Leer el Acta del 10 de agosto

10 de agosto de 2026

En su primera línea, el Acta del 10 de agosto de 1809 afirma que unos “diputados del pueblo”, invocando “las presentes críticas circunstancias de la nación” (debe entenderse que se trata de la nación española, atacada por los franceses) declaran la cesación de funciones de los “magistrados actuales de esta capital y sus provincias”. Esto significa que ocurrió un efectivo golpe de Estado en el territorio de la Gobernación de Quito.

Porque, acto seguido, el Acta describe que son electores de seis barrios de la capital quienes han nombrado a los integrantes de la Junta Suprema que se instituye ese día en reemplazo de aquellos “magistrados actuales” que fueron cesados en funciones. Intervienen treinta y cinco electores (que son los firmantes de esta Acta) para nombrar a siete representantes. Cuatro de los siete son parte de la nobleza (marquesados de Selva Alegre, Solanda, Villa Orellana y Miraflores). La Junta nombra a uno de estos nobles (Selva Alegre, AKA Merry Jungle) como su Presidente, con el título de “Alteza Serenísima” y un sueldo de seis mil pesos (un escándalo de sueldo). Con razón, decía John Horace Parry que la revolución de Quito fue obra de magnates.

El Acta dice que se procurará atraer a representantes de las provincias de “Guayaquil, Popayán, Pasto, Barbacoas y Panamá, que ahora dependen de los Virreinatos de Lima y Santa Fe”, para conformar la Junta Suprema. Así, Quito se propuso como una alternativa para la administración de estos amplios territorios, con ella a la cabeza. Es notable la ausencia de Cuenca en su planteamiento, pero entendible porque Quito siempre miró al Norte, hasta que la obligaron a mirar al Sur después de la derrota de 1832.

Dice el Acta claramente que la Junta Suprema se instituye para gobernar “interinamente a nombre y como representante de nuestro legítimo soberano, el señor don Fernando Séptimo, y mientras su Magestad recupere la Península o viniere a imperar en América”. La Junta tiene el tratamiento de “Magestad” por representar a la voluntad real y debe prestar un “juramento solemne de obediencia y fidelidad al Rey en la catedral inmediatamente y lo hará prestar a todos los cuerpos constituidos así eclesiásticos como seculares”. La Junta es una celosa defensora del Reino, que se compromete a sostener “la pureza de la religión, los derechos del Rey y los de la Patria”, que no es otra que España.

La Junta también es una guerrera que se compromete a hacer una “guerra mortal a todos sus enemigos, principalmente franceses, valiéndose de cuantos medios y arbitrios honestos le sugiriesen el valor y la prudencia para lograr el triunfo”. Y en seguida se propone organizar una “falange compuesta de tres batallones de infantería”, porque se necesitaba “una fuerza militar competente para mantener el Reino”. Con España en el corazón.

Pero con un ojo en el botín. A continuación, en el Acta se nombra a varios funcionarios, con títulos rimbombantes y jugosos sueldos. La siguiente tabla describe todos los nombramientos de autoridades para una Junta Suprema con título de “Magestad” y para un Senado con título de “Alteza” y para otros cargos, con los títulos y sueldos constantes en el Acta:

Tabla de nombramientos, títulos y sueldos otorgados a los varones constantes en el Acta del 10 de agosto

