSG. Cuelgo las preguntas y las respuestas que ofrecí (meros abrebocas para empezar una discusión):

1. Para ti, qué es el periodismo y cuántos tipos de libertad existen?
Suscribo el adagio británico que dice que periodismo es salir a la calle, ver lo que pasa y contarlo a los demás. Toda la tecnología que se ha inventado para realizar esa secuencia de actos y toda la complejidad del oficio no sirven para invalidar la razón esencial que tiene ese adagio. Una consecuencia lógica del mismo es que cualquier ciudadano que realice esa secuencia es periodista y que no se necesitan ni títulos ni honores para ejercer este oficio. Los italianos dicen que se es periodista porque “trabajar es peor”. Creo que tienen razón. Existen dos tipos de libertades: la libertad de expresión y la libertad de prensa.

2. Cuáles serían las diferencias entre libertad de expresión y libertad de prensa?
La libertad de expresión es mucho más amplia que la libertad de prensa. La libertad de expresión es el derecho en una sociedad democrática no sólo a que cada uno pueda expresar sus ideas (informativas o de opinión) sino de una sociedad a recibir informaciones e ideas, lo que supone la mayor amplitud y calidad como características de esa información e ideas. La libertad de prensa es la libertad de un medio de comunicación de expresar su información y su opinión; no pocas veces, esa libertad es la máscara (como decía Jauretche) de la libertad de empresa.

3. La libertad de expresión surge como una necesidad de las personas de tener un contacto 'real' de su entorno o como una consecuencia de la evolución global de la sociedad. De qué manera esta 'necesidad' se puede convertir en 'abuso'?
Yo creo que nace como consecuencia de ambas cosas. En la primera frase, está su fondo; en la segunda, su forma. Se convierte en abuso en la medida en que quien ejerce la libertad de expresión no respeta sus límites (la libertad de expresión es un derecho fundamental de una sociedad democrática, pero no es un derecho absoluto).

4. Cómo funciona la libertad de información dentro de un sistema en democracia, cuáles serían sus límites?
Básicamente, la censura previa en los casos de protección a la niñez y la adolescencia y las responsabilidades ulteriores en los casos de protección a la honra y reputación de los demás y de orden, moral o salud públicas (para graficarlo: no se tiene el derecho a gritar “fuego” en un teatro abarrotado). Lógicamente esos límites deben entenderse de manera restrictiva: el derecho a la libertad de expresión tiene una “carta de triunfo” frente a las pretensiones de restringirlo.

5. La libertad de prensa cómo funciona en la democratización del discurso social, es decir en la opinión pública, entre otros?
Reproduce discursos e ideas que forman ese discurso social; influyen en la percepción que los ciudadanos tenemos de nuestra sociedad y, en particular, de nuestro gobierno e instituciones políticas.

Bonus track: dos artículos potentes e interesantes del amigo Héctor Chiriboga publicados en diario El Telégrafo, para empezar a pensar este asunto no desde la victimización y la lamentable lógica binaria (la lógica del "no me hago cargo, just help me!) que algunos pretenden, sino desde su complejidad y con los matices que un análisis sensato y profundo comporta: aquí y acá. Que les sea de provechito, salú.

Que no te haga bobo Jacobo

22 de junio de 2009

Dedicado a todos los Jacobos de este país.

De abyectos políticos a sujetos políticos

En su bitácora de Internet, Roberto Gargarella cuenta que participó en la edición de este año del Seminario Latinoamericano que organiza la Universidad de Yale (que se realizó en Asunción, Paraguay) donde se discutió el tema sexo y derecho. RG destaca la ponencia de Kenji Yoshino, estudioso de derecho constitucional, antidiscriminatorio y derecho y literatura, Chief Justice Earl Warren Professor of Constitutional Law de NYU. En su ponencia, KJ habla del tránsito desde el armario judicial hacia el altar legislativo, esto es, del tránsito que se ha recorrido del litigio judicial de los derechos de los homosexuales a sus reclamos para que los legisladores modifiquen las normas jurídicas que los discriminan (en particular, con relación a sus reclamos para que se reconozca legalmente el matrimonio homosexual –el que, en Estados Unidos se lo reconoce en seis Estados –v. acá). De manera interesante, KJ correlacionó ese tránsito desde el litigio hacia la legislación con la evolución desde polítical abjects (“abyectos políticos”) hacia political subjects (“sujetos políticos”). Hay mucho, mucho para debatir a partir de esos conceptos (para artículos de KJ, que los hay muchos e interesantes, visítese su ciberpágina).

