Libertad de no asociarnos
26 de enero de 2008
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Etiquetas: Colegiación obligatoria, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Libertad de asociación, Orden público, Rafael Correa
Argumentos sobre Guayaquil
19 de enero de 2008
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Etiquetas: Alcaldía de Guayaquil, Carlos Vera, Jaime Nebot, Jorge Luis Borges, PSC, Ramón Sonnenholzner
Entendiendo la colegiación obligatoria
16 de enero de 2008
Espín enrumba su discurso y solicita el apoyo de Correa para los periodistas con título profesional. Correa acusó recibo: “usted sabe que no es mi campo, no es que tengo conocimiento al respecto, pero obviamente un médico sin título de médico no puede ejercer la medicina” (Correa volverá sobre esta idea, “es como que si la salud no esté manejada por médicos, sino por, por ahí por… por peluqueros, con todo el respeto a los peluqueros, ¿verdad?”). Correa le pregunta a Espín: “En todo caso, en otros países, ¿cómo es?, para que después no digan que es un atentado a la libertad de prensa y tanta cuestión, ¿necesitan un título de periodista para poder ejercer el periodismo?” y Espín, por toda respuesta, cita a Colombia, donde según él, cuando el periodista “termina una nota informativa, él indica al final mi matrícula profesional es este número”. Correa se persuadió de los “argumentos” de Espín y afirmó que ya entendía el problema y comprometió su apoyo para la causa de la colegiación obligatoria: “así que cuente con nosotros para arreglar este gravísimo problema para la patria entera”.
Este textual pero necesario preámbulo es útil como telón de fondo para explicar por qué los “argumentos” de Espín y el súbito “entendimiento” de Correa son erróneos y peligrosos y de cómo Espín nos miente. Sobre lo primero: la colegiación obligatoria de periodistas a los colegios profesionales viola el derecho a la libertad de expresión. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, institución judicial que interpreta la Convención Americana sobre Derechos Humanos (que forma parte de nuestro ordenamiento jurídico desde su publicación en el R.O. 801 del 6 de agosto de 1984 y cuyo artículo 13 consagra el derecho a la libertad de expresión) en la Opinión Consultiva OC-5/85 del 13 de noviembre de 1985 sobre “La Colegiación Obligatoria de Periodistas” resumió los argumentos para la colegiación obligatoria diciendo que esta es “el modo normal de organizar el ejercicio de las profesiones” y que “persigue fines de utilidad colectiva vinculados a la ética y la responsabilidad profesionales”: su fundamento “se basa en el orden público” (párrafos 60-61 y 64). A esos argumentos, la Corte responde que es precisamente el concepto de orden público el que debe garantizar “las mayores posibilidades de circulación de noticias, ideas y opiniones, así como el más amplio acceso a la información por parte de la sociedad en su conjunto. La libertad de expresión se inserta en el orden público primario y radical de la democracia, que no es concebible sin el debate libre y sin que la disidencia tenga pleno derecho de manifestarse” y que el periodismo “no puede concebirse meramente como la prestación de un servicio al público a través de la aplicación de unos conocimientos o capacitación adquiridos en una universidad o por quienes están inscritos en un determinado colegio profesional, pues está vinculado con la libertad de expresión que es inherente a todo ser humano” (párrafos 69 y 71).
La Corte responde también la simplona analogía que Correa hizo entre médicos y periodistas: “las razones de orden público que son válidas para justificar la colegiación obligatoria de otras profesiones no pueden invocarse en el caso del periodismo, pues conducen a limitar de modo permanente, en perjuicio de los no colegiados, el derecho a hacer uso pleno de las facultades que reconoce a todo ser humano el artículo 13 de la Convención, lo cual infringe principios primarios del orden público democrático sobre el que ella misma se fundamenta” y que “resulta en principio contradictorio invocar una restricción [como la necesidad de título profesional para ejercer el periodismo] a la libertad de expresión como un medio para garantizarla, porque es desconocer el carácter radical y primario de ese derecho como inherente a cada ser humano individualmente considerado, aunque atributo, igualmente, de la sociedad en su conjunto. Un sistema de control al derecho de expresión en nombre de una supuesta garantía de la corrección y veracidad de la información que la sociedad recibe puede ser fuente de grandes abusos y, en el fondo, viola el derecho a la información que tiene esa misma sociedad” (párrafos 76-77).
