Curiosamente, las medidas
cautelares que la Comisión Interamericana ha otorgado ayer en su Resolución 58/2019 a favor de Paola
Pabón, Virgilio Hernández y Christian González, son una oportunidad para el Gobierno
de Lenín Moreno.
Porque existe un antecedente: en los tiempos del “correísmo”, se criticó la obligación por parte de los Estados de acatar las medidas cautelares que dicta la Comisión Interamericana. Ahora el Gobierno de Lenín Moreno tiene la gran posibilidad de acatar las medidas cautelares de la CIDH y de tomar distancia de esta práctica del “correísmo”, tan criticada desde el Sistema Interamericano y la oposición interna.
Porque existe un antecedente: en los tiempos del “correísmo”, se criticó la obligación por parte de los Estados de acatar las medidas cautelares que dicta la Comisión Interamericana. Ahora el Gobierno de Lenín Moreno tiene la gran posibilidad de acatar las medidas cautelares de la CIDH y de tomar distancia de esta práctica del “correísmo”, tan criticada desde el Sistema Interamericano y la oposición interna.
Por supuesto, este triunfo
del derecho internacional sobre el derecho interno (el acatar las medidas cautelares)
sería una derrota para su política interna, porque uno de los objetivos de estos
procesos penales era que Paola Pabón, Prefecta de Pichincha, pierda su cargo, obtenido por votación popular en las elecciones generales del 24 de
marzo de 2019. El mecanismo para esto era sencillo: mantenerla presa el tiempo
suficiente para que venza la licencia sin sueldo que ella solicitó a la
Prefectura cuando fue detenida en octubre.
Pero para impedir este
abuso en contra de Paola Pabón intervino la Comisión Interamericana, la que después
de su visita del 28 al 30 de octubre al Ecuador ha despertado a la realidad de
la persecución política que se vive en el país. La Comisión IDH visitó la cárcel
en Cotopaxi en la que se encuentra privada de su libertad Paola Pabón, donde “pudo
constatar el clima de hostigamiento que prevalece en la cárcel, el cual empeoró
el momento en que la delegación oficial se encontró con la señora Pabón.” (Párr.
27)
En su Resolución 58/2019 sobre la Medida
Cautelar No. 938-19 “Paola Pabón y otros respecto de Ecuador”, la Comisión
IDH decidió otorgar las medidas cautelares para proteger los derechos a la vida
(Art. 4 CADH) y a la integridad personal (Art. 5 CADH) de Pabón, Hernández y
González, y en el caso particular de Paola Pabón, “hace un llamado al Estado a
fin de que, de conformidad con el artículo 23.2 de la Convención Americana y
los estándares en la materia, respete integralmente los derechos políticos de
aquellas personas elegidas mediante el voto popular.” (Párr. 34)
Ocurre que, en rigor, la
única manera de proteger los derechos políticos de Paola Pabón es evitando que
se venza el plazo de sesenta de días de la licencia con ella en prisión, plazo
que se cumple mañana, 8 de diciembre. Es decir que la única manera de cumplir con
la medida dispuesta por la Comisión IDH de proteger los derechos políticos de
Paola Pabón, es liberándola de la prisión que ella sufre desde el 14 de octubre.
Que Pabón alcance la libertad porque el Gobierno de Moreno ha aceptado una medida cautelar de la Comisión Interamericana sería una derrota política para este Gobierno, pero también sería una actuación digna del Estado. Así, me gustaría pensar en su acción como un homenaje a esta frase de Jorge Luis Borges: “hay una dignidad que el vencedor no puede alcanzar”… Pero prefiero suprimir ese pensamiento: sospecho que el Gobierno de Lenín Moreno, tantas veces indigno, no estará a su altura.
3 comentarios:
Soy lego en leyes, pero vi a otros juristas renombrados decir que las medidas emitidas por la CIDH solo apuntan a que se debe proteger la integridad de los imputados y no a que se los libere.
Tampoco les reconoce la condición de perseguidos políticos.
la protección a la vida e integridad es común a todos, pero la protección a Pabón es una específica por ser funcionaria de elección popular. Por eso la protección de adoptar, a favor de ella, medidas para evitar la violación de sus derechos políticos (Art. 23.2 CADH, Párr. 34 de la Resolución de la CIDH), esto implica que el Estado debe evitar que ella pierda su cargo.
Por supuesto que respaldado y se debe dar la libertad a Paola Pabon perfecta de Pichincha, quien fue elegida para que cumpla para lo que el pueblo lo eligió
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