Hay mucho, por ejemplo, para debatir en el ámbito local, que ha recorrido ese mismo tránsito: desde la criminalización de la homosexualidad (1) al litigio judicial de sus derechos ante el Tribunal Constitucional que concluyó con la resolución No 106-1-97 que declaró la inconstitucionalidad del artículo 516 del Código Penal que criminalizaba esa conducta (2) hasta su reconocimiento en las normas jurídicas, primero, en el texto constitucional de 1998 (3) y diez años después, con mayor detalle y con una lucha más visible, en el texto constitucional de 2008 (4) y en la legislación sobre crímenes de odio (5). Este tránsito desde lo prohibido penalmente hacia lo aceptado constitucionalmente refleja el tránsito desde el “abyecto político” hacia el “sujeto político” y refleja, entonces, que al día de hoy la comunidad GLBTT puede formular sus propuestas políticas y que otros sujetos políticos pueden tomárselas en serio (6) sin merecer quienes las formulan el ostracismo al que la sociedad que se presume a sí misma de “normal” (7) los había condenado y al que ellos mismos contribuían (y, en la práctica, todavía contribuyen) al mantenerse en el closet.

Un reflejo de ese tránsito se lo obtiene con la lectura de dos ediciones de la revista Vanguardia y con el devenir de una celebración. Lo primero: la edición No 20 (7-13 de febrero de 2006) de revista Vanguardia publicó un artículo que empezaba con la afirmación de que desde la despenalización de la homosexualidad en 1998 los grupos GLBTT “tienen más visibilidad, pero todavía están lejos de una verdadera integración en la sociedad. Los perjuicios y los guetos persisten” y en recuadro destacaba que “en Guayaquil no hay marcha del Orgullo Gay desde el 2002. El Municipio no la ha autorizado” porque, explica la revista, “la visibilidad recientemente adquirida por los grupos GLBT ni siquiera les garantiza la libertad de manifestación pública. No en Guayaquil, donde la marcha del orgullo gay, celebración anual mundial, ha estado prohibida por el Municipio desde el año 2002. ¿Seguirá estándolo en el 2006?”. Lo estuvo. La revista expuso el que se supone el punto de vista del Alcalde: “Jaime Nebot respeta a los homosexuales, a las lesbianas y a los derechos humanos, pero ni una palabra sobre la marcha”. (Para esa época, yo inquirí sobre la marcha del Orgullo Gay, acá). La edición de la semana anterior de revista Vanguardia (No 193, 16-22 de junio de 2009) analiza de nuevo el tema, con un artículo cuyo título es decidor: “El Orgullo Gay gana más espacios”. El artículo destaca que en Guayaquil todavía no respeta el derecho a la no discriminación en esta materia (como en tantas otras) porque “en el Puerto Principal [los espacios de las comunidades GLBT] son clausurados constantemente por supuestos daños a la moral” y revela la diferente actitud que tienen las autoridades de Quito, porque “[e]n el 2008 la alcaldía del Distrito Metropolitano creó una ordenanza para incluir en las políticas municipales la perspectiva del reconocimiento de los derechos GLBT. Convocó a grupos de esa comunidad para crear una agenda de trabajo a través de la Comisión de Equidad Social y Género. Además auspicia las actividades de la semana del Orgullo Gay. La marcha emblemática del 28 de junio se realiza en la ciudad desde el 2000. Y a partir del año pasado el Ministerio de Cultura y la Prefectura de Pichincha se sumaron a la organización de las celebraciones” mientras que, enfatiza la revista, “Guayaquil está en las antípodas. Apenas el año pasado el Municipio autorizó la celebración del Orgullo Gay. Cerca de 5.000 personas marcharon por la Av. Francisco de Orellana. Pero este año quieren ocupar espacios importantes de la ciudad: van a ir por el Malecón, subir por la Nueve de Octubre y hacer su festival en el Parque Centenario. Cuentan con el respaldo del Ministerio de Justicia, la Intendencia y la Defensoría del Pueblo”. (v. vídeo, acá). El reconocimiento como sujetos políticos de los grupos GLBTT se evidencia con las políticas públicas que se han adoptado en Quito; ese reconocimiento, en Guayaquil, sucede a pesar de las políticas públicas represivas del Municipio local y obtiene cada vez más espacio y visibilidad: menos no podría esperarse (sí mucho más) si nos tomamos mínimamente en serio el derecho a la no discriminación y el derecho de todo individuo al libre desarrollo de su personalidad porque, convengamos, los miembros de la comunidad GLBTT no son más ni menos que otros, ni mejores ni peores: son ciudadanos que merecen el reconocimiento de su individualidad en una sociedad democrática, tanto como usted o como yo. Porque, como expresa Paula Viturro: “Una sociedad se revela democrática no sólo por su sistema de gobierno, sino también por su capacidad de aceptar o no las identidades de género de los demás y los modos de ejercer públicamente las sexualidades”.