Varones

Nombramiento

Título

Sueldo anual

Marqués de Selva Alegre

Presidente de la Junta Suprema

Elegido por el barrio del Centro

Alteza serenísima

6.000 pesos

Marqués de Solanda

Miembro de la Junta Suprema

Elegido por el barrio del Centro

Excelencia

2.000 pesos

Manuel Zambrano

Miembro de la Junta Suprema

Elegido por el barrio de San Sebastián

Excelencia

2.000 pesos

Marqués de Villa Orellana

Miembro de la Junta Suprema

Elegido por el barrio de San Roque

Excelencia

2.000 pesos

Manuel Larrea

Miembro de la Junta Suprema

Elegido por el barrio de San Blas

Excelencia

2.000 pesos

Marqués de Miraflores

Miembro de la Junta Suprema

Elegido por el barrio de Santa Bárbara

Excelencia

2.000 pesos

Manuel Matheu

Miembro de la Junta Suprema 

Elegido por el barrio de San Marcos

Excelencia

2.000 pesos

Juan de Dios Morales

Miembro de la Junta Suprema

Ministro de Negocios Extranjeros y de la Guerra

Excelencia

2.000 pesos

Manuel Quiroga

Miembro de la Junta Suprema

Ministro de Gracia y Justicia

Excelencia

2.000 pesos

Juan de Larrea

Miembro de la Junta Suprema

Ministro de Hacienda

Excelencia

2.000 pesos

Vicente Álvarez

Miembro de la Junta Suprema

Secretario particular

Señoría

1.000 pesos

Juan Salinas

Jefe de la Falange con rango de coronel

NS/NC

NS/NC

Juan Pablo Arenas

Auditor de guerra, con honores de teniente coronel

Señoría

1.500 pesos

José Javier Ascázubi

Gobernador de la Sala de lo Civil del Senado

Usía Ilustrísima

2.000 pesos

Pedro Jacinto Escobar

Ministro del Senado

Señoría

1.500 pesos

José Salvador

Ministro del Senado

Señoría

1.500 pesos

Ignacio Tenorio

Ministro del Senado

Señoría

1.500 pesos

Bernardo León

Ministro del Senado

Señoría

1.500 pesos

Mariano Merizalde

Fiscal de la Sala de lo Civil

NS/NC

NS/NC

Felipe Fuertes Amar

Regente de la Sala de lo Criminal

Señoría

2.000 pesos

Luis Quijano

Ministro del Senado

Señoría

1.500 pesos

José del Corral

Ministro del Senado

Señoría

1.500 pesos

Víctor de San Miguel

Ministro del Senado

Señoría

1.500 pesos

Salvador Murgueitio

Ministro del Senado

Señoría

1.500 pesos

Francisco Javier de Salazar

Fiscal de la Sala de lo Criminal del Senado

NS/NC

NS/NC

Tomás Arechaga

Protector General de Indios

Señoría

1.500 pesos

Antonio Solano de la Sala

Alguacil Mayor

Conserva su tratamiento anterior

Conserva su sueldo anterior


Al final, el Acta se pone represiva y amenaza con dos sanciones. La primera: si uno de los sujetos nombrados por el Acta decide renunciar a su encargo “sin justa y legítima causa”, se podrá admitir su renuncia pero quedará “excluido para siempre de todo empleo público”. La segunda: si alguno disputare la legitimidad de la Junta Suprema, “tendrá toda la libertad, bajo la salvaguardia de las leyes, de presentar por escrito sus fundamentos y una vez que se declaren fútiles, ratificada que sea la autoridad que le es conferida, se le intimará a prestar obediencia, lo que no haciendo se lo tendrá y tratará como reo de Estado”. Tiene toda la libertad, pero sólo para hacer caso (?).

Después de esta emergencia de un gobierno represivo si se desafía sus decisiones o se disputa su legitimidad, el Acta cierra con la firma de los treinta y cinco electores de los barrios. 

En total, en el Acta del 10 de agosto de 1809 se expidieron un total de 27 cargos, a los que correspondieron 23 títulos (una Alteza Serenísima, una Usía Ilustrísima, nueve Excelencias y doce Señorías) y se les asignaron un monto total de 44.000 pesos en calidad de sueldos. Y si hemos de creer al historiador ibarreño Ayala Mora, su actuación como revolucionarios estuvo teñida por la corrupción: “Los protagonistas del proceso fueron poderosos latifundistas, para cuyo manejo político la burocracia española era un impedimento. Una vez instalados en el mando, suprimieron las contribuciones de los blancos, manteniendo las de los indios, e hicieron desaparecer la constancia de las cuantiosas deudas que habían contraído con la Corona por compra de tierras. Los notables criollos fueron los usufructuarios de la libertad” (Ayala Mora, Enrique, ‘Resumen de historia del Ecuador’, Corporación Editora Nacional, Quito, 2008 [Tercera edición]). Según Ayala Mora no fue tanto una revolución de magnates como decía Parry, como de magnates y pillos.

