¿Igualdad o proporcionalidad?

26 de agosto de 2022

 

Publicado en diario Expreso el 26 de agosto de 2022.

 

En el Congreso Constituyente de 1830 que creó el Estado del Ecuador se discutió la respuesta a la pregunta que titula esta columna. Los representantes de los departamentos de Azuay, Guayaquil y Quito se juntaron en Riobamba a decidir el sistema político que iba a regir sus relaciones. Un punto que ellos resolvieron fue si la representación política se la debía hacer de manera proporcional a la población de los departamentos, en cuyo caso el departamento de Quito tendría una mayoría de representantes frente a los otros dos, o si se la debía hacer de manera igualitaria.

 

El diputado guayaquileño José Joaquín de Olmedo defendió en ese Congreso Constituyente la igualdad de la representación de los tres departamentos que integraron el Estado del Ecuador (las antiguas provincias españolas de Cuenca, Guayaquil y Quito). En la sesión del 31 de agosto de 1830, frente a la posición quiteña de que el cálculo del número de representantes debía hacerse en función de la población de cada departamento, Olmedo retrucó que debía optarse por una representación igualitaria, explicando: ‘la diferencia que había entre provincias que están sujetas á una autoridad, y que unidas forman un cuerpo político, y entre otras secciones que por circunstancias improvisas quedan en una independencia accidental; que en el primer caso, era desde luego indispensable arreglar la Representación Nacional á la población, bajo una ley establecida; pero no así en el segundo, pues las secciones independientes podían reunirse muy bien con la representación igual, ó bajo los pactos convencionales que se estipulasen para la unión’.

 

Este discurso del diputado Olmedo implicaba que ningún departamento ejercía dominio sobre otro. La única vez que, durante el tiempo del gobierno español, una provincia quiso imponerse a las otras dos, fue sometida de manera ultra-violenta: le ocurrió a Quito, con la masacre del 2 de agosto de 1810 incluida.

 

En el discurso de Olmedo y en la práctica, cada antigua provincia era una entidad independiente. Y si se reunía una con otras para componer una entidad mayor, ello ocurría por mera conveniencia. Su representación podría ser igualitaria, o ser la que se estipulase para la ocasión. En el Congreso Constituyente de 1830 (en perjuicio de la abrumadora mayoría de habitantes del departamento de Quito) los representantes de Azuay y Guayaquil estipularon que la representación sea igualitaria, a razón de 10 diputados por departamento.

 

E igualitaria quedó por más de treinta años y seis Constituciones. En todas ellas se hizo referencia a ‘los antiguos departamentos’ para el cálculo de la representación política (salvo en 1843 que se utilizó la denominación ‘Distritos’). Así, 5 senadores y 8 representantes por departamento en la Constitución de 1835, 9 senadores y 10 representantes por distrito en la de 1843, 6 senadores y 10 representantes por departamento en la de 1845, 14 representantes por departamento en la de 1851, y 6 senadores y 10 representantes por departamento en la de 1852.  

 

Hasta que en 1861 la séptima Constitución y una nueva ley electoral cambiaron la representación política del Ecuador a una proporcional al número de habitantes de cada provincia.

1 comentarios:

Anónimo dijo...

me parece que la representacion igualitaria es la mejor opcion xq es una asamblea o congreso nacional (todos los nacionales sin distincion numeraria) ademas para repartir recursos por habitantes con leyes y reglamentos dedicados es suficiente (el cootad y otros) en eeuu tienen la house (que es proporcional) pero el senate (igualitario)