Crónica en la Sur Oscura

25 de noviembre de 2011


Un trapo colgado en una de las bandejas del estadio proclama que Barcelona es “la alegría de los chiros” y a mi camiseta amarilla que dice “soy chiro” la siento como traje de etiqueta para el día de alegría que es el Clásico del Astillero en la General Sur del estadio Monumental (estadiobancopichinchalaputatumadre). Pienso, mientras miro el trapo, que ni los chiros ni ningún otro hincha amarillo hemos tenido muchas razones para alegrarnos por los campeonatos de nuestro club en los últimos años: con éste, suman 14 desde la última vuelta olímpica, en el Monumental y frente al Deportivo (Chi)Quito, allá por 1997.  Pienso que si en el trapo se leyera la frase “Barcelona: chiros de alegría” sería un trapo mucho más honesto (porque, en serio, son muchos años: sólo pensar que en el último campeonato la entrada todavía se pagaba en sucres da escalofríos). Pero pensar de esa forma es un error, porque dicho trapo no se cuelga para reflejar estadísticas, sino para proyectar esperanzas: todo partido es una posibilidad de ser feliz con el orgasmo fugaz que es el gol, todo Clásico del Astillero una ocasión para, pasados sus 90 minutos y descuentos, desembocar en estado de dicha permanente o de grave desconsuelo. Mientras tanto, durante esos 90 minutos y descuentos, la General Sur ha vivido una fiesta y la Sur Oscura puso la música.

Ese ambiente de fiesta justifica el trapo. O mejor, los trapos: porque está también el trapo colgado de “Mou” (un hincha de la Sur Oscura muerto por hinchas de la Boca del Pozo) por razones sentimentales y el trapo azul robado a la Boca del Pozo que se agita como trofeo de guerra por razones salvajes. Razones sentimentales o salvajes, porque es casi imposible que alguien que se autodefina como hincha de fútbol sea de criterio sobrio, ecuánime y producto de reposado razonamiento: el fútbol, para quien es verdadero hincha, es un territorio poblado de nostalgias (que se escenifica en tertulias sobre glorias pasadas -¿te acuerdas de Raimundinho, ñaño?- que extienden por decenas las cervezas heladas) o encendido por la pasión, cuyos excesos violentos no es extraño tenerlos que lamentar. Esa tarde del Clásico jugaban todavía las divisiones inferiores cuando Douglas, Yitux y yo entramos a la parte baja de la General Sur (que lleva el nombre de uno de mis primeros ídolos, Lupo Quiñónez) para ubicarnos cerca de la malla. Barcelona ganaba 1 a 0 a su rival mientras Douglas me contaba que no muy lejos de donde estábamos parados salió la bengala que mató al niño Carlos Cedeño hace unos cuatro años y me contaba también cómo personas vinculadas a la Boca del Pozo mataron a golpes a “Mou” en un antiguo billar frente a la Universidad Estatal en junio de este 2011: historias de cosas que nunca debieron suceder y que no merecen ni olvidarse ni banalizarse, y que si hubiera un periodismo y un sistema judicial serios en este país, se habrían investigado.

La tarde era fresca y un leve olor a meado se sentía en este sector de la General Sur, de seguro sedimentándose desde su inauguración. La gente gritaba y saltaba, tiraba camaretas y se abría para observar cómo explotaban, corría ocasionalmente cuando sucedía la avalancha de centenas de personas precipitadas hacia las mallas inferiores (circunstancia en la que los pasteleros, según pude acreditarlo, suelen llevar la peor parte). Otro trapo apareció, esta vez en prefe, y su leyenda en letras muy legibles sobre fondo azul era: “Verga para Emelec”. Fue afrenta efímera a la hinchada rival, que los policías obligaron a bajar de inmediato. Terminó el partido de las inferiores con el triunfo de Barcelona por la mínima y uno de los delanteros se lo dedicó con señas a alguien parado al lado nuestro. Al instante, los parlantes del estadio anunciaron, no una sino tres veces, una larga perorata que en lo esencial decía: “Atención, atención, hincha barcelonista” te habla “tu presidente” para decirte que “la policía está resguardando nuestra seguridad”. Mientras los parlantes repetían esto una y otra vez, un policía posaba sonriente para la cámara de Yitux.

El trapo de “Mou” y los trapos robados a la Boca son los únicos trapos que alcanzo a observar en la General Sur. Según me cuenta Douglas, es por peleas internas en la barra que se resolvió no permitir que más trapos se cuelguen. Douglas colabora en las filmaciones de La Descarga, hincha a muerte del equipo y nuestro guía experto en este mundo de lealtades y de códigos. Porque desde afuera las barras parecen un grupo homogéneo, pero en el lugar de los hechos, todo depende de muchas cosas, pero principalmente de una: conocer a la persona adecuada. Douglas me presentó a varias: de ellas, Yitux conocía a algunas (Yitux dirige La Descarga y no le interesa el fútbol, pero las conocía por afición rockera) y a otras no. Yo no conocía a ninguna, pero me gustó conocerlas: nos facilitaron que Yitux tome las fotos que ilustran esta crónica y a mí el escribirla.