En cualquier caso, una lectura atenta del Acta del 10 de agosto de 1809 evidencia un gusto por los fastos de la monarquía y una idealización del rol de Quito como defensora de un reino europeo. Este documento dice todo lo contrario de aquello en lo que se ha convertido de manera oficial a este acontecimiento, porque de independencia del Reino de España, no hay nada.

Una capital diferencia

7 de agosto de 2026

            Publicado en diario Expreso el viernes 7 de agosto de 2026.

Quiero destacar una capital diferencia entre dos fechas muy importantes para la historia del Ecuador: el 10 de agosto de 1809 y el 9 de octubre de 1820.

La diferencia: a partir del 10 de agosto en Quito se luchó contra las demás provincias de la Audiencia de Quito, mientras que a partir del 9 de octubre en Guayaquil se luchó a favor de las demás provincias de la Audiencia de Quito. Es justo lo opuesto.

La lucha de Quito en contra de las demás provincias era para que se reconozca su primacía administrativa en el ámbito de la Audiencia de Quito, es decir, que las autoridades de Popayán, Cuenca y Guayaquil se sujeten a las decisiones de las autoridades quiteñas. Quiso dejar de ser una audiencia subordinada: este movimiento fue de corte autonomista, a fin de romper la sujeción de Quito a una audiencia superior situada en la capital de un virreinato y empezar a comportarse como una capitanía general del Reino de España, a la manera de Guatemala, Venezuela y Chile.

La lucha de Quito se hizo contra los franceses, en defensa del rey español Fernando VII, cautivo en Valençay. Para los quiteños, la lucha contra el “Tirano de Europa” (así llamaban a Napoleón) debía tener un carácter continental, orientado “al individuo objeto de morir por Dios, por el Rey y la patria. Esta es nuestra divisa, esta será también la gloriosa herencia que dejemos a nuestra posterioridad”, como se puede leer en la proclama firmada en Quito y dirigida a los pueblos de América, del 16 de agosto de 1809. La posterioridad recuerda el 10 de agosto de 1809 como una lucha contra los españoles, que no lo fue.  

La lucha de Quito para imponer su primacía dentro de una porción del Reino de España terminó en un rotundo fracaso. Ni Popayán, ni Cuenca, ni Guayaquil, consintieron su idea. Todo lo contrario: resistieron, rechazando a sus emisarios y haciéndole la guerra. Pronto (fueron 76 días de un gobierno presidido por una “Alteza Serenísima” en defensa de su rey y “señor natural”), el 24 de octubre de 1809, Quito claudicó. 

El 9 de octubre de 1820 es diferente, porque fue una lucha por la independencia y por el cambio a un régimen republicano y electivo, que marcó el inicio de la lucha de Guayaquil por independizar a sus provincias vecinas del yugo de los españoles. A raíz de su independencia, Guayaquil constituyó una milicia para luchar por la libertad de otros. Su lucha sí fue contra los españoles, sin nombres rimbombantes y con el apoyo de un pueblo reunido en el cabildo abierto que se convocó la mañana del 9 de octubre (el 10 de agosto se hizo prescindiendo del cabildo quiteño). 

La lucha que emprendió Guayaquil por la libertad de sus provincias vecinas se fundió en un gran empeño colectivo, con fuerzas del Norte y del Sur, que fue coronado por el éxito en 1824, año que marcó la expulsión de los españoles de sus dominios conquistados el siglo XVI. El gran cantor de esta gesta fue un guayaquileño, José Joaquín Olmedo.

Unos años antes, en 1822, se había independizado a Quito de España. En Guayaquil, apenas se conoció la noticia del triunfo en Pichincha, se mandó a publicar un bando que avisaba del magno hecho a la población: “Guayaquileños: Quito es ya libre: vuestros votos están cumplidos”.