Volvamos a Kenji Yoshino, quien ilustró su presentación en el Seminario Latinoamericano con un vídeo que pone el acento, no en los análisis de los derechos ni en la teoría, sino en el plano humano, que nos permite salir de nuestra torre de marfil y visualizar al otro como un igual: ese es el plano que, en el marco de la convivencia social, hace la diferencia:

(1) El artículo 516 del Código Penal, inciso primero, establecía: “En los casos de homosexualismo, que no constituyan violación, los dos correos serán reprimidos con reclusión mayor de cuatro a ocho años”.
(2) La resolución No 106-1-97, acá. Nótese, a pesar de la declaratoria de inconstitucionalidad, el sesgo discriminador que manifiesta.
(3) La Constitución de 1998 establecía en su artículo 23 numeral 3 “[l]a igualdad ante la ley. Todas las personas serán consideradas iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación en razón de […] orientación sexual […] y en su artículo 23 numeral 25 “[e]l derecho a tomar decisiones libres y responsables sobre su vida sexual”.
(4) La Constitución de 2008 establece en su artículo 66 numeral 9 “[e]l derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, y su vida y orientación sexual. El Estado promoverá el acceso a los medios necesarios para que estas decisiones se den en condiciones seguras” y, más importante, en su artículo 68 establece que “[l]a unión libre y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y por las condiciones y circunstancias que señale la ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio. La adopción corresponderá sólo a parejas de distinto sexo”.
(5) Como puede observarse en esta nota que publiqué acá.
(6) Aunque hay gente pa´ todo, v. los pastores Balerio Estacio y Francisco Loor, acá.
(7) WTF?

Motivación

21 de junio de 2009

El artículo 24 numeral 13 de la Constitución de 1998 estableció como garantía del debido proceso el que “las resoluciones de los poderes públicos que afecten a las personas, deberán ser motivadas” y que “no habrá tal motivación si en la resolución no se enunciaren normas o principios jurídicos en que se haya fundado, y no se explicare la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho”; el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución vigente reitera, casi sin variación, esta garantía. En la práctica, sin embargo y de manera habitual, las resoluciones de los poderes públicos, o sea, de las autoridades judiciales y administrativas, no cumplen con esta obligación constitucional. Suceden casos preocupantes en la práctica judicial (jueces penales en el dictado de la prisión preventiva, por ejemplo) pero quienes, usualmente prevalidos de leyes arcaicas y de prácticas burocráticas, suelen incumplir esta disposición constitucional son las autoridades administrativas.

Un ejemplo reciente son las resoluciones del Consejo Nacional de Radiodifusión y Televisión (CONARTEL) y quien expuso en la esfera pública esta violación a la garantía del debido proceso fue la asambleísta de PAIS, María Paula Romo. De hecho, Romo le remitió al Presidente del CONARTEL, Antonio García, una carta en la cual le manifiesta su reproche porque en el CONARTEL “aún no tienen actas de varias de las reuniones en que se tomaron estas decisiones [de prohibiciones en la difusión de programación] y que en la mayor parte de resoluciones la motivación es escasa o peor todavía, inexistente”.