Porque si no era por nuestro guía en la Sur Oscura (Douglas, te debo cervezas) y por quienes nos acolitaron in situ esta crónica no se habría escrito igual. Douglas nos condujo al corazón de la Sur Oscura, donde se marca el ritmo, se alienta sin cesar y se genera un escándalo que nunca se detiene. Para llegar allí, había que descender por unas gradas flanqueadas por tubos a los costados: las gradas repletas de gente, de pie, inquieta, un vendedor gritaba “toma agua chucha de tu madre para que cantes”. Bajamos, voy detrás de Douglas y Yitux, cuando un tipo me interrumpe con su brazo como barrera y me pregunta si voy con ellos. Ni alcanzo a reaccionar cuando otro le ha respondido que sí, que me deje pasar. Seguimos bajando y se diría que es el VIP de la General Sur, una zona de acceso exclusivo, donde no llega cualquiera: o se está por la lealtad a la barra y los códigos compartidos, o se está por la deferente invitación de sus líderes, que era nuestro caso. Estamos en la zona donde están los bombos y los instrumentos de viento que marcan el ritmo de todas las canciones de la barra, donde el ruido es ensordecedor y el calor es insoportable: eso era un infierno que, si eras amarillo, resultaba encantador.  Estamos en un espacio donde el tiempo no cuenta, donde los que tocan los instrumentos tanto no conciben el mundo sin Barcelona que sacrifican el verlo jugar para tocarle más y mejor al objeto de su adoración (su Dios) la música que lo anima, porque en este espacio no se puede observar la cancha pues lo impide la gente parada sobre los tubos, sosteniéndose abrazada y prendida a las tiras que cruzan la general de arriba a abajo.  El partido había empezado y yo no me había dado cuenta. Decidimos volvernos hacia las gradas repletas de gente, justo antes de la inmaterial “puerta de entrada” a este sector, donde se podía mirar el partido. El grito de “se viene el gol juepucta” acompañó el centro para el cabezazo de Angulo y el primer gol. Después de la euforia del festejo, miré al fondo a la derecha hacia donde estaba situada la barra rival y experimenté la burlona dicha de que otro valga verga.

Con el marcador en ventaja salimos a recorrer otros lados y nos topamos con que los escasos trapos colgados no eran la única consecuencia de las peleas internas de la barra para este partido: dos hileras de policías vestidos de power rangers eran la frontera que separaba en la barra a unos grupos de otros. Entre esas hileras, se extendía una amplia franja de gradas grises que iban desde la parte más alta de la General Sur hasta la malla, allá abajo, todo sólido. Nos acercamos a hablarle a uno que parecía el jefe de los policías (lo dedujimos porque estaba vestido de manera un poco menos ridícula que el resto) y le expusimos que queríamos hacer fotos para una revista en Internet, etc. El tipo concedió veinte minutos “para fotos”: tal la ventaja de ser periodismo no profesional. Yitux deambulaba por las gradas con su cámara, mientras Douglas y yo nos ubicamos a mitad de gradas y los únicos que se nos acercaron fueron los vendedores que cruzaban de un lado a otro. Compramos cerveza y nos sentamos a ver el fútbol. La sensación era bizarra, pero agradable. El ambiente seguía ruidoso y el tenue olor a grifa que había en todos los otros sectores de la General Sur se eliminó en esta “zona controlada”. El personal no querría fumarle en las narices a los power rangers, porque esa es una manera bastante papayera de caerse por Canadá. Pasaron un par de rondas de cervezas y terminó el primer tiempo, con el marcador favorable. Los policías aprovecharon la ocasión para demostrar que se creen su cuento del combate a las drogas y se aparecieron con una pancarta que decía que en este país éramos “14.000.000 de personas contra la droga”. Es bueno saber que, de acuerdo con las estadísticas del INEC, somos casi 14.484.000 habitantes: o sea, casi medio millón de ecuatorianos sensatos que estamos contra la estupidez que “la guerra contra las drogas” auspicia. Vimos la pancarta, nos reímos y nos fuimos al área común de la General, donde se encuentran algunos murales y se vende desde pastel hasta guatallarín. Yo no tenía mucha hambre y le hice al pastel de 50 centavos, frío y malo, el jueputa.

Subimos a la parte alta de la General Sur para echarle un vistazo, pero el ambiente era demasiado tranquilo: si la parte de abajo era una fiesta, la de arriba era una matiné, o una vermouth, la misma huevada. Volvimos abajo de inmediato, al lugar donde se marca el ritmo, a vivir y transpirar ese ruido ensordecedor y su adrenalina. Mientras Yitux tomaba fotos, yo trataba de mirar el partido por entre las piernas de quienes se encontraban parados en los tubos. Difícil en principio, pero uno termina por adaptarse y por moverse a tiempo para seguir la secuencia de las jugadas. No tenía dimensión del tiempo, no sabía cuantos minutos iban, ni cuando Borguello salvó de la línea un cabezazo, ni cuando el gol del Kitu Díaz. La salvada de Borguello trajo paz; la segunda, el gol de Díaz, la euforia del festejo, el abrazo con desconocidos y la tranquilidad para los minutos que restaban, una tranquilidad que se respiraba diáfana en el aire junto al tenue olor a grifa. El partido ya estaba resuelto, era cuestión de minutos para que el trapo “Verga para Emelec” pase de considerarse afrenta a convertirse en profecía.