Sobre lo segundo: Espín nos miente. Y no solo es falso que en Colombia el periodista indica al final de su reporte su matrícula profesional (falsedad que se puede verificar en diarios de Colombia, en noticiarios de televisión en YouTube o en emisoras de radio en internet) sino que su Corte de Constitucionalidad en la Sentencia de Constitucionalidad C-87 de 1998 del 18 de marzo de 1998 contra la Ley 51 de 1975 (que reglamentó el ejercicio del periodismo) declaró la inconstitucionalidad de la colegiación obligatoria de periodistas y la exigencia de título profesional para ejercer el periodismo. En palabras de esta Corte: “Entre el eventual daño social que pudiera seguirse de una información inadecuada, consecuencia de la libertad de informar, y la restricción general de esta para precaverla, la sociedad democrática [hay que resaltarlo, para que se entienda: la sociedad democrática] prefiere afrontar el riesgo de lo primero. Y es que no hay duda de que impedirle a alguien que opine o informe habitualmente, oponiéndole su incompetencia intelectual para hacerlo, es una modalidad de censura, así se la maquille con razones de conveniencia, incompatible con un sistema democrático”.Así de claro y así de contrario a lo que sugirió Espín y entendió Correa. Entiéndalo bien, señor Presidente.
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Alguien que sobra
12 de enero de 2008
La Comisión de Recepción y Calificación del Tribunal Constitucional (TC) resolvió no admitir al trámite la demanda de inconstitucionalidad contra el mandato constituyente Nº 1. Las razones de la Comisión ponen en evidencia la miseria de su razonamiento jurídico: 1) no se puede ejercer un control constitucional sobre el mandato constituyente porque el mandato constituyente dice que no se puede ejercer control sobre él; 2) no se puede declarar la inconstitucionalidad del mandato constituyente porque la Constitución no establece de manera expresa la competencia del TC para declarar la inconstitucionalidad de un mandato constituyente. (Me disculpo: el término “razones” es excesivo.)
Seamos claros: se pueden pensar muchas cosas del mandato constituyente, pero el TC tiene la inequívoca obligación de pensarlas con sólidos argumentos y de conformidad con la Constitución. Se puede pensar (muchos argumentos abonan en este sentido) que el mandato constituyente es una aberración jurídica; se puede pensar también en argumentos sensatos en su favor. (Así lo hace, por ejemplo, en su columna de diario Expreso el jurista Xavier Zavala Egas, con interesantes ideas y el apoyo de reconocidas autoridades en materia de teoría política –como Giovanni Sartori, véase ‘Elementos de Teoría Política’, páginas 84-86). Pero las escasas y patéticas quince líneas que la Comisión de Recepción y Calificación del TC despachó para no admitir la denuncia de inconstitucionalidad no merecen sino repudio: porque son una renuncia a pensar (de quien tiene la obligación jurídica de hacerlo) y porque constituyen una vergüenza.
Sin embargo, el TC todavía tiene la posibilidad de pensar la demanda de inconstitucionalidad. Los demandantes presentaron, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento de Trámite de Expedientes, una apelación que deberá conocer el pleno del TC. En realidad, sus propio precedentes lo cercan: el 18 de julio de 2007 el TC, compuesto por las mismas personas que hoy lo componen resolvió, entre otras cosas y con cierto detalle, que el poder constituyente está “limitado a dictar el nuevo texto constitucional” y que “el orden establecido continúa vigente” (esta resolución se publicó en el R.O. 133 del 24 de julio de 2007). En teoría, si algún valor le concede el TC a sus propias opiniones, deberá mantener su criterio, declarar la inconstitucionalidad del mandato constituyente Nº 1 y acto seguido hundirse, como honesto capitán de esta tragicómica nave, en el naufragio constitucional que supondrá su inmediata destitución por parte de una Asamblea Constituyente que no acatará su resolución porque no conoce sino su omnipotencia. Le harían justicia, sin embargo, a esta hermosa frase de Jorge Luis Borges: “Hay una dignidad que el vencedor no puede alcanzar”. Intuyo, sin embargo, (este primer acto lo anuncia) que el TC optará por su supervivencia antes que por esta desconocida dignidad (porque aunque lo tengan inmerecido, los miembros del TC no querrán perder su salario).
En este contexto, vale recordar la frase de otro célebre argentino: “Nunca falta alguien que sobra” dijo Charly García. El TC, hoy, se encuentra en un callejón sin salida: o nos prueba, en los términos de su propio precedente, que todavía funciona como garante de la Constitución, en cuyo caso le sobra a la Asamblea Constituyente (que, sin duda, se lo fumará) o es obsecuente a los intereses de la Asamblea Constituyente, en cuyo caso nos sobra a los ciudadanos que todavía creemos en la unidad del ordenamiento jurídico y en el respeto a la Constitución. Pues sí, García tiene mucha razón: “Nunca falta alguien que sobra”. Y ese alguien, hoy, es el TC.
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1968
5 de enero de 2008
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¿De qué libertad hablamos?
