Mostrando entradas con la etiqueta Detención en firme. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Detención en firme. Mostrar todas las entradas

Preso político

18 de febrero de 2010

Jaime Nebot es el Alcalde de un cantón importante (muy, muy importante) pero no es, mal que les pese a algunos de mis conciudadanos, sino el Alcalde de un territorio de 344,5 Kms². Las prácticas políticas de este Alcalde no pueden considerarse, sin falacia ni mentira, como democráticas: las sistemáticas violaciones a las libertades individuales en el espacio público y la nula participación que permite en la gestión municipal y en la discusión de políticas y obras públicas (últimamente, para mayor inri, permite el ingreso de simpatizantes con el propósito de estorbar la participación de la oposición en el Concejo Municipal –no podía esperarse menos, ya se tardaba este sujeto demasiado) son síntomas de sus faltas democráticas. En realidad, como fue dicho en una entrada anterior, sus prácticas políticas se parecen mucho más a las de Don Corleone que a las de cualquier mínimo demócrata. En adición, Nebot es un sujeto criado al calor de las bolsas del animal político (no hago juicios de valor aquí, el término es simplemente descriptivo de la trascendencia del personaje en la vida política reciente del país) que fue León Febres-Cordero, pero de quien no supo heredar su “hambre” ni su “calle” políticas. Nebot no le da la talla a su mentor, acostumbrado como está al área chica de los conciliábulos y las cartas marcadas de quien juega cuando sabe que las chances de perder son escasas y nunca se arriesga. Los de Vivos saben exhibirlo con humor: cuando se requiere de él que haga algo que no le gusta, lo manda a otro. Póngase en donde dice “algo que no le gusta” la frase “algo en lo que puede salir perdiendo” y la consecuencia será la misma o, en todo caso, análoga: o mandará a otro a que se juegue el pellejo, o no hará nada. Un líder, Nebot, para el que Guayaquil es un concepto retórico para su resistencia. Tres lecturas abonan ideas a este respecto.

La primera de esas lecturas, la de Simón Pachano, publicada el 15 de febrero en diario El Universo y titulada El opositor ideal. Para Pachano, las reivindicaciones de naturaleza local “nunca han podido estructurar propuestas y tendencias de alcance nacional. Las reivindicaciones de esta naturaleza están condenadas no solamente a mantenerse en sus espacios restringidos, sino también dentro de objetivos acotados”. Más adelante, afirma que Nebot se resistió a dar “un mínimo paso fuera de los límites de Guayaquil. Al parecer, él está más consciente que sus seguidores de la armadura en la que está encerrado, que lo protege de los embates pero que le impide caminar. Está también consciente el Presidente, que hábilmente mantuvo al Alcalde en ese espacio. Al final, la revolución ciudadana tiene el opositor ideal: territorialmente limitado, sin propuestas nacionales y sin horizonte político”. Corolario: Nebot está encerrado en un cajón con vista al Guayas (un cajón, al que se le colocarán en algún momento cirios para que sea lo que está destinado a ser: el ataúd para el último dinosaurio de la llamada partidocracia). Corolario2: la oposición (no me refiero, en este punto, necesariamente al Alcalde Nebot, sino a los políticos –o políticos wanna be- que depositan en él sus expectativas) es la mejor aliada del Gobierno central.

Otra lectura interesante es la de Xavier Zavala Egas en la edición de diario Expreso del 16 de febrero, titulada Mucho ruido y pocas nueces. Para Zavala, en la marcha hubo “menos gente y más insultos o mucha bulla y ninguna idea”; recalca que a la marcha “convocada por nuestro Burgomaestre fueron menos personas que a la última convocatoria que realizó”, lo que podría explicarse por “lo difuso, intangible o tenue del pretexto mostrado, el desgaste de un líder al que no se le perciben propósitos claros, el incremento de la obra del gobierno en Guayaquil o las omisiones que el invierno descubre en la obra municipal”; destaca “el mismo tono de siempre en el discurso, eufórico, agresivo, intimidante” y que “la movilización popular sin proyecto que la cobije es ruido sin nueces, nuestro Alcalde sabe que está solo a pesar de sus fieles guayaquileños, pero totalmente aislado del resto del país”: pensado en clave de oposición, Nebot “no es el aglutinante idóneo para estructurarla y conducirla”. Es así, porque de acuerdo con Zavala “el Alcalde se atrincheró en Guayaquil, sus expresiones son de un líder local y el país así lo observa. Además, el pasado político lo deslegitima, pesa mucho la carga de la oprobiosa partidocracia que trae consigo. En el evento que tuviera que vender algo trascendente y de importancia nacional, no puede aspirar a ganarse la confianza del país en estos tiempos”. Corolario: ídem. Pachano hablaba de “armadura”, Zavala habla de “trinchera”: yo digo “cajón”. En todo caso, un tipo aislado sin otras posibilidades que defenderse y dilatar lo inminente.