Supongamos que la Ley de Radiodifusión y Televisión que aplica el CONARTEL es una ley que se discutió en un órgano legislativo, que describe un hecho ilícito de manera estricta y cuya sanción es proporcional (ninguno de estos atributos que suponemos, valga decirlo, los tiene la mentada ley). Aún en este supuesto, la autoridad que resuelve tiene la obligación de ofrecernos las razones que motivan su decisión. Como lo ha recordado la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Claude Reyes y otros vs. Chile, una resolución que no expresa las normas y los motivos que la fundamentan es una resolución arbitraria.

Evitar esta arbitrariedad implica ponderar, en el caso concreto, lo que está en juego en cada resolución del CONARTEL: la potestad reguladora de esta entidad vs. la libertad de prensa de los medios de comunicación de difundir contenido informativo y de opinión. En el ejercicio de esa ponderación, la “carta de triunfo” (para decirlo en términos de Ronald Dworkin) la tiene la libertad de prensa y toda restricción que la autoridad pretenda imponerle a este derecho tiene que tener una sólida motivación (porque, convengamos, sí puede haber restricciones: censura previa en caso de protección a la infancia y la adolescencia y responsabilidades ulteriores en los casos en que se afecte la reputación de otros y el orden público: restricciones por excepción). Sólido fundamento, porque no sea que, en teoría, porque pretenda ponérsele remedio a un exceso, resulte (como en el caso concreto) el remedio mucho peor que la enfermedad.

Periodismo de los márgenes

14 de junio de 2009


“Contar para acercar” es el propósito del libro Ciudad Anónima. Crónicas del Guayaquil del siglo XXI afirma uno de sus autores, Fernando Astudillo (el otro es Tali Santos; ambos son periodistas de diario El Universo). En cumplimiento de ese propósito, los autores nos cuentan historias de líderes barriales, de voluntariado discreto, de homosexuales discriminados, porque (de nuevo, en palabras de Astudillo) “hay otra ciudad dentro de esta ciudad que los periodistas deben contar”.
Yo suscribo la afirmación de Astudillo salvo por un detalle: no observo ninguna razón válida para que los únicos que puedan o que deban contar esa “ciudad dentro de esta ciudad” sean periodistas (salvo que Astudillo utilice el término periodista no en el sentido de quien ejerce la profesión de tal, sino como un oficio cuyo ejercicio está al alcance de cualquiera, tenga o no el título de periodista). Antes, el ejercicio del periodismo suponía una tecnología que era casi imprescindible para la difusión de información y de opiniones (una tecnología que suponía jerarquías y patrocinio, herramientas útiles para el ejercicio de sutiles –en ocasiones, burdas- censuras porque la libertad de prensa –para quienes financian esa tecnología- suele ser la máscara de su libertad de empresa). Al día de hoy, el ejercicio del periodismo todavía supone esa tecnología de jerarquía y patrocinio que defiende la agenda de la empresa que la financia pero, a diferencia de antes, hoy también y cada vez más, se puede ejercer el periodismo (entendido en su definición amplia) desde los márgenes y contarnos esas historias, en palabras de Astudillo y Santos , “del anonimato dentro de la ciudad” y de “lo ajeno a lo convencional” y contarlas “a través de colectivos a los que a veces la sociedad les voltea la cara”: historias que no entran en la agenda de la empresa de comunicación. (Tanto es cierto que no entran en esa agenda que precisamente el libro al que hago referencia, según sus autores, fue escrito con el trabajo de reportería que hicieron “en sus tiempos libres, en las tardes de los fines de semana, en feriados y vacaciones. Incluso en las horas antes de entrar al trabajo”: “Todo fuera de las horas laborables en El Universo”. Así, ese libro no es una recopilación: es un rebusque).
Hay quiénes todavía miran con desdén este periodismo desde los márgenes de la agenda y de la tecnología, acaso porque no entienden que los cambios de esta última modifican la vieja estructura de jerarquías y patrocinio o acaso porque se acostumbraron a pensar desde las viejas y excluyentes prácticas del oficio (las que parecen existir para darle la razón a Óscar Wilde, quien afirmaba que “el periodismo es ilegible”). Pero lo que hoy es todavía tecnología marginal de los medios de comunicación, será su futuro y estará al alcance de un teclado, de una videocámara y de conexión a Internet, o sea, al alcance de cualquiera y no, como ahora, de los pocos ricos que pueden financiarlos y que nos imponen su agenda. Hay entonces expectativas de que empiece a existir periodismo muy legible, auténtica prensa libre. Ojalá que esa expectativa se cumpla: depende de cualquiera, o sea, de nosotros.