29 de diciembre de 2007
El Municipio de Guayaquil suele afirmar la supuesta condición “libérrima” de quienes habitamos esta ciudad. Yo sostengo, sin embargo, que el uso que las autoridades del Municipio local hacen de la palabra libertad es ideológico en su acepción peyorativa y expongo dos argumentos en este sentido:
El primero: las Ordenanzas del Cantón Guayaquil son pródigas en términos tales como “orden público”, “bien común” y “buenas costumbres”. Estos anchos términos permiten la aplicación de graves restricciones al uso ciudadano de los espacios públicos que directamente coartan varios derechos civiles que la Constitución nos garantiza (los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de reunión, de expresión, de circulación, a la igualdad, a la protesta) en parte debido a la escasa formación jurídica, cultural y cívica de la Policía Metropolitana y de los guardias privados que aplican esas restricciones (cosa que, por supuesto, no es tanto responsabilidad de ellos como de la propia Municipalidad de Guayaquil y de sus fundaciones adláteres, las que, sea por negligencia o porque sencillamente no les interesa hacerlo -me temo mucho que la verdadera razón sea la segunda- no los instruyen de manera debida en el respeto a las libertades individuales de los ciudadanos) pero también porque así lo desean las políticas públicas que la Municipalidad nos impone. El derecho en el marco de una sociedad democrática no debe tolerar estas restricciones a la libertad: los derechos de los individuos, como sostuvo el lúcido filósofo Ronald Dworkin en su libro Los derechos en serio, sirven para proteger su autonomía individual y deben ser vistos como “cartas de triunfo” frente a las restricciones que contra su ejercicio pretendan imponerse. Así, la Municipalidad de Guayaquil, más allá de su retórica ideológica-peyorativa, en materia de libertades individuales tiene una enorme deuda para con nosotros, los ciudadanos.
El segundo: ninguna de las Ordenanzas del Cantón Guayaquil establecen la obligación de las autoridades del Municipio local de consultarnos sobre la política y la obra públicas cuya aplicación pretenden, como tampoco instituyen ningún canal de comunicación para que los ciudadanos ejerzamos nuestro derecho a expresarnos con relación a éstas. Así, el Municipio local nos coarta nuestra libertad de participar en la construcción de la ciudad en que vivimos y revela pretender un absurdo: una ciudad que, como su lema, sea Más Ciudad pero con la Menos Ciudadanía posible. (Algunas aristas de este absurdo se exploraron en el excelente artículo que Leila Guerriero publicó el 2 de diciembre de 2007 en Diario La Nación de Argentina) Yo me resisto a creer que un despropósito de esta naturaleza merezca justificarse en una sociedad democrática.
En conclusión: la libertad de la que habla el Municipio de Guayaquil es retórica, es ideológica en el peor sentido de la palabra. Ojalá que esta columna les espolee algunas cívicas meditaciones para este fin de año.
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Luca not dead
22 de diciembre de 2007
En un conventillo al número 400 de la calle Alsina de Buenos Aires, muerto a causa de una cirrosis hepática y hace exactos veinte años, se encontró el cuerpo de Luca George Prodan. Nacido en Roma el 17 de mayo de 1953 en el seno de una familia de clase alta, Luca inicia sus estudios en el Gordonstown College, el colegio de la aristocracia y de la familia real inglesa (cuenta la leyenda que en una ocasión le partió su madre al mismísimo Príncipe Carlos) pero no los termina: abandona el colegio, viaja por Europa, se engancha con el rock, el punk, el reggae, las drogas (en particular con la heroína: “con ella”, decía Luca, “no se jode. Por algo es la segunda droga en importancia. La primera es el poder”). Sufre en 1977 un coma hepático y se salva de milagro. El Estado italiano lo declara demente y le quita sus derechos a votar y ser empleado público: “¡Qué éxito!” se burlaba Luca, con su habitual sonrisa irónica.
Una postal. Una postal nomás. Una postal tenía Luca en su cabeza: la de su
viejo amigo del colegio aristocrático, Timmy McKern, su esposa, sus dos
hijitas, un perro, el sol y las sierras cordobesas argentinas como fondo. Esa
imagen lo llevó a Argentina, sin hablar ni papa de español, hacia 1981. Al poco
tiempo forma una banda que la suerte (una hija de Timmy saca el nombre de un
sombrero) quiso que se llame Sumo y que la historia reconoce como una de las
mejores y más influyentes del rock argentino. (Mi favorita y para mí, la mejor.
Y los propios rockeros argentos votaron que la canción más admirable de sus
cuarenta años de rock es Mañana en el Abasto, de Luca.) Luca era el vocalista:
un tipo calvo que bebía ginebra y usaba gafas “para el sol y para la gente que
me da asco”.
