Publicado en diario Expreso el viernes 15 de mayo de 2026.
El año 2011, el Presidente Rafael Correa decidió demandar a diario El Universo por una columna de opinión. Ese mismo año, con algunos amigos y (en retrospectiva) un canalla, fundé un medio de comunicación digital que se llamó Gkillcity.
En Gkillcity escribí un artículo que se tituló “El papelón”: una sólida argumentación, basada en normas y jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, para concluir que este asunto se iba a resolver en el Sistema Interamericano (Comisión o Corte) en contra del Estado del Ecuador. Es lo que suele suceder, en un Ecuador en el que hablar de “sistema de justicia” es una broma de mal gusto.
El tiempo me dio la razón. El caso de Correa vs. El Universo llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y, el año 2021, este tribunal condenó al Estado del Ecuador.
La persecución a un medio de comunicación el año 2011 utilizó el sistema judicial. Quince años después, las herramientas que usa el Poder Ejecutivo para perseguir a un medio de comunicación son otras, pero las consecuencias serán las mismas.
El año 2026, el Poder Ejecutivo opera de una forma opaca y utiliza órganos administrativos, obscenamente sometidos y dispuestos a complacer los caprichos del Poder Ejecutivo. Con esta fórmula ladina y artera, a través de los abusos de una Superintendencia, se quiere tomar el control societario de la empresa Granasa, casa editorial de los diarios Expreso y Extra.
Será un nuevo papelón. En su artículo 13 numeral 3, la Convención Americana sobre Derechos Humanos prohíbe las restricciones de la libertad de expresión por vías o medios indirectos. Entonces, de persistir en su retahíla de abusos, la consecuencia de estas actuaciones del Poder Ejecutivo será otra condena internacional para el Estado ecuatoriano.
Para la interpretación del artículo 13 de la Convención Americana, en el marco de la OEA se adoptó la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión, cuyo principio 13 deja en claro que, “la utilización del poder del Estado (…) con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atenta contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidos por la ley. (…) Presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión”.
Es decir, esta vez es Noboa vs. Granasa. Es el Estado tropezando una vez más con la misma piedra de abusos contra los medios de comunicación.
En lo que hay de distinto: por el proceder opaco y artero del Poder Ejecutivo, hay miedo. El año 2011, la sociedad ecuatoriana protestó por Correa vs. El Universo. Quince años después, la sociedad ecuatoriana guarda un ominoso silencio frente a Noboa vs. Granasa.
El mismo abuso, similares papelones ante la justicia internacional, pero ahora se ha instalado el miedo en la sociedad y hoy se guarda un “silencio bastante parecido a la estupidez” (frase inscrita en la proclama de la Junta Tuitiva de la Paz del 16 de julio de 1809, frente a los abusos de los españoles). Enmudecernos: ese es uno de los pilares para asentar una autocracia.
Publicado originalmente en la edición No 104 de GkillCity.com. No les reprocho a los que se oponen al matrimonio igualitario el que
sostengan sus ideas. Tengo la convicción de que tienen el pleno derecho a
defenderlas. Creo que es posible que no hayan tenido oportunidad todavía de
contrastar sus creencias construidas a
priori; creo que si llegaran a hacerlo, en un ambiente en el que realidades
antes ocultas comenzaran a visibilizarse, esas personas podrían cambiar de
opinión.
Pero con quienes sí cabe el reproche es con los periodistas de los
medios de comunicación social que cuando entrevistan a opositores del
matrimonio igualitario son incapaces de tomar distancia crítica con el discurso
de su entrevistado y de contrastarlo con información relevante.
Tal fue el caso de Estéfani Espín, de Ecuavisa, en la edición de
Contacto Directo del jueves 16 de mayo en la que entrevistó a Isabel María
Salazar, vocera del movimiento 14 millones. El caso de Espín es un síntoma; la
práctica es generalizada. En los temas que resultan conflictivos con la moral
religiosa dominante de cuño católico, el nivel de respeto de los
entrevistadores por el derecho a la información de su público desciende de
manera escandalosa. De la entrevista de Espín a Salazar, tomaré fragmentos y
haré unos comentarios para ilustrar esta idea.