La tercera lectura interesante es la de Xavier Andrade publicada en diario El Telégrafo el 17 de febrero, titulada Al día siguiente (nótese que hemos seguido un estricto orden cronológico y que esta entrada lo continúa: no sé que quiere significar eso –bue, obvio, no significa nada- pero tiene onda). En su artículo, Andrade destaca que “esta última marcha –embebida de una larga tradición socialcristiana que ha politizado, exitosamente y desde los 80, temas tales como la seguridad […] sirve en la presente coyuntura como un teatro político en el que Nebot intenta, otra vez fallidamente –estoy seguro que a la larga- afianzar sus intenciones de proyectarse nacionalmente”. Al efecto, refiere Xavier Andrade que el que Nebot “use el manido discurso de la ‘guayaquileñidad’, el de la dignidad, o el que reconforte a su propia aritmética según ciegas conveniencias, son solamente parte de una estrategia de oposición que sigue sin cuajar del todo”, precisamente por tratarse Nebot de un “eterno delfín”, de un “pseudolíder de la oposición solamente porque cuenta con el apoyo mayoritario mediático y ciudadano en una sola ciudad sin lograr nunca trascender al panorama nacional”. Corolario: ídem. Nebot es, metafóricamente, un preso político, preso en su cajón, claro está, para seguir con la idea de los párrafos anteriores. (Aunque nótese que las miradas de Pachano y Andrade parecen divergir: mientras para el primero la presencia de Nebot como político es deseada por el Gobierno –no en vano lo llama “el opositor ideal”-, para el segundo, el cadáver político que era Nebot revive por una conducción inapropiada del Gobierno. Aunque hay una tercera opción en la que ambas miradas confluyen, si es que cada una de ellas se refiere a un momento político diferente.)

La rola que sigue casi comparte el título y no tiene mucha relación con la entrada (salvo, acaso, la torpe y mentirosa referencia de Nebot a la detención en firme, cuando señaló que “la Asamblea Nacional –con mayoría gobiernista- derogó la detención en firme”: valga precisarle al bigotón fenicio-franquista que la detención en firme la derogó el Tribunal Constitucional el 23 de octubre de 2006 –Correa no era ni Presidente, ni electo siquiera. No rebuzne, pa’ la próxima). Pero bue, la rola me pinta (era la cortina para nuestra entrada de Juguete Rabioso, el programa de radio que teníamos con el Curro y donde muchas veces la dejamos sonar para cantar un fragmento a dúo con PR) y ahí les va:

Detención en fraude

9 de diciembre de 2006


Publicado en diario El universo el 9 de diciembre de 2006.

*

La detención en firme es una institución aberrante y violatoria de los derechos humanos de quienes la padecen. El Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas en sus conclusiones y recomendaciones al Tercer Informe que presentó el Estado ecuatoriano requirió a este su eliminación (http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/4503.pdf), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su Informe del año 2005 observó con preocupación su existencia (http://www.cidh.org/annualrep/2005sp/cap.4b.htm) y saludó, en su Comunicado de Prensa Nº 37/06, la reciente Resolución Nº 002-2005-TC del Tribunal Constitucional (TC) que la declaró inconstitucional (http://www.cidh.org/comunicados/spanish/2006/37-06esp.htm).

En principio, no puedo menos que compartir la satisfacción que expresó la Comisión Interamericana. El TC actuó bien cuando declaró la inconstitucionalidad de la detención en firme, instituto procesal que en su resolución consideró como “un fraude al espíritu constitucional contenido en el numeral 8 del art. 24 de la Carta Magna” con lógico fundamento en el derecho internacional de los derechos humanos y en las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, tal como debe ser. Pero disiento plenamente de la aclaración y ampliación que el TC realizó a la Resolución Nº 002-2005-TC, con la cual borró con el codo lo que había hecho bien con su mano. Vale aclarar que en el contexto de esta página la palabra “codo” significa “con claro sesgo político y escaso criterio jurídico”.

En efecto, sobran razones para no aceptar la interpretación de “irretroactividad” que el TC hace en la aclaración y ampliación de marras. En principio, porque el análisis literal de las normas que regulan la irretroactividad de las declaraciones de inconstitucionalidad del TC autorizan una interpretación contraria. Así, el artículo 278 de la Constitución establece que esa declaratoria “no tendrá efecto retroactivo” lo que concuerda con el artículo 22 de la Ley de Control Constitucional (LCC) que amplía ese postulado y expresa que “no [se] afectar[án] las situaciones jurídicas surgidas al amparo de tales normas y antes de la declaratoria de su inconstitucionalidad”. Una interpretación lógica de esas normas impediría, por supuesto, que a partir de esta Resolución Nº 002-2005-TC se reclame por la pasada aplicación de una detención en firme que haya sucedido en el ínterin entre la vigencia de la Ley Nº 101-2003 que creó la detención en firme y la Resolución del TC que declaró su inconstitucionalidad, porque en ese caso sí se trata de una situación jurídica que aconteció (porque concluyó el proceso con la condena o la absolución) antes de la Resolución en cuestión. Pero no es este, claramente, el caso de las detenciones en firme que se mantienen en vigor, las cuales no se encuadran en el presupuesto del artículo 22 LCC (“y antes”) porque estas se mantienen vigentes durante la declaratoria de inconstitucionalidad del TC y, al borrar este la detención en firme del sistema jurídico ecuatoriano, necesariamente debe invalidar las detenciones de esta mala índole que se mantuvieran en vigor al momento de la Resolución.

Peor aún, el TC soslayó su obligación de “asegurar la eficacia de las normas constitucionales en especial de los derechos y garantías establecidos en favor de las personas” (art. 1 LCC) porque en su aclaración y ampliación no realizó la necesaria ponderación de los derechos en juego en virtud de que omitió el análisis de los derechos consagrados en el artículo 23 numerales 4 y 27 y artículo 24 numerales 7 y 8 y de los principios de interpretación constantes en los artículos 3 numeral 2, 16 y 18 de la Constitución.

Esta pobreza de análisis del TC solo provoca que, en definitiva, en materia penitenciaria y de garantías individuales, este país marche de mal en peor, pasando de la aberrante detención en firme a la patética detención en fraude: en fraude a la ley, a la Constitución, y al Estado social de Derecho que el TC supone respetar.