Luca pudo venderse a la lógica de la sociedad de consumo, vender muchos discos, tener mucha guita, hacer un me verás volver y envejecer con presunto decoro. Nunca le interesó: este confeso admirador de Bukowski sabía jugar el juego de vivir con sus propias reglas, sin pelos en la cabeza ni en la lengua, investido de su sonrisa irónica. Una anécdota lo ilustra: Sumo hace un concierto en el mítico Obras en Buenos Aires y 10.000 personas lo corean (Luca dijo, “pareciera que tengo mi dosis de poder con todas las nenas gritándome, pero no es cierto, mi vida no ha cambiado ni va a cambiar porque gane más plata o porque un montón de idiotas me griten: ´Luca, Luca´ cuando me ven”) y al día siguiente Luca, ese mismo de las diez mil almas coreándolo, dormía la tarde en la banca de un parque después de comerse un mísero sándwich de salami. En sus palabras, como en una línea de Bukowski: “puedo estar con mi familia en Italia, comer a la una y a las ocho de la noche, no tener problemas, ir en el yate en el verano y a las montañas en invierno. Pero no lo quiero. Y el futuro no me importa. Solo me importan cosas afectivas”. (¿Cómo no recordarlo al cronopio Cortázar?: “feliz, ergo, sin futuro”.)
En su edición especial sobre Luca la revista Rolling Stone escribe: “‘Luca
vive’ es una frase que se ha repetido con insistencia desde que la muerte del
músico dio lugar al nacimiento del mito”. Yo prefiero, sin embargo, recordarlo
con esas tres palabras que todavía pueden encontrarse pintadas en algunas
paredes de Buenos Aires, esas tres palabras que son el título de esta página y
que recuerdan que su leyenda y obra no mueren: Luca not dead.
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Estados de excepción
15 de diciembre de 2007
Los recientes sucesos en Dayuma pusieron en evidencia varias cosas: que Correa carece de empacho alguno para solapar con pobres argumentos los abusos de la fuerza pública, que el chantaje no es práctica ajena a este Gobierno, que el término terrorismo es funcional a los intereses de las autoridades públicas (lo saben en Guayaquil quienes protestaron contra la Metrovía)… Estos sucesos también evidencian una práctica común del Poder Ejecutivo: dictar estados de emergencia como mecanismo para combatir la delincuencia común. Será esta abusiva práctica gubernamental, tan generosa en excesos y en violaciones de derechos humanos y contraria a las obligaciones internacionales del Estado, mi objeto de análisis en esta columna.
Ya en su Informe Anual de 1998 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos criticó que “combatir la delincuencia mediante la suspensión de garantías individuales, en virtud del estado de emergencia, no se ajusta a los parámetros exigidos por la Convención Americana para que sea procedente su declaración” y que el Estado “tiene y debe contar con otros mecanismos para canalizar el malestar social y combatir la delincuencia que no signifiquen la derogación de garantías esenciales de la población”. Más reciente y precisa, en julio de 2007, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el último caso que sentenció contra Ecuador, el Caso Zambrano Vélez y otros (que se refiere a la ejecución extrajudicial de tres personas por parte de la fuerza pública con ocasión de un estado de emergencia que Durán-Ballén declaró en 1993) estimó “absolutamente necesario enfatizar el extremo cuidado que los estados deben observar al utilizar las Fuerzas Armadas como elemento de control de la protesta social, disturbios internos, situaciones excepcionales y criminalidad común” y citó su jurisprudencia del Caso Montero Aranguren y otros (Retén de Catia), en la que con suma sensatez consideró que “los estados deben limitar al máximo el uso de las Fuerzas Armadas para el control de disturbios internos, puesto que el entrenamiento que reciben está dirigido a derrotar al enemigo, y no a la protección y control de civiles, entrenamiento que es propio de los entes policiales”.
Se supone que el Estado quiere hacerse cargo de estas críticas de los órganos internacionales de derechos humanos. En la audiencia del Caso Zambrano Vélez y otros en la que estuvo presente el procurador general del Estado, Xavier Garaicoa, el Estado expresó su supuesta voluntad de “democratizar el régimen de excepción” el que será “debidamente regulado y estrictamente monitoreado en la próxima Asamblea Constituyente” para “que se restrinja el uso indiscriminado que en ciertas ocasiones se puede dar del estado de excepción, de esa facultad que tiene el Poder Ejecutivo para decretar un estado de emergencia”. La cita es textual y no solo que lo señaló el Procurador, sino que también lo ordenó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el punto resolutivo noveno de su sentencia del Caso Zambrano Vélez y otros, en los siguientes cabales términos: “El Estado debe adecuar su legislación interna en materia de estados de emergencia y suspensión de garantías, en particular las disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, a la Convención Americana sobre Derechos Humanos”. Los hechos, sin embargo y hasta ahora, contradicen de manera manifiesta esta orden y la supuesta voluntad que el Estado expresó en la audiencia. Me pregunto si la Asamblea Constituyente tendrá la estatura moral suficiente para cumplir con esta demanda de derechos humanos, que constituye asimismo una obligación de derecho internacional. Yo tengo mis dudas: hasta ahora la Asamblea Constituyente no prueba sino estar a la altura del más ramplón autoritarismo del Poder Ejecutivo. Y eso, señores, es un pésimo síntoma.