El árbitro pitó el final, y siguió la fiesta.

¿Por qué no soy religioso?

18 de noviembre de 2011

Publicado en GkillCity el 18 de noviembre de 2011.

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Este artículo es un recuento de las tres principales razones por las cuales no soy una persona “religiosa”. O, puesto de otra manera, un recuento de las tres principales razones por las cuales me convertí en una persona cuyas creencias provienen de razones comprobables de forma empírica. El concepto de “religión”, en este artículo, se refiere a la religión mayoritaria de la sociedad en la que vivo, en la que fui criado y por la que fui bautizado: la religión de la iglesia Católica, Apostólica y Romana.

La primera razón: el desprecio a la inteligencia.

La Biblia empieza con la creación de la Tierra y la historia de la primera pareja que la habita (Adán y Eva) que viven en el jardín del Edén. Dios le advirtió a Adán: “Puedes comer todo lo que quieras de los árboles del jardín, pero no comerás del árbol de la Ciencia del bien y del mal. El día que comas de él, ten la seguridad de que morirás” (Gn. 2, 16-17). Una serpiente desmiente a Dios y le dice a Eva: “No es cierto que morirán. Es que Dios sabe muy bien que el día en que coman de él, se les abrirán a ustedes los ojos; entonces ustedes serán como dioses y conocerán lo que es bueno y lo que no lo es” (Gn. 3, 4-5). Eva comió de ese árbol “que era tan excelente para alcanzar el conocimiento” (Gn. 3, 6) y le dio de comer a Adán. De resultas, se dieron cuenta que estaban desnudos y sintieron vergüenza: se hicieron unos taparrabos con hojas de higuera y se escondieron. Dios, “que se paseaba por el jardín, a la hora de la brisa de la tarde” (Gn. 3, 8) se enteró del asunto y los sentenció: a la mujer la condenó en los siguientes términos: “Multiplicaré tus sufrimientos en los embarazos y darás a luz a tus hijos con dolor. Siempre te hará falta un hombre, y él te dominará” (Gn. 3, 16); al hombre, en estos: “Por haber escuchado a tu mujer y haber comido del árbol del que Yo te había prohibido comer, maldita será la tierra por tu causa. Con fatiga sacarás de ella el alimento por todos los días de tu vida” (Gn. 3, 17). Acto seguido, los expulsó del jardín del Edén.

Este texto bíblico es una fábula (no hay quien la tome en serio como “reconstrucción histórica de hechos”) de cuyo texto se desprende que si Adán y Eva decidían, por sí mismos, desafiar la prohibición de Dios de comer “del árbol de la Ciencia del bien y del mal” es porque habrían optado por el conocimiento frente a la obediencia. Pero no lo hicieron porque ni Adán ni Eva abrigaron por sí la intención de desafiar la prohibición de Dios: lo hicieron a instancias del Diablo representado en esta fábula por la serpiente. Del texto se desprende también que Dios les ha mentido a Adán y Eva con el cuento de que morirán si comen del árbol prohibido. La serpiente dice la verdad cuando lo desmiente a Dios y le dice a Eva “que no morirán” y además le dice que, de comer de dicho árbol, los dos serían “como dioses” y conocerían “lo que es bueno y lo que no lo es”. Adán y Eva comieron y pagaron las consecuencias: Dios, que “paseaba por el jardín” se enteró y los castigó de manera severa, con dolores y cargas difíciles de soportar: tales fueron las terribles consecuencias de querer saber.

La fábula es terrible. Dios les miente a Adán y Eva sobre las consecuencias de comer del “árbol de la Ciencia del bien y del mal” y luego, por haberse atrevido a desafiar su mentira, los castiga de manera severa: a Dios se lo asocia con el “bien”. El Diablo dice la verdad y propone el saber: lo desmiente a Dios y persuade a Eva de que ella y Adán sean “como dioses” y que conozcan por sí mismos “lo que es bueno y lo que no lo es”: al Diablo se lo asocia con el “mal”.  El mensaje es todo lo contrario del sapere aude inscrito por Kant en este texto y es clarísimo: el conocimiento (el pensar por cuenta propia, que es la base para procurarlo) es malo (¡no en vano es el Diablo el que lo promueve!) y desafiarlo solo le hace daño al hombre (de ahí que Adán y Eva, tras comer el fruto, sientan vergüenza y miedo –Gn. 3, 7 y 3, 10) y comporta castigo divino y maldición eterna. De refilón, el texto sirve para justificar la inferioridad de la mujer en el pensamiento católico: “te hará falta un hombre, y él te dominará”. En pocas palabras, el kit completo.

