Publicado
en GkillCity el 16 de septiembre de 2011.
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Lo
feo, lo malo, lo bueno: este clásico trío servirá para este reporte sobre la
“estrategia” que utilizó el municipio de Guayaquil en el proceso penal que
sigue contra Daniel Adum Gilbert.
Escenario general
El municipio de Guayaquil inició un proceso penal
contra Daniel Adum Gilbert por la supuesta violación del artículo 4 de la
“Ordenanza que norma la obligación que tienen los propietarios, o
administradores, arrendatarios u ocupantes de inmuebles, de pintar adecuada y
debidamente las fachadas, cerramientos, cercas o verjas de las edificaciones,
para el embellecimiento y ornato de la ciudad”, aprobada por el municipio de
Guayaquil el 10 mayo del 2001. Su artículo 4, primer inciso, establece lo
siguiente:
Art. 4, primer inciso.- Las personas
que sean sorprendidas in fraganti, o que mediante denuncia comprobada se
determinare que son los responsables de pintar y dañar con pinturas u otros
elementos, mediante dibujos y gráficos indebidos, expresiones inadecuadas,
grafitis u otras formas inapropiadas, las paredes, fachadas, columnas,
cerramientos, cercas, verjas, etc., de bienes inmuebles de dominio público o
dominio privado, afectando el ornato, embellecimiento, estética, aseo y sanidad
de la ciudad serán juzgados por los Comisarios Municipales y sancionados con
multas equivalentes a dos (2) veces el valor del perjuicio ocasionado del que
se obtendrá la suma de dinero necesaria para que la Municipalidad proceda a
remediar el daño, y trabajará comunitariamente privado de su libertad y bajo
vigilancia de la Policía Metropolitana, en la pintada o reparación del bien
afectado, por un máximo de siete días.
Para imponer la sanción que en ella se establece
(multa y prisión de 7 días con trabajos comunitarios) la ordenanza obliga al
comisario municipal a que en el proceso penal pruebe lo siguiente: 1) que se sorprendió “in fraganti”
o que mediante “denuncia comprobada” se pudo determinar la responsabilidad de
una persona en los actos de “pintar y dañar” paredes, fachadas, columnas,
cerramientos, cercas, verjas, etc.; 2)
que la pintada que ocasionó daño se haya manifestado con “dibujos y gráficos
indebidos, expresiones inadecuadas, grafitis u otras formas inapropiadas”; 3) que la pintada que ocasionó
daño haya afectado “el ornato, embellecimiento, estética, aseo y sanidad de la
ciudad”.
El proceso penal que inicia una autoridad municipal
debe respetar las garantías del debido proceso. Eso incluye, entre otras
cosas, el derecho a ser oído dentro del proceso penal, a contar con tiempo para
preparar su defensa, a presentar de forma verbal o escrita argumentos y a
replicar los argumentos en su contra, a presentar pruebas y a contradecir las pruebas
contra él presentadas, a obtener una resolución debidamente motivada.
Ninguno de estos derechos respetó en el proceso penal contra Adum el
comisario municipal a cargo, Ab. Ángel Peñafiel Espinoza, a pesar de que tenía
la obligación constitucional (artículo 76 numeral 1) y legal (artículo 395 del
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Control) de hacerlo.
En realidad, el proceso penal duró dos días, desde que el delegado
municipal # 59, Flavio Maridueña Carreño, remitió un informe al director de
justicia y vigilancia, Ab. Xavier Narváez Valdiviezo, en el que refería que la
pared de la Av. del Bombero había sido utilizada “para exponer pintura” y que
días después se habían pintado otras, en las que después de repintarlas los
funcionarios municipales de gris, el 20 de agosto “habían pintado caras
diciendo: ‘Censurado por mostacho
alfacho’” (sic). El 24 de agosto, este informe se agrega
al expediente 2011-7669
que el comisario cuarto municipal, Ab. Ángel Peñafiel Espinoza, sigue contra
Daniel Adum Gilbert. El informe se constituyó como el único fundamento
para que el comisario cuarto municipal resuelva imponer “LA MULTA EQUIVALENTE AL DOBLE DEL PERJUICIO, EL
MISMO QUE DETERMINARÁ LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, Y TRABAJARÁ COMUNITARIAMENTE
PRIVADO DE SU LIBERTAD, BAJO VIGILANCIA DE LA POLICÍA METROPOLITANA, EN LA
PINTADA O REPARACIÓN DEL BIEN AFECTADO, POR UN MÁXIMO DE SIETE DÍAS”.