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¡Arriba las manos!
8 de diciembre de 2007
¡Arriba las manos!... Esto es el Estado también son palabras adecuadas para describir la omnipotencia que se endilgó para sí la Asamblea Constituyente. Los artículos 2 y 3 de su Mandato Constituyente No 1 consolidan esa omnipotencia, ante la cual inútil resulta el recordatorio a los asambleístas de mayoría de que tan grandilocuente redacción no la autoriza el Estatuto que nosotros les aprobamos; inútil, porque los asambleístas se han probado impermeables, en este punto, a los argumentos de derecho: su discurso fuerte es la legitimidad que el pueblo ecuatoriano les otorgó en elecciones. (Y legitimidad, en el diccionario de uso del asambleísta de mayoría, significa “regalada gana”. ¿Les suena?)
Legitimidad: en su nombre, los asambleístas de mayoría olvidan las sensatas palabras de Manuel Villarán (que las escribió hacia 1923 pero están más vigentes que nunca): “Toda mayoría, cualquiera que sea el partido a que pertenezca, se entiende que debe abstenerse de violar ciertas garantías comunes que forman un terreno vedado y cuya intangibilidad es la regla aceptada del juego político”. Olvidan también, más concisa y precisa, más directa en su mensaje para este absurdo omnipotente de la Asamblea Constituyente, esta certera frase del francés François Fénelon: “El poder sin límites es un frenesí que arruina su propia autoridad”
No se me malinterprete: yo coincido con la necesidad de realizar profundos cambios en las instituciones del Estado (porque habría que ser imbécil o masoquista para añorar el retorno del gobierno de esos partidos políticos); pero no puedo coincidir con las formas con las cuales hoy se manifiesta esta necesidad (y estoy seguro que muchos de los asambleístas de mayoría tampoco coincidirían, si fueran minoría u oposición: tal es la embriaguez del poder). Por eso, el ¡Arriba las manos! de esta columna evoca un acto reprochable: la toma por asalto de las instituciones del llamado “poder constituido”, que se traduce en el hecho cierto de que los plenos poderes terminan por negar en la práctica el Estado de derecho que afirman garantizar.
Cierro: si a Hugo Chávez, supuesto campeón latinoamericano de la legitimidad electoral, las mayorías ya le negaron sus favores este domingo 2, el Presidente Correa (que tal parece es lampiño, pero concédaseme la metáfora) y su elenco de co-asambleístas harían bien en poner sus barbas en remojo: porque es probable que estos vientos de omnipotencia sacudan unos polvos que, en el futuro, podrían convertirse en aquellos lodos que empantanen el proceso de cambio que aprobamos la mayoría. Y más que recordar al numinoso Alfaro (como lo sentenció lúdica y lúcidamente Alfonso Reece en su columna de este lunes), o mejor, debajo de su cara tallada que pende sobre la cabeza de Alberto Acosta, yo aconsejo que coloquen para recordarla siempre, la sensata frase de François Fénelon: porque incluso los cambios radicales necesitan, para su ejecución, la justa ponderación que les conceden el equilibrio y la mesura. Y todavía no estamos tarde para comprenderlo.
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Razones para la unión homosexual
1 de diciembre de 2007
Desde una postura conservadora puede contraargumentarse que la homosexualidad es inmoral y atenta contra la religión dominante (Católica, Apostólica y Romana) y otras confesiones. Varias personas, desde su fe y su moral, repudian la homosexualidad. La tolerancia (valor fundamental de toda sociedad democrática) obliga a respetar esta particular creencia. Pero cabe argumentar en contrario de esa postura que lo que una sociedad democrática no puede permitirse es mezclar el ámbito privado de las creencias personales con el ámbito de las políticas públicas: el derecho a profesar una religión es distinto a la pretensión de convertir esa religión en una política pública (recuérdese a Gaviria: no puede exigírsele al Estado que imponga a todos como deber jurídico lo que una persona –en este caso, desde su moral religiosa- vive como su obligación moral). Una sociedad democrática tampoco puede permitirse un único concepto de moralidad: como sugiere el filósofo checo Ernst Tugendhat “un concepto de la moralidad que no deja abierta la posibilidad de concepciones variadas de lo moral tiene que parecernos hoy inaceptable”.
