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El patrón de Lasso

24 de marzo de 2023

            Publicado en diario Expreso el viernes 24 de marzo de 2023.

La derrota que encajó el Presidente Lasso tras la consulta popular del 5 de febrero de 2023 siguió un patrón. Antes de la emergencia de Guillermo Lasso como representante de la derecha ecuatoriana en la Presidencia de la República, desde el retorno a la democracia en 1979, dos gobernantes de derecha, ya desgastados en su popularidad, hicieron una consulta al pueblo. Fueron Febres-Cordero y Durán Ballén. Ambos perdieron. Lasso es el tercero de esta lista. 

El primero de junio de 1986, a mitad del período de León Febres-Cordero, el Presidente le preguntó a sus mandantes lo siguiente: “Compatriota: ¿Quiere usted que los ciudadanos independientes tengan pleno derecho a ser elegidos sin necesidad de estar afiliados a partido político alguno, confirmando así la igualdad de todos los ecuatorianos ante la ley?”. 

El asunto preguntado era un reclamo social de la época y fue redactado con un claro sesgo (“confirmando así la igualdad”). A pesar de ello, el Presidente Febres-Cordero sufrió una grosera derrota: el Sí obtuvo 781.409 votos (24.96%) mientras que el No obtuvo 1.779.697 votos (56.85%). 

El 26 de noviembre de 1995, a menos de un año de concluir el gobierno de Sixto Durán-Ballén, el Presidente le preguntó a sus mandantes sobre varios temas: descentralización, derecho a escoger el régimen de seguridad social, distribución equitativa de recursos, prohibición de paralizar servicios públicos, disolución constitucional del Congreso Nacional por el Presidente de la República, elecciones distritales y uninominales y período legislativo de cuatro años, elección del presidente del Congreso Nacional cada dos años, reestructuración de la Función Judicial, eliminación de privilegios en el sector público y creación del Tribunal Constitucional y su regulación. 

Fueron un total de once preguntas. En todas y cada una de ellas ganó el No. El Sí siempre se mantuvo en la franja del 30% de los votos, mientras que el No se mantuvo en la franja del 40% de los votos. Fue una derrota contundente.

Febres-Cordero y Durán-Ballén tenían una baja popularidad al momento de hacer las consultas populares en 1986 y 1995, que funcionaron como una evaluación al gobierno del Presidente postulante. Evaluación que perdieron.

Ese es el patrón que siguió la consulta popular de Guillermo Lasso el 5 de febrero de 2023. Un gobierno de derecha, con una baja popularidad (una encuesta comparativa publicada en estos días lo ubica a Guillermo Lasso como el Presidente peor evaluado de América latina, con el 17% de aceptación a su gestión), que convocó a una consulta popular para legitimar su actuación en el resto del período. Ocho preguntas el Presidente presentó, en todas las ocho preguntas perdió. Aunque muchas eran preguntas tentadoras: tal es el tamaño del desafecto popular a la gestión presidencial.

En el Ecuador, desde 1979, se han convocado un total de doce consultas populares. Éstas tres, de Febres-Cordero, Durán-Ballén y Lasso, son las únicas que el pueblo ha negado.

En el caso de Lasso, esta derrota lo coloca a él en la situación de gobernar por más de dos años, sin apoyo del arco político y sin respaldo popular. 

Una posición difícil de afrontar, más parecida a languidecer que a gobernar.

Malos perdedores (vuelta a 1987)

28 de junio de 2019


Repasemos la historia: el pueblo ecuatoriano votó en el referéndum y consulta popular del 4 de febrero de 2018 por la creación de un órgano transitorio a cargo de organizar los procesos de evaluación a las autoridades del Gobierno de Rafael Correa y los procesos para designar a sus (eventuales) reemplazos. Esta decisión popular precisó que la actuación de este órgano transitorio debía concluir cuando se posesione el nuevo Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de elección popular, cuya invención fue el objeto principal de la reforma constitucional de febrero de 2018.