Opinión de Salazar: “Ya. Efectivamente, creemos que se están dando algunas situaciones, que
como bien conocemos todos los ecuatorianos, no solamente son a nivel nacional,
sino es una agenda más bien internacional, y vemos que está muy bien
financiada”. (1:14 – 1:27)
Pregunta de Espín: …
Pregunta de Espín Si Se Tomaba En Serio Su Oficio: ¿Quién financia esa agenda internacional?
Comentario: Pregunta de mínima diligencia en la búsqueda de información.
OS: “… son agendas
extranjeras que no coinciden con la realidad ecuatoriana, que no coinciden con
nuestra identidad nacional, con los valores propios que tenemos las familias
ecuatorianas”. (1:36 – 1:48)
PE: …
PESSTESSO: ¿Cuáles son esos “valores propios” de las familias del Ecuador?
Comentario: Salazar habla de “valores propios” de “las familias ecuatorianas” que no
son coincidentes con supuestas “agendas extranjeras”, pero no menciona ni
cuáles son esos valores ni cuáles son esas agendas. Espín, sin embargo, no la
cuestiona nunca. Ante ese orden de ideas, la pregunta de interés en una
sociedad democrática sería, ¿pueden esos supuestos “valores propios” aceptar la
diversidad, la existencia de otros valores? Pero Espín está lejos de
formularla.
OS: “… que
estas reformas, además, han sido reformas sociales que han fracasado en otros
países, y los ecuatorianos no tenemos nada que replicar, nada que repetir”.
(1:55 – 2:04)
PE: …
PESSTESSO: ¿En qué países han fracasado estas reformas?
Comentario: Salazar hace otra afirmación sin evidencia alguna. Pero Espín ni se
inmuta: le mienten en la cara, pero ella ni enterada. Desde el primer país en
aprobar el matrimonio igualitario (Holanda, abril del 2001) hasta la fecha en
que se escribe este texto, quince países en el mundo han aprobado esa
legislación. En algunos casos (el más famoso, el de California y la proposición
8) han existido retrocesos, pero ninguno que merezca llamarse fracaso. Pero por
la incapacidad de Espín para contrastar la información, esa información falsa
se difunde a su público televidente.
OS: “Creemos
que la familia, o el matrimonio heterosexual, no puede ser equiparada a ningún
otro tipo de relación, y no porque estemos a favor o en contra de ninguna
persona específicamente, de ningún grupo, sino más bien porque queremos
promocionar lo bello, lo hermoso, lo positivo, lo justo, que es justamente esta
complementación entre hombre y mujer, y que es la que construye la sociedad, la
única relación que puede generar, regenerar”. (2:09 – 2:38)
PE: Bueno. Precisamente
nuestra Constitución sostiene en su artículo 67 cuando habla sobre la familia,
sus tipos y el matrimonio, que se reconocerá a la familia en sus diversos
tipos, que el matrimonio es la unión entre hombre y mujer que se fundará en el
libre consentimiento de las personas contrayentes y en igualdad de derechos,
obligaciones y capacidad legal. Pero los grupos GLBTI, por ejemplo, dicen que
eso responde a que ha habido una concepción originalista y antigua, porque ha
sido de hace miles años, pero que ya hay que replantearlo y hay que adaptarlo a
las nuevas sociedades, que la unión entre mujer y hombre es un tipo de familia,
y que la Constitución reconoce otros tipos de familia, y que por ende, hombre
con otro hombre, ¿tienen derecho a contraer matrimonio?”.
PESSTESSO: ¿Por qué para promover algo tan “hermoso” se requiere discriminar a
otros?
Comentario: La pregunta de Espín es burda de complaciente. Tan turra, que parece
hecha por Pinoargote.
OS: “Ya. A
ver, ¿qué significa matrimonio? La palabra matrimonio viene de mater, ¿no es
cierto?, que es madre, y la siguiente parte monium, eh, nuncium, que tiene
relación al cuidado, es decir, a la mujer que es madre, que tiene hijos y el varón
le cuida, le protege. ¡Esto es algo hermoso!”. (3:27 – 3:46)
PE: …
PESSTESSO: Perdón, pero si los derechos se determinaran por la etimología, en razón
del término “patrimonio” las mujeres no podríamos tener ni administrar bienes,
pues solamente los varones (por aplicación del término “pater”) estarían
“etimológicamente” capacitados para hacerlo. Entonces, ¿por qué atarnos a la
etimología para la determinación de derechos?