No habría mayor problema si esta fábula para enseñar el desprecio al conocimiento y la conveniencia de obedecer se redujera a una de las posibles interpretaciones de este relato. Lo grave es que este desprecio al conocimiento se tradujo en hechos: baste recordar, por ejemplo, el “Índice de libros prohibidos” (“Index librorum prohibitorum”) impuesto en 1559 por la Sagrada Congregación de la Romana y Universal Inquisición, que prohibió toda la filosofía relevante “desde Montaigne hasta Sartre, pasando por Pascal, Descartes, Kant, Malebranche, Spinoza, Locke, Hume, Berkeley, Rousseau, Bergson y tantos otros –sin mencionar a los materialistas, socialistas y freudianos- […]. La Biblia, con el pretexto de contenerlo todo, impide el acceso a lo que no contiene. Durante siglos, el daño fue considerable” (Michael Onfray, Tratado de ateología, Pág. 95).  Como dato curioso, Onfray cuenta que en el año de 1924 ingresaron al Índice los nombres de “Pierre Larousse, culpable del Grand Dictionnaire universel (!), Henri Bergson, André Gide, Simone de Beauvoir y Jean-Paul Sartre” y que ese mismo año Adolf Hitler publicó Mi lucha: dicho autor, sin embargo, nunca se incluyó en el Índice (Ibíd., Pág. 193). O puede recordarse su aversión a la ciencia de la mano de su proceso contra Galileo (¡recién “rehabilitado” en 1992!) o su repulsa de los ideales de libertad e igualdad postulados por la revolución francesa, de manifiesto en la breve encíclica Quod Aliquantum publicada en 1791, de autoría del Papa Pío VI:
 
“Este derecho monstruoso [de pensar, hablar y escribir e incluso de imprimir cualquier cosa que uno desee en materias religiosas] la Asamblea [francesa] lo reclama, sin embargo, como resultado de la igualdad y libertad natural de los hombres.
[…]
Después de haber creado al hombre en un lugar de delicias, ¿acaso Dios no lo amenaza de muerte si come de la fruta del árbol del bien y del mal? Con esta primera prohibición, ¿no le estableció Él límites a su libertad? […] Y a pesar de dejar al hombre libre voluntad de escoger entre el bien y el mal, ¿no le proporciona Dios los preceptos y mandamientos que lo salvarían ‘si él los observa’?
[…]
El hombre debe usar su razón antes que todo para reconocer a su Soberano Creador, en honrarlo y admirarlo, y someter su persona en todo a Él. Por lo tanto, desde su niñez, el hombre debe ser sumiso a quienes le son superiores en edad, debe regirse por sus instrucciones y sus enseñanzas, ordenar su vida de acuerdo a las leyes de la razón, de la sociedad y de la religión. Esta exaltación de la igualdad y la libertad, por lo tanto, son para él, desde el momento en que nace, no más que sueños imaginarios y palabras sin sentido”.
 
La prohibición de acceder al conocimiento por sí mismo, el rechazo de los avances científicos que no se corresponden con su doctrina, la oposición a los ideales que desafían su autoridad, ejemplificados con los hechos descritos, no son extraños a la historia de la iglesia. Dicho lo cual, no sostengo que no haya existido ningún aporte de dicha institución a la historia intelectual de la humanidad. Pero sí que sostengo que, más allá de algún aporte, sus fábulas teóricas y sus prácticas concretas revelan una clara orientación de dicha iglesia para “administrar el conocimiento” y esperar obediencia de sus creyentes. Cuando una religión organizada se propone pensar por ti los aspectos fundamentales de tu vida y esperar tu obediencia a lo que sus jerarcas decidan es porque desprecia tu capacidad para resolver los aspectos fundamentales de tu propia vida por ti mismo: desprecia, en definitiva, tu inteligencia. Por cierto, que una persona se resigne a no pensar por sí mismo es, sin dudarlo, una opción legítima. Simplemente, no es la mía.

La segunda razón: el rechazo al cuerpo.-

La Biblia contiene numerosas prohibiciones referidas a actos (o imposiciones, como en el caso de la circuncisión) relacionados con el propio cuerpo. En el Antiguo Testamento, en el Levítico (capítulo 15) se enumeran las prohibiciones de Yavé en materia de “impurezas” sexuales; en el Nuevo Testamento, la prédica del apóstol San Pablo es la mejor evidencia del rechazo al cuerpo como doctrina de la iglesia. Así, dicho apóstol recomienda a sus fieles que “[h]uyan de las relaciones sexuales prohibidas [porque] el que tiene esas relaciones sexuales peca contra su propio cuerpo. ¿No saben que su cuerpo es templo del Espíritu Santo que han recibido de Dios y que están en ustedes? Ya no se pertenecen a sí mismos” (1 Cor. 6, 18-19) y les recuerda que Cristo “cambiará nuestro cuerpo miserable usando esa fuerza con la que puede someter a sí el universo, y lo hará semejante a su propio cuerpo, del que irradia su gloria” (Fil. 3, 21).

Tal es el telón de fondo. Las disposiciones modernas de rechazo al cuerpo elaboradas por la iglesia se desarrollan en la Carta de los agentes sanitarios elaborada por el Consejo Pontificio para la Pastoral de los Agentes Sanitarios (aprobada y confirmada íntegramente por la Congregación para la Doctrina de la Fe, sucesora de la Sagrada Congregación de la Romana y Universal Inquisición). En dicha carta se contienen disposiciones que son expresamente contrarias a algunos postulados liberales básicos tales como la legalización de las drogas (Párr. 94), el aborto (Párr. 139) y la eutanasia (Párr. 150). Para peor, existe una práctica religiosa a la que se suele endosarle (desde la perspectiva de un católico) el atributo de ser “paradigma de bondad”, en la cual se estima que la no intervención para paliar el sufrimiento corporal de un moribundo es un don de Dios: en palabras de esa “facilitadora de la muerte” (como la llamó Martín Caparrós) que fue la Madre Teresa de Calcuta: “hay algo muy bello en ver a los pobres aceptar su suerte, sufrirla como la pasión de Jesucristo. El mundo gana con su sufrimiento”. This is sick.