Este órgano transitorio destituyó, entonces, a las autoridades electorales nombradas en los tiempos de Correa y nombró discrecionalmente a unas provisionales (por una invención tremendamente abusiva llamada “encargados”). El órgano electoral armado por el órgano transitorio, es decir, un órgano transitorio al cuadrado, fue el que aprobó la inscripción del sacerdote José Carlos Tuárez como candidato para integrar el nuevo Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de elección popular. El órgano electoral definitivo (en el que se recicló a la transitoria Diana Atamaint, que se convirtió en su Presidenta) es el que organizó, por primera vez, el producto de la reforma constitucional del año 2018, esto es, la designación por votación popular de los siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

Es importante recordar que a la elección popular de los vocales del CPPCS se la vendió como una conquista democrática, cuando se trataba de persuadir al pueblo para que vote a su favor:

“Se ha considerado prudente efectuar una enmienda constitucional que cambie la forma de designación de los representantes de los ciudadanos que integran dicho Consejo, a través del mecanismo de votación popular, que sirva para dar cuentas de la naturaleza de este organismo, de allí que se plantee la cesación de los actuales consejeros y que los mismos sean electos democráticamente. Ello conlleva además la aplicación del principio constitucional de progresividad de derechos” (Pregunta 3, Justificación).

Pero pasó el tiempo y la gente en el Gobierno de Lenin Moreno empezó a pensar que era una pésima idea haberle dado al pueblo la posibilidad de elegir a los integrantes del CPCCS. Esto, porque la actuación del órgano transitorio, lejos de eliminar al “correísmo”, lo avivó. La posibilidad de que el pueblo vote por el “correísmo” en las elecciones de marzo de 2019 empezó a preocupar. En un acción desesperada, algunos consejeros del Consejo Nacional Electoral y algunos consejeros (incluido su Presidente) del órgano transitorio, promovieron el voto nulo para la elección del nuevo Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Fracasaron miserablemente.

Su preocupación, entonces, se hizo realidad: de los siete integrantes del CPCCS de elección popular, a cuatro se los puede interpretar como contrarios al actual Gobierno y tanto más peligrosos mientras mayor sea su cercanía (real o fabulada) al expresidente Rafael Correa. Ahora buscan mecanismos para bajarse al sacerdote José Carlos Tuárez, a quien el pueblo eligió para integrar el nuevo CPCCS reformado y a quien la mayoría de ese órgano designó como su Presidente, entre otras cosas, por ser la persona que obtuvo la mayor cantidad de votos (en la papeleta “Hombres”) en la elección del 24 marzo de 2019: un total de 962.046 votos.

Recordemos el origen de Tuárez: él es el producto final de un proceso organizado por los anti-correístas en el poder. El órgano transitorio que presidió Julio César Trujillo nombró a las autoridades electorales transitorias que aceptaron a Tuárez y a las autoridades electorales definitivas que organizaron el concurso en el que Tuárez obtuvo casi un millón de votos.

Entonces, lo que ahora sucede, cabe interpretarlo así: el Estado hace mal las cosas (en forma de un concurso en el que ganan quienes no le gusta) y como ya no le conviene el resultado, procede a sabotearlo. Este es el Estado ecuatoriano de toda la vida, aquel que actúa como borracho de fiestas de Quito (al menos de las noventeras).

Este nuevo abuso del Estado nos cuesta mucha plata. Uno, por la ineficacia en organizar una elección, pues si José Carlos Tuárez pasó todos estos filtros y obtuvo el voto de casi un millón de personas, ya no vale que después de organizado este proceso que costó millones de dólares se le diga a Tuárez que no puede ejercer el cargo para el que la gente lo votó pues no cumplió cosas de su candidatura que debieron ser verificadas por las autoridades electorales del Estado (todas ellas nombradas por Trujillo and pals). Si se les pasaron cosas por alto a dichas autoridades, ese hecho ya es responsabilidad del Estado, no del candidato. Si por fallas de los dos CNE (provisional y definitivo) se lo pretende sancionar a Tuárez, esto es claramente abusivo, pues hasta un subnormal podría apreciar que el Estado ecuatoriano está alegando A SU FAVOR su propia negligencia.

