En la novela ‘El Chulla
Romero y Flores’ de Jorge Icaza (1906-1978) hay un fragmento en el que de
pasada se describe cómo opera, la más de las veces, la prensa comercial. Es un
diálogo entre un personaje anónimo (el que empieza el diálogo transcrito) y el
personaje principal, el chullita Luis Alfonso Romero y Flores:
-
“¿Rectificar? ¿Qué vale un pobre hombre de la calle, solo, jodido?
- Pero
la verdad…
- ¿Qué les
importa? La única verdad que les importan es la de sus intereses.
- Usted
puede –continúo el mozo dando esperanzas de otros caminos a su interlocutor.
-No hay
caso. Estamos atrapados en una red invisible de codicia que se conecta en las
altas esferas.
- Sin
embargo…
-
Atrapados. Y tenemos que aceptar lo inaceptable y atenernos a lo que nos
otorguen o nos hagan.
En la época en que Icaza
escribió esta novela (1958) no existía el derecho de rectificación ante los
errores o abusos de la prensa (1).
Esto ha cambiado: el derecho de rectificación se ha incorporado a las
constituciones de manera ininterrumpida desde 1967. Lo que no ha cambiado son
los silencios de la prensa, el hecho de que “la única verdad que les importa es
la de sus intereses”:
Ni el
lunes, ni el martes, ni el miércoles, ni nunca, apareció en la prensa la
pequeña verdad del mozo. Después, mucho después, supo que el silencio –celo
patriótico en defensa del prestigio nacional e internacional del país- había
tenido su precio. Precio que no cobró él. Precio que cobraron los
intermediarios y dueños de la libertad de expresión (2).
Tras la lectura de este
fragmento, viene fácil a la memoria aquel reconocimiento expreso que hizo quien
fue dueño y director de diario El universo, Carlos Pérez Perasso (1935-2002)
acerca del rol desempeñado por la prensa en Ecuador: “La prensa ha callado y ha
sido cómplice de cosas muy graves” (3).
Esta última actitud ha cambiado poco. Tengo la convicción de que en un futuro
no muy lejano, cuando pase este aciago período socialcristiano de mansedumbre cívica y
docilidad periodística, cuando emerja una ciudadanía responsable y crítica, en
Guayaquil abundarán los testimonios sobre estos silencios y complicidades.
(1)
La primera vez que se incorporó el derecho de rectificación en la Constitución
fue, de hecho, antes de la publicación de esta novela. La Constitución de 1945, en su artículo
141 numeral 10, sexto inciso, establecía: “Toda persona natural o jurídica
tiene derecho, en la forma que la ley determine, a la rectificación gratuita de
las aseveraciones o imputaciones falsas o calumniosas hechas por la prensa, por
la radio o por cualquier otro medio de publicidad. Esta rectificación deberá
hacerse en el mismo órgano en que se hicieron las imputaciones”. La Asamblea
Nacional Constituyente, presidida por el liberal Francisco Arízaga Luque (1900-1964)
y cuyos vicepresidentes fueron el socialista Manuel Agustín Aguirre y el conservador Manuel Elicio Flor, aprobó esta Constitución en Quito el 5 de
marzo de 1945, que se publicó al día siguiente en el Registro Oficial No 228. Sin
embargo, la duración de este nuevo derecho fue fugaz, puesto que esta
Constitución duró apenas un año y pocos días porque fue desconocida por José
María Velasco Ibarra (1893-1979) tras el golpe de Estado que dio el 30 de marzo
de 1946. Una nueva Asamblea Nacional Constituyente, convocada por el dictador
Velasco, reemplazó esta Constitución por otra (la décimo quinta de nuestra
historia constitucional) el 31 de diciembre del año 1946. En esta nueva
Constitución se eliminó el derecho de rectificación que se había establecido en
la Constitución anterior. Este derecho volvió a establecerse en la Constitución
siguiente, la del año 1967, cuyo artículo 28 numeral 5, inciso quinto, disponía
lo siguiente: “Toda persona natural o jurídica tiene derecho, con arreglo a la
ley, a la rectificación gratuita de las aseveraciones o imputaciones falsas o
calumniosas hechas por los medios de comunicación colectiva”. En 1958, en todo
caso, el derecho a la rectificación era inexistente.
(2) Icaza,
Jorge, ‘El Chulla Romero y Flores’,
Editorial El Conejo, Quito, 1986 [Primera Edición, 1958], pp. 98-99.
(3) ‘La prensa, según Carlos Pérez’, Xavier Flores Aguirre, 5 de marzo de 2012.
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