El rechazo al cuerpo tiene, además, consecuencias específicas para la situación de la mujer en el pensamiento católico. Como se ha visto, en el libro de Génesis se coloca a la mujer bajo el dominio del hombre; el apóstol San Pablo, en la primera carta a los Corintios, considera que la mujer soltera y la virgen deben preocuparse “de ser santas en su cuerpo y en su espíritu” (1 Cor, 7, 34) y ordena a la mujer casada que “no se separe de su marido”  (1 Cor, 7, 10)  porque “está ligada a su marido mientras éste vive” (1 Cor, 7, 39). En realidad, al pensamiento católico le interesa la mujer en cuanto esté sujeta a cumplir el propósito de la procreación (porque Dios dijo: “Sean fecundos y multiplíquense” –Gn. 1, 28) y sometida al imperio de lo masculino (las leyes civiles de este país, con disposiciones tales como la prohibición a las mujeres de administrar sus bienes por sí mismas o la obligación de seguir al marido adonde éste decida residir, constituían hasta hace poco fiel reflejo de esta consideración de inferioridad). Este propósito de la procreación, tal como lo entiende la iglesia, le provoca aversiones: contra el matrimonio o la unión homosexual (cuya condena, por este motivo y por considerarla “contraria a la recta razón” (?) -Párr. 6-, le corresponde a la Congregación para la Doctrina de la Fe, en el documento Consideraciones acerca de los proyectos de reconocimiento legal de las uniones de personas homosexuales) y contra el uso de los anticonceptivos, postura que (a guisa de ejemplo) defendió en un reciente viaje a África Benedicto XVI.

La postura de la iglesia Católica, Apostólica y Romana es contraria a postulados básicos de la autonomía individual en materia de actos sobre el propio cuerpo. Es, por supuesto, legítimo defender la postura de la iglesia. Yo me he situado, con razones (como varios enlaces de este artículo lo prueban) en una orilla opuesta a dicha postura.

La tercera razón: la propensión a la violencia.-

La Biblia es un libro violento.  En Los pésimos ejemplos de Dios, Pepe Rodríguez desmenuza el contenido de dicho texto (que es “palabra de Dios, en cuanto escrita por inspiración del Espíritu Santo”, según el Catecismo de la Iglesia Católica, Párr. 81) y relata la existencia de “versículos que relatan conductas y hechos violentos negativos y absolutamente opuestos a cualquier cultura religiosa, perpetrados por Dios y su pueblo” que se relacionan con “matar/dar muerte violenta” en el número de 1106 (la forma favorita de matar es la lapidación, con 90 casos), que se relacionan con “relatos de guerra” en el número de 964, que se relacionan con “exterminios masivos” en el número de 515 (la expresión “no dejar sobrevivientes” consta en 233 casos), que se relacionan con “armamentos de guerra” en el número de 509, que se relacionan con “expolio de bienes ajenos” en el número de 128, que se relacionan con “esclavos (sometimiento y/o compraventa”), en el número de 144, que se relacionan con “sentimientos y hechos violentos contra el prójimo” en el número de 787 y que se relacionan con violencia contra las mujeres, en el número de 96. En total, existen al menos, según Rodríguez, unos 4339 versículos, “una cantidad de texto enorme, equivalente a algo más de la mitad del Nuevo Testamento- que, asumiendo la forma de leyes divinas y/o sucesos promovidos y/o protagonizados por el mismísimo Dios, resultan totalmente rechazables por su contenido, sentido y ejemplo de conducta dejado a la posteridad” (Rodríguez, Pág. 30-31).

El propio Cristo, a quien se supone modelo de virtudes, también es persona violenta, que profiere maldiciones contra los fariseos y los escribas hipócritas (Lc. 11, 42-52), que condena al infierno a quienes no creen en él (Lc. 10, 15 y 12, 10), que anuncia la ruina de Jerusalén y la destrucción del templo (Mc. 13), que declara que quien no está con él está contra él (Lc. 11, 23) y que enseña que no ha venido a traer la paz, sino la espada (Mt. 10, 34).  Creo, como Bertrand Russell en ¿Por qué no soy cristiano?, que “ninguna persona profundamente humana pued[e] creer en el castigo eterno” (Pág. 34) y que “ninguna persona un poco misericordiosa siembr[a] en el mundo miedos y terrores” (Pág. 35) como los que se describen en estos versículos de los evangelios.  Ni qué decir, como lo destaca Russell, de los puercos de Gadar (Mc. 5, 1-14), “donde ciertamente no fue compasivo para con los puercos el meter diablos en sus cuerpos y precipitarlos colina abajo hasta el mar. Hay que recordar que Él era omnipotente, y pudo hacer fácilmente que los demonios se fueran; pero eligió meterlos en los cuerpos de los cerdos” (Pág. 36), o de la historia de la higuera que Cristo maldijo (“Nunca jamás coma ya nadie fruto de ti” le dijo a una higuera que no producía frutos (?) –Mc. 11, 14) que es “muy curiosa, porque aquélla no era temporada de higos, y en realidad no se podía culpar al árbol” (Pág. 36). En cualquier barrio de este mundo, a estas dos historias se las consideraría “maldad gratuita”. Ni Cristo se libera de cometer ruindades.