En el campo del derecho hay un principio que descarta concederle valor a esta conducta barriobajera del Estado, condensado en una hermosa frase en latín: “Venire contra factum proprium non valet” [contradecir los actos propios no vale]. Tiene una lógica maciza: si se organizó una elección, se debe aceptar su resultado, aunque no le convenga al Gobierno de turno. Esto, por la razón fundamental de que es lo verdaderamente democrático aceptar las decisiones aunque no convengan, máxime si son fruto de la elección popular.

Y no respetar la voluntad popular tiene consecuencias. En el derecho internacional de los derechos humanos, es claro que la destitución de una autoridad elegida por la votación del pueblo usando vías administrativas es considerada como una grave vulneración a los derechos políticos de dicha autoridad. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha formulado un juicio de proporcionalidad que debería resultar a prueba de imbéciles:

“… la sanción de destitución e inhabilitación de un funcionario de elección popular por infracciones meramente administrativas que no constituyen delitos, no satisface el estándar de proporcionalidad estricta en tanto el grado de afectación que tiene en los derechos políticos tanto de la persona destituida e inhabilitada como de la sociedad en su conjunto, es especialmente intenso, frente a un mediano logro de garantizar la idoneidad de las personas para ejercer la función pública cuando estos pudieron haber cometido infracciones administrativas que si bien pueden revestir cierta gravedad, al no llegar a la entidad de un delito, no logra justificar la afectación intensa a los derechos políticos…” (Caso Petro, Párr. 122).

Esto, por la sencilla razón de que en el orden internacional sí se valora la importancia de una autoridad elegida en una votación popular:

“La CIDH considera que el derecho a ser elegido a un cargo de elección popular, así como a completar el respectivo mandato, constituye uno de los atributos esenciales que integran los derechos políticos, por lo que las restricciones a dicho derecho deben estar encaminadas a proteger bienes jurídicos fundamentales, por lo que deben ser analizadas cuidadosamente y bajo un escrutinio riguroso. En un caso como el presente, de una persona elegida a un cargo de elección popular, debe tomarse en cuenta que una restricción al derecho al sufragio activo mediante destitución e inhabilitación, puede afectar no solamente a la persona en cuestión sino también a la libre expresión de la voluntad de los electores a través del sufragio universal. De esta manera, una restricción arbitraria de los derechos políticos que impacte en el derecho de una persona a ser elegida popularmente y a terminar su mandato, no afecta únicamente los derechos políticos de la persona en cuestión, sino que implica una afectación en la dimensión colectiva de dichos derechos y, en suma, tiene la virtualidad de incidir significativamente en el juego democrático” (Caso Petro, Párr. 117).

Porque, neta, el que tanta gente haya votado por Tuárez el 24 de marzo de 2019 parece valerles pija a los del Gobierno actual. Pero en otras partes (en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, p. ej.), su caso podría ser materia de un juicio del que emanará una obligación del Estado de reparar (es decir, más plata a pagar).

Así las cosas, la persecución emprendida en contra de Tuárez tiene su razón de ser en que las autoridades del Gobierno actual han sido de una actuación mediocre, resultaron malos perdedores, y en ultimadas cuentas, ni siquiera son demócratas. Prefieren imponerse por vías ajenas a las democráticas (incluso con procedimientos tan imbéciles como el de un Juicio Político por actos de cuando Tuárez no se encontraba en funciones [¿?]) que soportar un resultado electoral adverso, incluso aunque años después tengamos que pagar en juicios internacionales por sus abusos. Estos atributos pintan un retrato del Estado ecuatoriano ineficaz y abusivo que es el que yo recuerdo de los ochentas y noventas, en sus sucesivos y caóticos Gobiernos.