(Las mayúsculas y las negrillas son del original).
Se reporta a continuación lo feo, lo malo y lo bueno
de la “estrategia” del municipio de Guayaquil en este proceso penal.
Lo feo
Lo feo de la “estrategia” del municipio de Guayaquil
sucedió el día de la audiencia pública, en las afueras de la Intendencia
General de Policía del Guayas: el municipio de Guayaquil llevó a personas que
no conocían siquiera de qué se trataba el proceso penal contra Adum, con el
propósito de provocar y buscarle conflicto a la gente de Litro x Mate, que
respaldaba con su presencia a Daniel Adum Gilbert. En algún momento,
incluso, una de esas personas (como puede observarse en este video) empuja a Paulina
Obrist. Las prácticas de provocación y de violencia no son extrañas a los
socialcristianos del municipio de Guayaquil: las
prácticas de provocación y de agresión verbal a los concejales de oposición en
las sesiones del Concejo Municipal, la
violencia física de un concejal a otro y del propio Alcalde Jaime
Nebot Saadi a una autoridad judicial (que, sin embargo, lejos de recibir
críticas de quienes con tanto celo se preocupan de cualquier agresión verbal
emanada de otras autoridades, casi nunca ha merecido ni información ni reproche
en los medios de comunicación locales –el subdirector de diario Expreso, Jorge
Vivanco Mendieta, no tuvo empacho en llamarlo una defensa “con vehemencia –como
debe ser-” lo que a
Nebot le agradó bastante).
Es feo que el municipio tenga estas prácticas y que
los medios de comunicación sean, de manera general, mudos cómplices de las
mismas. Y no es tanto feo, como facho (dándole la razón al
Mostacho).
Lo malo
Lo malo de la “estrategia” del municipio de
Guayaquil es la “argumentación” que utilizó para “probar” la responsabilidad de
Daniel Adum Gilbert e imponerle la sanción establecida en la ordenanza.
Es mala, primero, por mentirosa: en la audiencia, como pruebas contra
Adum, el director de justicia y vigilancia, Xavier Narváez Valdiviezo, presentó
unas fotografías a las que calificó de “manifestaciones supuestamente artísticas
que no sólo violan la ley sino agreden a la ciudad” (audio, min. 03:08 -
03:47) que no eran de autoría de Daniel Adum Gilbert. Sí, así fue, tan
absurdo como eso: el municipio de Guayaquil intentó probar la responsabilidad
de una persona en un proceso penal con actos de reconocida autoría de otra
persona (esto está para romper el guatedefacómetro, pero en realidad este
procedimiento malicioso no es extraño para el municipio de Guayaquil: hizo lo
propio en el caso de la censura previa, en el que nos atribuyó a quienes
presentamos la acción de protección el defender obras cuya defensa nunca
habíamos asumido: véase acá).
Las fotografías que presentaron correspondían al proyecto “Burros de
colores”, que si se habrían tomado la básica molestia de googlearlo se habrían encontrado con
el blog www.burrosdecolores
y se darían cuenta que ese proyecto es de autoría de Jorge Jaén (el proyecto
obtuvo un “primer
premio salón de julio” y, no se piquen, también
llegó a Carondelet). Acusar a una persona de actos que de manera
pública y notoria no ha cometido (con solo googlearlo
poder darse cuenta), eso es mala estrategia. Pésima.
Es mala, también, la estrategia por arbitraria e
irracional. En ningún momento de la audiencia pública el director de
justicia y vigilancia, Xavier Narváez Valdiviezo, intentó razonar el por qué de
la responsabilidad de Daniel Adum Gilbert en los hechos que le imputaba; nunca
intentó razonar cómo el hecho de pintar colores causaba daño, cómo los
cuadrados de colores constituían “dibujos y gráficos indebidos, expresiones
inadecuadas, grafitis u otras formas inapropiadas”; cómo el daño que causaban
los colores afectaba “el ornato, embellecimiento, estética, aseo y sanidad de
la ciudad” (menos todavía cómo podía afectarlo cuando lo que había antes de los
colores era, ahí sí, paredes manchadas de publicidad, de grafitis
ininteligibles y de obscenidades, las que jamás merecieron atención de las
autoridades municipales, las que ahora sí, ¡oh, sorpresa!, resultan celosas
guardianas del “ornato y etcétera” de la ciudad). Nunca intentó
razonamiento alguno para rebatir los argumentos expuestos por la contraparte de
que la ordenanza era arbitraria, desproporcionada, ilegal e inconstitucional
(expuestos en
este escrito y en la audiencia pública, cuyo audio puede escucharse acá:
dicho sea de paso, el que calla, otorga);
nunca intentó razonar nada, porque el director de justicia y vigilancia alegaba
que “lo que sí es objetivo es la ley y su cumplimiento” (audio, min. 06:00 -
06:04). Para el representante del municipio de Guayaquil no había nada
que razonar a este respecto: el municipio de Guayaquil crea la ordenanza y sus
funcionarios la hacen cumplir cuando ellos entienden que ésta se ha incumplido,
sin consultas a los ciudadanos (a las que están obligados legalmente) y sin
razonamientos de ningún tipo. Lo hacen porque sí, porque quieren.