Comentario: Tal vez esta indagación etimológica sea demasiado exhaustiva para Espín
y su equipo de Contacto Directo. No nos compliquemos tanto.
OS: “Yo creo
que todos los ecuatorianos estamos de acuerdo, sin distinción de credo, que, la
mejor alternativa para educar a los hijos es una unión estable del varón y la
mujer, y esto es lo que tiene que proteger el Estado”. (4:11 – 4:24).
PE: En ese mismo sentido,
¿cómo podría incidir estos cambios en el tema de la adopción, blablablá…
PESSTESSO: ¿Qué opinión le merece la sentencia de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos en el caso Atala Riffo c. Chile,
que textualmente dice: “El interés superior del niño no puede ser utilizado
para amparar la discriminación en contra de la madre o el padre por la
orientación sexual de cualquiera de ellos. De este modo, el juzgador no puede
tomar en consideración esta condición social como elemento para decidir sobre
una tuición o custodia”?
Comentario: Si sentencias de la Corte Interamericana se han utilizado en Contacto
Directo para formular preguntas a otros entrevistados (p. ej., en materia de
libertad de expresión) resulta un requerimiento de equidad el que se las
utilice para este caso, para el que existe una sentencia tan pertinente. Habría
sido interesante, además, que Espín le pregunte a Salazar si la Corte
Interamericana también forma parte de esa supuesta “agenda internacional”
(recuérdese que tiene sede en Costa Rica) que tanto se esfuerza en denunciar.
OS: “… veamos
las consecuencias en aquellas sociedades donde se ha legislado en contra de la
unidad familiar”. (10:00 – 10:06)
PE: …
PESSTESSO: ¿Cuáles han sido esas consecuencias y en qué sociedades se han
registrado?
Comentario: Si Espín habría formulado esta pregunta, Salazar no tendría qué responderle.
Catorce de los quince países que han aprobado el matrimonio igualitario (la
única excepción es Sudáfrica) tienen entre muy altos y altos índices de desarrollo
humano; siete de ellos se encuentran, incluso, entre los quince primeros países
en materia de desarrollo humano a nivel mundial. Ninguno ha registrado
consecuencias negativas asociadas a tal aprobación.
Es un hecho que el miedo se alimenta de la
ignorancia; si Espín cumpliera su oficio con un mínimo de responsabilidad,
contribuiría a disipar la ignorancia a través de la exigencia de precisiones,
no a perpetuarla con su silencio cómplice.
Pero así siguió, durante casi 15 minutos. Espín cerró: “Y esa es la
postura de Isabel María Salazar, nos quedamos sin tiempo…”. Espín formuló seis
preguntas, pero nunca un cuestionamiento. Fue un fluido diálogo entre dos
personas que estaban, desde el principio, de acuerdo en todo. No fue una
entrevista, fue un publirreportaje.
Es razonable esperar que los periodistas tengan
una actitud menos complaciente en sus entrevistas. Hay base jurídica relevante
para ello: la Corte Interamericana de Derechos Humanos, intérprete autorizada
de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el caso Kimel c. Argentina,
relativo a la detención de un periodista por divulgar sus investigaciones sobre
el comportamiento de un juez durante el período de la dictadura militar,
declaró lo siguiente sobre el rol del periodismo:
“El Tribunal considera que existe un deber del periodista de constatar en
forma razonable, aunque no necesariamente exhaustiva, los hechos en que
fundamenta sus opiniones. Es decir, resulta válido reclamar equidad y
diligencia en la confrontación de las fuentes y la búsqueda de información. Esto
implica el derecho de las personas a no recibir una versión manipulada de los
hechos. En consecuencia, los periodistas tienen el deber de tomar alguna
distancia crítica respecto a sus fuentes y contrastarlas con otros datos
relevantes” (Párr. 79).
Gran parte de la
responsabilidad de que la discriminación a las personas homosexuales se admita
todavía en nuestros tiempos le pertenece a los periodistas incapaces de
defender los avances del conocimiento científico y los principios básicos de
igualdad propios de una sociedad democrática.