Ni Dios ni Cristo podrían considerarse, en consecuencia, como no propensos a la violencia. No se diga, entonces, de las barbaridades que a lo largo de los siglos han cometido sus intérpretes (por fiel interpretación, ignorancia o mala fe) como supo ponerlo de relieve José Saramago en este conciso artículo. Visto lo visto no es difícil querer situarse, entonces, lo más lejos posible de semejantes predicadores.

Estas son, expuestas en breve, mis tres principales razones. Todas están documentadas (principalmente, en fuentes religiosas) y todas y cada de las afirmaciones de este escrito pueden discutirse: no son dogmas de fe. Pero por lo pronto, para mí, constituyen razones suficientes para ejercer mi libertad de solicitarle, de manera tan comedida como bien fundada (en su motivación y en el derecho que la ampara) a la iglesia Católica, Apostólica y Romana que elimine mis datos de sus registros, que no me cuente entre “los suyos”, porque no lo soy. Porque, en definitiva, una institución que desprecia a la inteligencia, rechaza el cuerpo y propende a la violencia, es una institución a la que no tengo interés de pertenecer.

Estas son mis razones para firmar esta Solicitud al Arzobispado que se postula en esta edición de la página.

De fundamentos, risas y oprobio

11 de noviembre de 2011

Publicado en GkillCity el 11 de noviembre de 2011.

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En esta edición de gkillcity.com se publica el alegato de apelación en el caso contra la censura previa (Balda Santistevan y otros vs. Municipio de Guayaquil) cuya exposición se realizó en audiencia ante la Segunda Sala de lo Civil, Mercantil, Inquilinato y Materias Residuales de la Corte Provincial de Justicia del Guayas este miércoles 9 de noviembre y cuyos fundamentos se exponen en este escrito.

En materia procesal, se alegó la procedencia de la acción de protección interpuesta para este caso (con exclusivas razones de procedimiento fue con lo que el Juez de primera instancia se respondió la preguntita, “¿comprarse un pito con el Municipio de Nebot? ¿para qué?”): se argumentó dicha procedencia a partir de la Constitución y la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (artículos 88 de la Constitución y 39 de la ley), la interpretación constitucional relevante (aplicación del artículo 11 numeral 5 de la Constitución) y la doctrina especializada (Jorge Zavala Egas, quien es sin dudarlo la cabeza más lucida en materia de derecho constitucional de este país) e incluso a partir de las opiniones de los propios asambleístas de Madera de Guerrero (este caso es procesalmente análogo a aquel que presentaron Cynthia Viteri y Andrés Roche contra el alza de las tarifas eléctricas ordenadas por el CONELEC y fue en su demanda que los citados asambleístas declararon que “el ciudadano quedaría en la más absoluta indefensión si los jueces constitucionales se negaren a tutelar el ejercicio de los derechos fundamentales garantizados en la Constitución y el bloque de constitucionalidad”); se argumentó, además, que la acción de protección es procedente porque correspondía accionarla tanto por la naturaleza propia de su trámite (“sencillo, rápido y eficaz”, de conformidad con el artículo 86 numeral 2 literal a de la Constitución) como por las reparaciones que se solicitan (de conformidad con el artículo 86 numeral 3 de la Constitución y 18 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional).

En materia de fondo, se argumentó la violación de los derechos a la libertad de expresión y a la seguridad jurídica.  En materia de libertad de expresión, se argumentó que la imposición de la censura previa (“el prototipo de violación extrema y radical de la libertad de expresión, ya que conlleva su supresión” (Párr. 146), en palabras de la muy aclamada –por estos días- Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos) está prohibida de manera expresa por la Constitución (artículo 18.1) y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 13.2) y que se la permite, de manera muy excepcional, si cumple con los requisitos que se establecen en el artículo 13.4 de la Convención Americana.  Se argumentó, entonces, que el acto de censura previa impuesto por el Municipio de Guayaquil no cumple dichos requisitos: ni fue un acto que se estableció por ley (porque fue una decisión administrativa tomada por el director de cultura Melvin Hoyos y el alcalde Nebot), ni aplicó solamente restricciones formales de “tiempo, lugar y modo” (porque aplicó restricciones de contenido), ni se diseñó de manera exclusiva para la protección de la infancia y adolescencia (porque se diseñó, en palabras del inefable Melvin Hoyos, para la protección de las “mayorías”, porque en su poco ilustrada –tan despreciativa como despreciable- opinión “no todos están en capacidad para decodificar algunos mensajes” y porque, como dijo ofuscado en radio Atalaya el 4 de octubre –es textual- “no puedes exigirle a la gente que no puede hacer ese proceso individual [de reflexionar], no puedes exigirle que lo haga y son la mayoría” porque los de esa mayoría “no entienden nada, no entienden nada de eso realmente” -el audio de sus declaraciones se puede escuchar en esta página).  En materia de seguridad jurídica, se argumenta que el acto de censura impuesto por el Municipio de Guayaquil no se adecúa ni formal ni materialmente “a los derechos previstos en la Constitución y los tratados internacionales” (de conformidad con el artículo 84 de la Constitución) ni se sujeta a las “competencias y facultades” que le fueron atribuidas por la Constitución y las leyes (de conformidad con el artículo 226 de la Constitución).