Muy bueno para el argumento liberal es contar con curiosos apoyos (matiz verbal mediante): el Arzobispo de Guayaquil, Antonio Arregui, en una entrevista que realizó Rubén Darío Buitrón y que se publicó en Diario Expreso el lunes 5 de noviembre declaró que a la unión de parejas homosexuales la pueden llamar “de cualquier forma, menos matrimonio”, y recalcó: “Que arreglen con alguna fórmula legal el problema de la convivencia, la unión libre, por ejemplo, pero no cabe que se institucionalice con el sacramento matrimonial”. Por esa misma fecha, en una entrevista televisiva que María Josefa Coronel realizó al Presidente de la República éste sostuvo un criterio análogo: que se regule la convivencia de la pareja homosexual, sin llamarla matrimonio.
No creo que exista problema, porque el membrete de la unión homosexual es irrelevante: lo importante es garantizar que no se les discrimine el acceso a los beneficios propios de una convivencia en pareja. Por lo demás, satisface saber que las más altas autoridades eclesiásticas y civiles concuerdan en la posibilidad de regularlas y adhieren a una tendencia de respeto e inclusión de enorme predicamento: hoy, en territorios de distintas latitudes (Canadá, España, Holanda, Bélgica, Sudáfrica, y puede sumarse una decena más) y también en clave regional y cercana (la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 2002 y la provincia argentina de Río Negro; la Ciudad de México D.F. desde 2006 y el Estado mexicano de Coahuila) se reconoce la unión de parejas homosexuales. Ecuador tiene la ocasión, en este proceso constituyente, de hacerse cargo de este reclamo que se formula desde la no discriminación y el respeto a la libertad de los otros y desde la filosofía liberal más ilustrada.
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25 de noviembre
24 de noviembre de 2007
Pensé escribir sobre el recital de Sabina y Serrat del sábado pasado y titularlo, con justa razón, El gusto fue nuestro. Pero la inmediatez de una efeméride y su urgente tema justificaron mi cambio de planes. La efeméride sucede cada 25 de noviembre desde que la Asamblea General de Naciones Unidas declaró ese día el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer en memoria de que esa misma fecha, en 1960 y en República Dominicana, el dictador Rafael Leónidas Trujillo ordenó el asesinato de las hermanas Miraval, que combatieron su oprobioso régimen. (La extraordinaria novela En el tiempo de las mariposas de Julia Álvarez relata su heroísmo y su muerte atroz)
No hay duda: la violencia contra la mujer afecta su salud, su seguridad personal y la de su comunidad, e impide el desarrollo integral de las personas inmersas en estas relaciones y el desarrollo humano integral (económico, cultural, productivo, educativo, afectivo) de la población en general. Se manifiesta, la violencia contra la mujer, no solo en las agresiones físicas (que la padecen una de casa siete mujeres en el mundo y que constituyen la principal causa de muerte de las mujeres entre 15 y 44 años) sino también, por ejemplo, en el uso del lenguaje: desde las bromas sexistas (una lectura de El chiste y su relación con el inconsciente de Sigmund Freud les revelaría a sus autores la gravedad de sus frustraciones) hasta el discurso atestado de testosterona de ciertos políticos locales, que piensan todavía que tener (es textual) cojones es necesario para la actividad política y que sirve para revelar, en definitiva, la pobreza de su masculinidad.
Ante este escenario, que se precisa en detalle en el Informe de la Relatora Especial sobre la Violencia contra la Mujer, sus Causas y Consecuencias, de Yakin Ertürk, y en clave local en las estadísticas que publica el Consejo Nacional de las Mujeres, es importante destacar el trabajo que ejecuta la Campaña Cantonal contra la Violencia hacia la Mujer e Intrafamiliar que se organiza desde la Mesa de Concertación por la Equidad de Género con Énfasis en la Violencia Intrafamiliar compuesta por varias entidades públicas y privadas (entre las que figuran la M.I. Municipalidad de Guayaquil y el Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer –Cepam). Los objetivos generales de esta campaña son comunicarle a la ciudadanía “que la violencia hacia las mujeres e intrafamiliar existe en nuestra ciudad y que no debe ser considerada como algo natural, por el contrario, afecta su desarrollo integral y el de los niños que viven con ellas” y lograr “que las personas afectadas sepan que su situación puede cambiar si buscan apoyo”; uno de sus cuatro objetivos específicos (que suscribo plenamente) es contribuir a que los ciudadanos de Guayaquil “se cuestionen sobre sus concepciones y prácticas en torno a la relación de pareja, a la relación de adultos/niños, niñas”. Esa es, precisamente, la razón de ser de mis líneas.
No escribí El gusto fue nuestro, ese breve inventario de placeres de una noche de verano: troqué ese placer por la urgencia de proponer una discusión sobre este urgente tema y la difusión de un necesario trabajo, cuyo propósito puede resumirse en el sencillo y poderoso eslogan de la campaña: “Callar la violencia no la detiene. Busca apoyo”. Puede que este eslogan le resulte oportuno a más de una persona que lea esta columna. Ojalá. Ya esa mínima contribución, tanto como el discutir en público este asunto, justifican mucho esta página.