Compromiso de morondanga

13 de junio de 2009


"Lo civilizado es juntar esfuerzos para que la gente progrese. Obviamente, se necesita más de una voluntad, la conversación profunda, y con ánimo de escuchar y concretar cosas que hagan real un cambio en beneficio de las personas".

Esta es la declaración de un sólido compromiso con el diálogo en democracia. Entonces, ¿por qué no escucha a los informales? ¿O es que el diálogo sólo vale para algunos? (para los que asisten a aplaudirlo a la Cámara de Comercio). Ummm, compromiso de morondanga.

Bonil la tiene clarísima:

La frase WTF de la semana

8 de junio de 2009

"Te ordeno que te pongas de pie", dijo EP el domingo. Casi me hago pis de la risa.
Meh, peor es meneallo. O mejor es (por mucho) García:

King Eric

7 de junio de 2009

Oh, ah, Cantona, ran away with the teacher’s bra (lo que, traducido al castellano y con pérdida de rima, significa, Oh, ah, Cantona, huyó con el sostén de la profesora) era el estribillo de moda que cantaban los niños de Inglaterra durante el período que Eric Cantona reinó en ese territorio. El francés desembarcó en 1992 en la isla para transformarles su juego mecánico, aéreo y desabrido en un vistoso espectáculo de pelota al piso y creatividad. Para precisar este cambio, Nike acuñó el eslogan “1966 fue un gran año para el fútbol británico, nació Cantona” lo que convierte en inmediata nota al pie el único campeonato mundial de los inventores del football. El King Eric reinó en Inglaterra al amparo del lema “juego con fuego y pasión” enfundado en la casaca roja del Manchester United y con el número 7 en su espalda; esa casaca número 7 que heredó un rubito metrosexual de apellido Beckham, quien después de pingües negocios con su imagen y (en ocasiones) con su talento, se la traspasó al metrosexual morocho que comparte apellido con un gordito célebre (Ronaldo) de quien se sabe que se entusiasma cuando su cuello caballudo y su tenso rictus lo delatan y que conoció de primera mano de qué se trata este vistoso espectáculo de pelota al piso y creatividad que siempre propugnó Cantona el pasado miércoles con la victoria 2 a 0 que el Barça de la Pulga Messi le propinó al Manchester United en la final de la Champions League. Podemos suponer a quién aplaudió King Eric: este hosco monarca de pocas palabras no es defensor tanto de territorios, como de conceptos: a él, como a Eduardo Galeano (quien lo confiesa al inicio de su bellísimo El fútbol a sol y sombra) le importa un rábano cuál es el club o el país que ofrezca el milagro del buen fútbol.

Como todo rey que valga la pena, King Eric cultivó el misterio y la excentricidad (que huya con los sostenes de las maestras acrecienta esta leyenda). Este lector de Baudelaire y Montesquieu, erudito y arrogante, que citaba a Sócrates en las entrevistas, declaró en mayo de 1997, con solo 30 años y en plenitud de su gloria: “Estoy en el pináculo de mi carrera, es el momento ideal para alejarme”; tiempo después, diría: “Cuando dejé de divertirme, me fui”. Abdicó, para mayor gloria de su tribu (de la realeza, me refiero) y lo hizo para dedicarse al cine, primero como actor (en Francia obtuvo el reconocimiento de la crítica por su rol en L’Outremangeur) y después como director: basó su primer corto en el cuento Tráeme tu amor, de Charles Bukowski. Cantona Abdicó, para hacer ahora lo que más le apasiona: rey sin corona.

La etimología rey nos conduce a rex que significa regulador: con el perdón de los reyes, regular es un oficio aburrido. El escocés Carlyle nos recuerda (De los Héroes, sexta conferencia) cuanto mejora la condición real con la palabra anglosajona King, originada en Könning “que significa can-ning, es decir, Hombre Capaz”. En el específico caso de King Eric, la capacidad de jugar con fuego y pasión (o sea, en las antípodas de quienes lo hacen para el bolsillo y la tele) y de aplicar ese exquisito juego en su propia vida: long live King Eric, merecido se lo tiene.