El acto de censura previa no sólo no se adecúa, sino que contradice de manera expresa lo dispuesto en la Constitución y en tratados internacionales; su imposición no se sujeta a ninguna competencia o facultad establecida en ninguna parte del ordenamiento jurídico ecuatoriano (ni en el COOTAD, ni en el Reglamento Orgánico-Funcional del Municipio de Guayaquil, ni en ninguna de sus ordenanzas): es, auténticamente, un acto sacado out of fuckin’ nowhere. (Como dato chistoso, valga recordar una cita del libro Seguridad jurídica, de autoría de Miguel Hernández Terán, Procurador Síndico del Municipio de Guayaquil, en el que dicho funcionario sostiene que la motivación de las decisiones de las autoridades públicas “es la exposición ordenada, razonada, coherente e interrelacionada en sus elementos constitutivos fundamentales, por medio de la cual la autoridad pública justifica racional y jurídicamente la resolución que toma…” (Pág. 65): dichos que, para el presente caso, constituyen un chorro de paja más grande que los que expulsa esa contemplativa pileta multicolor que nos costó casi 4 millones de dólares de nuestros bolsillos (como si no hubiera mejores cosas en que invertirlos –pero claro, como esas otras cosas, como un paso peatonal en la Perimetral, por ejemplo, no son negocios…).

Tan chistosos como contrastar esa cita de Hernández fueron los argumentos del Municipio de Guayaquil en la audiencia del 9 de noviembre: en resumidas cuentas, según su abogado, la organización de un concurso público por parte del Municipio puede sujetarse al entero arbitrio de la institución, como si fueran personas particulares que se encontraron en plan de organizarse un pijama party: el Municipio decidía cuáles eran las reglas y los demás podían decidir “si adherirse o no” a las mismas (el guatdefacómetro marcó altísimo con esto); según este mismo individuo, el Municipio cumplía con el principio de legalidad por el sólo hecho de haber dispuesto las bases del concurso (¡?! –como si no tuvieran que adecuarlas a la Constitución ni necesitara su disposición de censura algún sustento normativo: el fetichismo legal del Municipio por sus propias normas es tan grosero que raya en el #pornoparaMelvin) y según él bastaba con que las bases del concurso hayan sido “publicadas en la prensa” para justificar su legitimidad (aquí, el guatdefacómetro, kaputt).  Por supuesto, el abogado no se privó de mostrar esas manidas imágenes que, con no extraña doble moral, el Municipio antes premiaba y que ahora reprocha (los cuadros de Wilson Paccha) y que en la primera instancia de este proceso (a sabiendas de que no era cierto y con el propósito de confundir a los cientos de personas a quienes lo remitió su oficina de prensa –o sea, de mala fe) nos la endosó en un comunicado de prensa como si fueran materia de nuestra pretensión en este caso.  Por lo menos en esta ocasión la defensa del Municipio se ahorró esas insustanciales y absurdas apelaciones a las “responsabilidades de los ecuatorianos” (artículo 83.7 de la Constitución) y a una supuesta “tradición constitucional” que tanta vergüenza ajena provocaron cuando las expuso el Procurador Síndico Municipal Miguel Hernández en una audiencia anterior.  Eso, al menos, se les agradece.  El resto, a decir verdad, está como para provocar las risas (en cuanto a ignorancia jurídica) o el oprobio (en cuanto a su manifiesta mala fe), poco o nada más.

Libertad de religión

3 de noviembre de 2011


Publicado en GkillCity el 3 de noviembre de 2011.

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Un amigo me contó que uno de los empleados de su oficina le había comentado de su estrategia para protegerse del mal de ojo y que él se había burlado de su creencia. Yo le repliqué que era cuestión de perspectiva, que él y yo conocíamos mucha gente que cree todavía que un ángel se presentó ante una virgen para contarle que el Espíritu Santo iba a venirse sobre ella y el poder del Altísimo iba a cubrirla para que nazca el Hijo de Dios (Lc. 1, 35) y que eso suena tanto o más delirante que la creencia en el mal de ojo.

Pero en realidad, sin importar cuán delirante suene su creencia religiosa, toda persona tiene el derecho a profesar su religión o sus creencias: nuestra Constitución garantiza dicho derecho en el artículo 66 numeral 8, así como también se lo garantiza en tratados internacionales (que son de jerarquía constitucional y directa aplicación por disposición del artículo 424 de la Constitución) como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 18) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 12): el derecho a la libertad de religión o de creencias, en todos estos casos, incluye la protección de “las creencias teístas, no teístas y ateas, así como el derecho a no profesar ninguna religión o creencia” (acá, Párr. 2).