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Etiquetas: Hermanas Miraval, Violencia contra la mujer
El gusto será nuestro
17 de noviembre de 2007
(La prueba: viajó de luna de miel a Barcelona para conocer la calle Poeta Cabanyes, en el Poble Sec, donde Serrat nació.) Les contó que en un recital de Serrat en Quito, él fue quien compró el primer boleto y estuvo, literal, “con las narices prácticamente pegadas al escenario”. El señor de bigote le solicitó con febril insistencia a Serrat que cantara Elegía y Serrat no hizo caso; cuando Serrat presentó a sus músicos, omitió a su compañero de piano de siempre, Ricard Miralles (porque no estaba presente en la gira); ante esta omisión, el señor de bigote le grito a Serrat: ¿Y Miralles? El buen Serrat perdió su natural calma, lo miró furioso, lo aleccionó y lo echó del recital. En palabras textuales del señor de bigote: “Yo me volví hacia mi asiento como un perro apaleado, le hice un gesto a mi esposa y salimos a la calle, les juro que iba llorando”. (La historia se narra en Diario de Ruta. El gusto es nuestro, pág. 48-50).
Estaremos, precisamente, en sus antípodas: esta columna se publica el sábado 17, el mismo día en que un perito agrícola (tal es su oficio), este primo de todos, El Nano Joan Manuel Serrat, y su íntimo cofrade, aquel que iba para profesor de literatura en provincias, de nombre Joaquín Ramón Martínez, pero más conocido por su segundo apellido, Sabina, brindan un recital del cual tengo la muy irrefutable convicción de que encandilará aquello que algunos llaman alma pero que puede reducirse, sin ningún perjuicio, a aquello que es lo más íntimo de todos nosotros. Es imposible abarcar lo que Joan Manuel Serrat y Joaquín Sabina significan para muchos, lo que significan para mí; sería barroco el inventario de cuántas ocasiones ellos han auxiliado la (mi) existencia: el universal primo El Nano ha sido la educación sentimental de tres generaciones de españoles e hispanoamericanos que cultivaban o cultivan su espíritu; el exquisito y bohemio Joaquín ha sido el compañero irrefutable de las descorazonadas noches de bares y borracheras con las chicas sorprendidas (que no lo conocen) o las cómplices (la inversa) de su carnal verbo. Tantas canciones, tantas, que nos han marcado y yo aprovecho y proclamo mis favoritas: las de Sabina (Y sin embargo, Contigo, A la orilla de la chimenea, y podría seguir y sumar) y las de Serrat (De vez en cuando la vida, Mediterráneo, Donde quiera que estés, y podría, también, por supuesto, seguir y sumar), y si las cantan esta noche, contribuirán estos excelsos canallas cantaescritores a mi sencilla y poética felicidad. Yo he disfrutado recitales de Serrat y de Sabina, aquí y en el extranjero, pero nunca los he visto juntos: hoy será, sin duda, para todos los que asistamos, un día especial e irrepetible. Ojalá que esté presente el señor de bigote que abre esta historia, para que vindique el placer de escuchar a Serrat, en conjunto con este ubetense maestro. Yo estoy seguro que, apropiándome del título del libro que reseñó la gira de cuatro amigos para los que Sabina compuso un soneto (que dice: “gracias por perfumar con emociones / el sueño de una noche de verano”, y es tan oportuno), el gusto será nuestro, muy y deliciosamente nuestro.
