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La CGE no puede destituirlo a Tuárez
2 de julio de 2019
Hagámonos cargo del reciente
y celebrado caso de evolución constitucional: hoy, en este país, resulta claro que
el “control de convencionalidad” incluye a las resoluciones de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, en la medida en que nuestra Corte Constitucional
declaró en la Sentencia No 11-18-CN/19 que dicho control de
convencionalidad “debe hacerse tomando en cuenta lo expresado en el texto como
lo resuelto en casos o interpretaciones de los tratados realizado por los
órganos de supervisión del tratado”*.
Porque siendo así, la
Contraloría General del Estado no puede destituir a una autoridad electa por
votación popular, pues así lo resolvió la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos en el Informe de Fondo No 130/17. La Comisión Interamericana hizo,
en esa ocasión, un juicio de proporcionalidad, mismo que debería resultar a
prueba de imbéciles:
“… la
sanción de destitución e inhabilitación de un funcionario de elección popular
por infracciones meramente administrativas que no constituyen delitos, no
satisface el estándar de proporcionalidad estricta en tanto el grado de
afectación que tiene en los derechos políticos tanto de la persona destituida e
inhabilitada como de la sociedad en su conjunto, es especialmente intenso,
frente a un mediano logro de garantizar la idoneidad de las personas para
ejercer la función pública cuando estos pudieron haber cometido infracciones
administrativas que si bien pueden revestir cierta gravedad, al no llegar a la
entidad de un delito, no logra justificar la afectación intensa a los derechos
políticos” (Párr. 122).
Lo que hace la CIDH en
esta resolución es tomarse a la democracia en serio, por lo que destituir a una
autoridad elegida por votación popular se debe tomar en serio también:
“La CIDH
considera que el derecho a ser elegido a un cargo de elección popular, así como
a completar el respectivo mandato, constituye uno de los atributos esenciales
que integran los derechos políticos, por lo que las restricciones a dicho
derecho deben estar encaminadas a proteger bienes jurídicos fundamentales, por
lo que deben ser analizadas cuidadosamente y bajo un escrutinio riguroso. En un
caso como el presente, de una persona elegida a un cargo de elección popular,
debe tomarse en cuenta que una restricción al derecho al sufragio activo
mediante destitución e inhabilitación, puede afectar no solamente a la persona
en cuestión sino también a la libre expresión de la voluntad de los electores a
través del sufragio universal. De esta manera, una restricción arbitraria de
los derechos políticos que impacte en el derecho de una persona a ser elegida
popularmente y a terminar su mandato, no afecta únicamente los derechos
políticos de la persona en cuestión, sino que implica una afectación en la
dimensión colectiva de dichos derechos y, en suma, tiene la virtualidad de
incidir significativamente en el juego democrático” (Párr. 117).
Realmente esta
interpretación de la CIDH maximiza los derechos políticos de la autoridad
electa por votación popular José Carlos Tuárez, por lo que se debe impedir que
una autoridad de elección popular (962.046 votos que lo respaldan) sea destituida
por otra autoridad, quien por muy Contralor y tal, es simplemente un fulano
elegido a dedo por el poder político y, en el caso del actual, sostenido a pesar
de su origen espurio y de graves sospechas (250.000 dólares que lo acusan)¶.
La razón por la que debe
estar impedida esta autoridad no electa de destituir a una autoridad electa por
votación popular es porque su intervención afectaría, como lo dice claramente la
CIDH, “el juego democrático”. Y el Ecuador es un Estado que se ha comprometido,
por el artículo 1 de su Constitución, a ser un Estado “democrático”, por ende
respetuoso de las decisiones de su pueblo como la de elegirlo a José Carlos
Tuárez con casi un millón de votos.
Pues así como Love wins, también la voluntad popular,
¿no?§
* Esto,
después de mencionar en el mismo párrafo a la “CIDH y la Corte IDH” (Párr. 274),
entre los órganos que interpretan los tratados internacionales de derechos
humanos.
¶
Ecuador es un país raro, en el que los segundos a bordo de instituciones
corruptas, no son jamás sospechosos de corrupción. Pasa en el fútbol y en la
política: en la FEF, después de que el DELINCUENTE de Chiriboga se fue a cana,
su segundo a bordo, Carlos Villacís, lo reemplazó sin mayor drama (para luego
amarrar con el “Bolillo” Gómez). En la Contraloría sucede igual: se va Pólit
prófugo, pero es su segundo a bordo Pablo Celi quien lo reemplaza y a nadie se
le ocurre que él haya sabido de las pillerías del otro, ni aunque a su sobrino
“lejano” pero bien conectado lo hayan pillado en Miami con 250.000 dólares que
no ha podido justificar. Somos un sainete.