Así no más. Una forma de entender las cosas y de proceder que
resulta, de manera evidente, arbitraria e irracional.
Recapitulemos: un proceso penal de dos días en sede
municipal en el que se irrespetaron garantías básicas del debido proceso, una
sanción impuesta en la que no se consultó a los ciudadanos de la ciudad a la
que supuestamente se ofende (que es una obligación legal, de conformidad con el
artículo 3 literal g) del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización) , una “argumentación” que sostiene que la ley,
tal como ellos la entienden, es “objetiva” (un WTF jurídico del tamaño de la
incapacidad de Lucio Gutiérrez) y que parece concederles patente de corso para
eximirse de realizar todo tipo de ejercicio argumentativo para probar la
responsabilidad de Daniel Adum Gilbert en los hechos que le imputan haber
cometido. En resumen, el municipio crea la norma (cuya creación es ilegal
e inconstitucional, además), la pretende aplicar como le da su real gana, por
sí y ante sí, sin consultas ni razonamiento alguno y con pruebas falsas.
Un asco. Es difícil pensar que podían hacerlo peor que este triste
ropaje jurídico con el que han pretendido disimular su prepotencia y su afán
persecutorio contra Adum.
Esta actitud de la entidad municipal de erigirse como
celosa guardiana del ornato de la ciudad (a la cual, esto es textual, estos
murales de colores de la agrupación Litro x Mate supuestamente “agreden”, según
nos cuenta el director de justicia y vigilancia), en términos de impedir o
sancionar toda manifestación que a ellos no les parece adecuada, es una actitud
propia de gobiernos anteriores a la época de la Ilustración, propia de los
principios del “Estado de policía”, el que de acuerdo con Gustavo Zagrebelski,
se halla “fundado no sobre la libertad, sino sobre el ‘paternalismo’ del
Estado, donde, en general, la acción de los particulares se admitía sólo
mediante autorización de la Administración, previa valoración de su adecuación
al interés público. En el Estado de policía, una sociedad de menores; en
el Estado liberal, una sociedad de adultos”. (El derecho dúctil, Pág. 29) Una sociedad de
menores: el que debe ser el probable sueño húmedo del idealista papanatas que
es Melvin Hoyos: véase acá
y acá.
Una autoridad que no es liberal, a pesar de lo mucho que se llena la boca
rebuznando: “libertad, libertad”.
Lo bueno
Lo bueno es que el municipio de Guayaquil es
papayero y con este proceder tan feo y tan malo (tan torpe y tan turro,
añadiría yo) lo que hacen es darle la razón a quienes lo retratan, jocosamente,
como “facho” en las paredes que insisten en pintar de gris.
Lo bueno, también y más importante, es que a pesar
de la disciplinada omertá entre
el municipio de Guayaquil y los medios de comunicación locales, se empieza, en
buena medida a través de las redes sociales, a observar grietas en ese muro de
silencio embrutecedor y cómplice. Acá un video que se presentó en la
audiencia pública con algunas opiniones que contribuyen a ello:
¿Vieron a la señora Nelly Cereceda de Vallarino que
salió en el video? La señora dice que la acción del municipio de
Guayaquil le provocó “la sensación de haber regresado al medioevo, y eso ya
pasó hace muchos siglos”. Si una señora de 88 años tiene razón en
caracterizarte como una antigualla medieval (o como un Estado pre-ilustrado de
policía, en términos de Zagrebelski), o sea, en definitiva, como entidad
indigna del siglo XXI, entonces harían mejor las autoridades del municipio de
Guayaquil en no tener la turra terquedad de Iván Hurtado y pensar en su retiro
e irse “por la sombrita”, como diría el concejal Polito. Porque, ha sido
evidente, una ciudad del siglo XXI les queda muy, pero muy grande.
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