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Etiquetas: Joan Manuel Serrat, Joaquín Sabina, Música
Control de armas
10 de noviembre de 2007
Pero abandonemos a Tiglat-Pileser III en los anales de la historia bárbara del siglo VII a.C. y hablemos de los albores de la historia bárbara del siglo XXI d.C.: hablemos de las propuestas que una sociedad civil organizada puede desarrollar para ejercer control sobre la venta de las armas pequeñas y ligeras que propician las tan actuales como ubicuas masacres. Hoy, ante la desoladora estadística que enseña que cada minuto muere una persona a consecuencia de la violencia armada, que el comercio de armas pequeñas y ligeras es tan pingüe negocio que mueve 40.000.000.000 de dólares como sangriento que provoca 5.000.000 de muertes y el dato cierto de que no se tiene ninguna regulación específica y vinculante en el derecho internacional, varios órganos de la sociedad civil (Fundación Arias para la Paz y el Progreso Humano y Amnistía Internacional, entre tantos otros), precedidos por la iniciativa de varios Premios Nobel de la Paz y auspiciados por el apoyo de varios Estados propician en las Naciones Unidas la discusión del borrador de un Tratado sobre Comercio de Armas, esto es, un tratado que no impida la producción de armas pero que limite su comercio en aras de que éste se realice de manera responsable y evite las violaciones de normas de derecho internacional. La Resolución 61/89 de la Asamblea General refleja el inicio de esta discusión; Ecuador la apoya. Consúltese la posición del Estado ecuatoriano y los válidos principios del Tratado sobre Comercio de Armas en www.armstradetreaty.org
No es, por supuesto, el ámbito internacional el único en el que se puede actuar para controlar el comercio de las armas. Cabe la ejecución, en el ámbito del derecho interno, de varias acciones: actualizar la ley que regula la materia (que data de tiempos de la última dictadura), implementar una sólida política de desarme, hoy insuficiente y débil (el exitoso ejemplo de Argentina puede ser referencial), constitucionalizar (y le hablo en este momento a los asambleístas electos) normas efectivas sobre control en el comercio y la tenencia de las armas (como sucede en varios países hispanoamericanos –España, El Salvador, Panamá, Venezuela, Colombia, Chile –y este último país, en sus artículos 22 y 92, es el que tiene la mejor y más completa redacción). El principio es sencillo: actuar de manera responsable en el comercio y la tenencia de armas. Y la obligación del Estado es evidente: mediante sus distintos órganos (Presidencia, Ministerios de Gobierno, Defensa y Relaciones Exteriores, Asamblea Constituyente) garantizar ese principio de manera debida.
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Etiquetas: Asamblea Constituyente, Control de armas
Reflexiones (urgentes) de Gargarella
3 de noviembre de 2007
Para hablar de democracia, Gargarella nos propone revisar la historia: sugiere que pensemos la coyuntura actual a partir de las tradiciones políticas que han imperado desde la fundación de la República. Gargarella destaca los efectos de las tres tradiciones que, con distinto énfasis, han ejercido el poder en la región: las tradiciones conservadora, liberal y radical. (Vale decirlo: en Ecuador, en general y en el siglo XIX en particular, predomina la tradición conservadora: de hecho, acaso nadie en América latina represente de manera más perfecta -y atroz- que García Moreno la fanática unión de la espada y la cruz.) La tradición conservadora suprime la libertad (valor característico de la tradición liberal) y la igualdad (valor característico de la tradición radical) en nombre de sus dioses y de sus arcanos. Las tradiciones liberal y radical, de su parte, de imperio menos estable y más efímero, han sacrificado en nombre de la imposición de su valor característico, el valor de la otra tradición en disputa.
Es ante este escenario histórico que Gargarella nos invita a reflexionar sobre la propuesta de una tradición distinta, que respete tanto la libertad como la igualdad, defienda la solidez de la democracia y los derechos de los individuos y sirva, en definitiva, para fortalecer “nuestra autonomía individual y nuestro autogobierno colectivo”. Esta tradición puede precisarse en el respeto de los siguientes cuatro compromisos: 1) la resistencia a la imposición del presidencialismo y sus maniqueas consecuencias (“o están conmigo o están contra mí”): el Presidente debe aceptar las críticas que se le formulen, aunque le pesen; 2) la separación del ámbito privado de las creencias personales del ámbito de la vida pública: el derecho de profesar una religión es distinto (muy distinto) a la pretensión de convertir esa religión en una doctrina pública; 3) el entendimiento de que un gobierno democrático debe apoyarse en la expresión de la mayoría de los miembros de su sociedad pero tomando en muy debida cuenta que esa expresión mayoritaria no debe manejarse mediante encuestas (¡Vinicio Alvarado!) sino mediante discusiones críticas y, en particular y dicho sea con énfasis, escuchando la voz de los disidentes: en este ejercicio reside la esencia de la auténtica democracia participativa; 4) el énfasis en la concreción del valor igualdad (tan cercano en nuestra retórica, tan lejano en nuestra práctica) guardando, eso sí, el debido respeto hacia los derechos de los individuos.
Gargarella concluye con una reflexión que proviene del “Padre de la Constitución” norteamericana, James Madison, quien afirmó que para la creación de sólidas instituciones no se debe pensar que éstas serán ocupadas por ángeles sino por demonios: la pregunta a responder, entonces, es “¿estamos preparados para resistir que en nuestras instituciones quien ocupe el puesto sea nuestro enemigo?” Gargarella nos entrega las claves para una serie de reflexiones hechas a partir de la historia, desde la teoría política y para la solidez democrática de nuestra sociedad, cuya necesidad de discusión es evidente y cuya urgencia está en su contraste con los actos de este Gobierno de numerosos rasgos conservadores y autoritarios. Cierro satisfecho: en esta columna solo quise ser el modesto salieri de un gran maestro y transmitirles algunas de sus interesantes ideas para propiciar esta necesaria discusión.
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Etiquetas: Autogobierno colectivo, Autonomía individual, Roberto Gargarella