§ Pregunta
dirigida a la CC y a las autoridades del Gobierno del Señor Mojón at large.
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Etiquetas: Carlos Pólit, Carlos Villacís, CIDH, Contraloría General del Estado, Corte Constitucional, Ecuador, FEF, José Carlos Tuárez, Luis Chiriboga, Pablo Celi, Política
Villacís y una duda
21 de mayo de 2018
Carlos Villacís es el
incompetente a cargo de la FEF, desde que metieron preso al anterior pillo. A
este fulano le cupo el deshonor de que dos periodistas deportivos de opinión,
de sendos diarios de Guayaquil y Quito, lo hayan aclamado como Rey… El Rey
Midas del desastre, que aquello que toca (la selección con 12 puntos en las
eliminatorias, el torneo femenino, la transmisión televisiva del fútbol) lo
vuelve mierda.
Este es el artículo de Ricardo Vasconcellos, en el diario municipal de Guayaquil, El Universo.
Este es el artículo de Alejandro Rivadeneira, de diario El Comercio (diario mascota de Roditas, otro
superdotado de la incompetencia).
La duda: es difícil
discernir cuál de los dos artículos de opinión trapea más con este inepto.
Publicado por Xavier 0 comentarios
Etiquetas: Alejandro Rivadeneira, Carlos Villacís, Diario El Comercio, Diario El Universo, FEF, Fútbol, Fútbol ecuatoriano, Mauricio Rodas, Periodismo deportivo, Rey Midas, Ricardo Vasconcellos
La FEF, un pelado sabido
8 de mayo de 2018
Como dice Ricardo
Vasconcellos, la FEF vive una suerte de “minusvalía moral”. El anterior
jefe de la FEF fue preso, pero el resto de su equipo se mantiene intacto en el
poder. Es asombroso como en Ecuador se naturaliza
la corrupción, porque no hay nadie tan gil (creo) como para poder creerse que
TODA la corrupción que durante la larguísima dirección de Luis “Delincuente”
Chiriboga sucedió en la FEF, fue obra de un solo hombre, a espaldas de todos
los demás, todos ellos inocentes. TODA la corrupción, a manos de una ÚNICA
persona. Ya condenada, pasamos la página, a otra cosa.
Es que hay que ser un
imbécil para creérselo.
Pero tal vez haya que
serlo aún más para diseñar la estrategia jurídica de la FEF. El que reemplazó a
Luis “Delincuente” Chiriboga fue Carlos “Medidas Sustitutivas” Villacís, quien
no se va preso porque es demasiado viejo para eso. La razón por la que
merecería la cárcel es por su manejo opaco e irregular de los derechos de TV.
Cuando la justicia le ordenó a la FEF que haga un nuevo concurso, la FEF
cumplió, pero a su manera.
La belleza de la
estrategia jurídica de la FEF radicó en su simplicidad: cumplió con hacer el
nuevo concurso que la justicia le ordenó que haga, nada más que lo hizo para
una fecha distinta. Para el año 2028.
La FEF quiso pasarse de
sabida pero no hubo quien se tragara semejante rueda de molino. Y
de pasarse de sabida, pasó la FEF a hacerse mucho la cojuda. En el juicio que
le siguen a Carlos “Medidas Sustitutivas” Villacís por el desacato a la orden
judicial (porque su forma chambona de cumplir la orden equivalió a eso), la
defensa jurídica que esgrimió fue que se cumplió con lo ordenado “según sus
convicciones y el asesoramiento que ha tenido pero de forma diferente a lo que
el juez aspiraba”.
Ma-dre-de-Dios.
¿Dónde aprendieron derecho
los abogados de la FEF? ¿Leyendo cómics?
En resumen: la FEF ha actuado como
un peladito sabido, que comete travesuras y luego busca evadirse de su
responsabilidad con argumentos dignos de un mundo de fantasía. Y que, increíblemente
y contra todo asomo de sentido común, esperaba ganar.
Eso, en una caricatura de
un niño de 6 años como Calvin, es entendible.
Pero en profesionales del
derecho, es una auténtica vergüenza. Eso sí, justo es precisarlo, resulta una
condigna defensa para un elenco de “minusválidos morales”, que es (poco más o
menos) lo que representa la FEF por estos días.
Publicado por Xavier 0 comentarios
Etiquetas: Calvin & Hobbes, Caricatura, Carlos Villacís, Deporte, FEF, Fútbol, Fútbol ecuatoriano, Luis Chiriboga, Periodismo de opinión, Ricardo Vasconcellos
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