A juicio de por cómo juegan los muertos de nuestra selección nacional de fútbol, bien podríamos estar de vuelta a 1987.

Casino y democracia

26 de abril de 2008

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En la sesión solemne del 25 de julio del 2006 fue el Alcalde Nebot quien enfatizó que “lo mejor es que la dinamia y la eficacia municipal entusiasmó a la empresa privada nacional e internacional. Vienen varios y grandes hoteles en el Malecón y en la Orellana. Y un casino en el río y el barrio chino…” (El discurso puede consultarse en la ciberpágina de la Municipalidad; la concesión de la Fundación Malecón 2000 a la compañía Tesupe S.A. para construir del Gran Casino Guayaquil data del día 6 del mismo mes y año.)

Pero, vaya cosa curiosa, este “casino en el río” que en julio del 2006 era una consecuencia de la “dinamia y la eficacia municipal” a principios de este mes padece la frontal oposición del Alcalde Nebot. Él afirma ahora que nunca ha jugado “ni al pepo” y que, con relación al eventual funcionamiento del Gran Casino Guayaquil, hará una “consulta a la comunidad”. Esta consulta es tema interesante, que el Alcalde ahondó en su entrevista del lunes 21 de abril con Carlos Vera: allí, el Alcalde afirmó que detendría la construcción del casino, no fundado en un argumento legal, sino amparado en “la opinión popular” que asumiría hasta las últimas consecuencias: “si tengo que indemnizar por los gastos hechos, indemnizo”. Carlos Vera entonces pregunta, ante este arrebato democrático de Nebot, “en adelante, ¿la opinión popular va a ser la que rija la obra municipal?”; Nebot se turba y contesta, “Eh, no, no, un momento”; Vera, en su estilo insiste, “¿por qué no convocó a la consulta en asuntos más trascendentes?” y añade, “¿por qué no le consultamos en Guayaquil si quieren que se renegocie o no el contrato con Interagua?”. Se hace un incómodo silencio y Nebot finalmente responde, “podemos consultar”. (Ojalá Nebot cumpla su palabra.)

Luego Nebot admite las razones por las cuales “pregunta sobre muy poco”: se reducen a que, “cuando yo me candidaticé a Alcalde, las dos veces he presentado un vasto plan, ya lo consulté, ya lo aprobó la gente y yo lo cumplo, no tengo que consultar de nuevo, si alguno no le gusta, ese está en la minoría”. Al final Nebot afirmó no tener “pujos de inventor” y que si la gente quiere un filósofo, “entonces que revivan a Aristóteles”.

Me permito formularle al Alcalde Nebot unas breves observaciones: 1) La excusa para no utilizar la “opinión popular” como un referente de la política municipal es lamentable. La elección de una autoridad, es evidente, no implica la aceptación total y continua de su “vasto plan”. Nada sensato impide aceptar la participación activa de la ciudadanía en la elaboración y aplicación de las políticas públicas: esto se llama “autogobierno colectivo” y es componente esencial de una auténtica democracia, deliberativa y participativa; 2) El concepto de democracia del Alcalde es lamentable. Él supone que cuando se está en la mayoría se tiene patente de corso para realizar todo aquello que la autoridad apetezca, sin siquiera consultarlo, y que cuando se está en la minoría no se tiene otra opción que esperar nuevas elecciones para pretender incidir en las políticas públicas de la ciudad. El Alcalde parece ignorar que una auténtica democracia se orienta a la protección de los derechos tanto de mayorías como de minorías, cuya obligación es proteger y considerar las opiniones de estas últimas.

No abundaré en el evidente oportunismo de consultar ahora la opinión popular, que no guarda siquiera coherencia con su discurso anterior (de julio del 2006). Ojalá reflexione el Alcalde sobre estos principios de una democracia bien entendida. Aunque, confieso (y cito al propio Nebot) que, vistas las cosas, parece más probable que reviva Aristóteles.