Esta protección del derecho a la libertad de religión o de creencias, ciertos creyentes piensan (en particular, los pertenecientes a la religión mayoritaria de su sociedad) que los autoriza a una cierta inmunidad sobre su religión o sus creencias (que implica una escasa o nula receptividad a las críticas sobre ellas). Esta idea es equivocada: el derecho a la libertad de religión o de creencias “no incluye el derecho a tener una religión o unas creencias que no puedan criticarse ni ridiculizarse” (acá, Párr. 36). Lo que sucede es que dichos creyentes confunden la libertad de religión con la protección que les otorga el delito de difamación religiosa, que sanciona las expresiones adversas que desacrediten a las creencias religiosas.

En Ecuador, el artículo 161 del Código Penal (dentro del capítulo “De los crímenes y delitos contra la religión”) que se promulgó en tiempos de García Moreno contemplaba sanciones de “tres a seis años de reclusión menor” para la “inobservancia de preceptos religiosos”, la mofa o el desprecio “de los sacramentos o misterios de la Iglesia” y la persistencia en propalar “doctrinas o máximas contrarias al dogma católico”: dicha disposición se derogó en tiempos de la revolución liberal, en 1906 (acá, Pág. 10-11), o sea que en el país no existe hace 105 años. En el orden internacional, se considera que la difamación de una religión o unas creencia “puede ofender a las personas y herir sus sentimientos religiosos, pero no entraña necesariamente, o por lo menos de forma directa, una violación de sus derechos” (acá, Párr. 37) por lo que el concepto de difamación de las religiones “tiene cada vez menos acogida a nivel internacional” y su sanción “puede ser contraproducente y puede tener consecuencias adversas para los integrantes de las minorías religiosas, los creyentes que disienten, los ateos, los artistas y los académicos” (acá, Párr. 44). La supuesta inmunidad que ciertos creyentes le atribuyen a su religión o sus creencias, en realidad, no existe.

Dicha supuesta inmunidad no existe porque el pleno ejercicio de la libertad de religión, lejos de procurar sanciones para las expresiones, requiere precisamente lo contrario, esto es, una plena libertad para expresarlas. Así, el derecho a la libertad de expresión se considera como “un aspecto fundamental del derecho a la libertad de religión o de creencias” (acá, Párr. 41). Para el derecho a la libertad de expresión, ni las creencias ni las instituciones son, por sí mismas, merecedoras de protección: “las restricciones de la libertad de expresión no deben usarse para proteger instituciones particulares ni nociones, conceptos o creencias abstractas como los símbolos patrios o las ideas culturales o religiosas, salvo que las críticas constituyan, en realidad, una apología del odio nacional, racial, religioso que incite a la violencia” (acá, Párr. 64 –de hecho, la razón para no otorgar dicha protección es la misma razón por la cual no merece protección jurídica el delito de desacato). En resumidas cuentas, la libertad de expresión no protege la creencia abstracta (por ejemplo) en la inmaculada concepción de la virgen, pero protege, eso sí, a las personas que tengan esa creencia cuando contra ellas se dirija un discurso de odio religioso que incite a la violencia por razón de su creencia en la inmaculada concepción de la virgen: ese discurso de odio religioso que incita a la violencia es uno de los llamados “discursos prohibidos”, que son los únicos que no encuentran amparo en el derecho a la libertad de expresión. Fuera de esas específicas circunstancias, las religiones y las creencias se encuentran abiertas al debate, como corresponde en una sociedad democrática, en la cual se protege “no sólo la difusión de las ideas e informaciones que sean recibidas favorablemente o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también de las que ofenden, chocan, inquietan, resultan ingratas o perturban al Estado o a cualquier sector de la población, puesto que así lo exigen los principios de pluralismo y tolerancia propios de las democracias” (acá, Párr. 21)

Lo que sí se protege de manera expresa en el derecho a la libertad de religión o de creencias es el derecho a “la libertad de elegir la religión o las creencias, comprendido el derecho a cambiar las creencias actuales por otras o adoptar opiniones ateas, así como el derecho a mantener la religión o las creencias propias” (acá, Párr. 5), lo que se ha considerado “una dimensión jurídicamente necesaria de la libertad de religión” (acá, Párr. 80).

Porque uno puede tener, por supuesto, muchos motivos para ejercer su derecho (reconocido en la Constitución de manera específica) de cambiar de religión o de creencias. En nuestra sociedad, por ejemplo, en relación con la religión mayoritaria, el catolicismo, uno podría motivarse en razones morales (por rechazar ciertas doctrinas o prácticas institucionales de la iglesia católica) o simplemente porque adquirió una nueva fe, cualquiera que ésta sea. Lo importante es el reconocimiento del derecho “absoluto y no sujeto a limitación alguna” (acá, Pág. 10, Párr. 58) que toda persona tiene para, de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales, cambiar su religión o sus creencias, sea que decida hacerlo a otra creencia teísta, no teísta o atea, o que decida no profesar religión o creencia alguna.

El ejercicio de la libertad de religión y de creencias comporta que otras personas puedan sentirse ofendidas o heridas en sus sentimientos religiosos en razón de dicho ejercicio. Pero en una sociedad democrática y respetuosa de la autonomía de las personas, lo que en materia de su religión o sus creencias haga cada una de ellas al amparo de su derecho a la libertad de religión reconocido en la Constitución e instrumentos internacionales es, en definitiva, un asunto de su entera y personal libertad.