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La independencia retrógrada

19 de junio de 2026

            Publicado en diario Expreso el viernes 19 de junio de 2026.

El proceso de independencia americana de España (1810-1826) significó una ruptura con la administración del territorio desde un reino europeo establecido por la fuerza en América unos trescientos años atrás y la consiguiente emergencia de unos atribulados Estados en el continente (España conservó la posesión de dos islas: Cuba y Puerto Rico, que perdió en 1898). El gran legado de estas guerras por la independencia fue el autogobierno de dieciocho territorios, con más pena que gloria. 

Porque rara vez este autogobierno se ejerció para el beneficio de los habitantes del territorio. Sus beneficiarios fueron los que predijo Bolívar, un “pequeño género humano”. En el caso del Estado del Ecuador establecido en 1830, el gobierno del territorio por los descendientes de los conquistadores (unos adinerados blanco-mestizos) significó una libertad más perfecta de ellos para oprimir a los otros habitantes del territorio en el marco de un gobierno racial heredado de los tiempos de los españoles. 

Simón Bolívar, en la célebre Carta de Jamaica publicada en Kingston en 1815, lo tenía muy claro. La independencia del reino de España se la iba a hacer por y para un “pequeño género humano”, que él definió como una “especie media entre los legítimos propietarios y los usurpadores”, es decir, ni indígena ni española. Así, ellos eran distintos a los españoles por el nacimiento, mientras que eran distintos a los indígenas por los derechos, que ellos tenían por su herencia española pero que los indígenas no tenían por un efecto de la conquista. Su mensaje: la independencia se la iba a hacer contra los españoles, pero no en beneficio de las mayorías. 

El Estado del Ecuador que inició su maltrecha andadura en 1830 no varió el gobierno racial, sino para peor. Los esclavos siguieron siendo esclavos, pero la relación entre los nuevos gobernantes criollos con los indígenas se hizo más opresiva. La primera Constitución ecuatoriana, que entró en vigor en septiembre de 1830, los trataba a los indígenas como unos interdictos. En su artículo 68 encargaba a “los venerables curas párrocos por tutores y padres naturales de los indígenas, excitando su ministerio de caridad en favor de esta clase inocente, abyecta y miserable”. 

Tras la independencia, el “pequeño género humano” en su versión Ecuador ensayó varios mecanismos para sujetar a la población indígena a la producción de la hacienda, en una situación abominable conocida como “concertaje” (abolido recién en 1918). Para peor, a la población indígena le cobraban un tributo por el hecho de ser indígena: durante largos años, este tributo financió una buena parte del funcionamiento de un Estado diseñado para oprimir a quienes lo pagaban. Un Estado administrado por aquel “pequeño género humano” por el que tanto luchó Bolívar. 

En su libro ‘América latina: la construcción del orden’, Waldo Ansaldi y Verónica Giordano concluyen acerca del proceso de independencia americana del Reino de España: “En síntesis, independencia política sin emancipación social”. Para el caso del Ecuador, se podría decir que nos fue peor: la independencia política significó una mayor y más perfecta opresión sobre los maltratados desde los tiempos de la conquista. 

La primera Constitución y los indígenas

14 de marzo de 2025

            Publicado en diario Expreso el viernes 14 de marzo de 2025.

Una explotación intensa y sistemática a los indígenas: esto fue lo que produjo la primera Constitución que rigió en el territorio del Estado ecuatoriano.

En 1830, la primera Constitución que se aprobó en Riobamba el 11 de septiembre por veinte varones adinerados (ningún indígena, por supuesto) decía en su artículo 11 que era un derecho de los ecuatorianos la “igualdad ante la ley”, pero en su artículo 68 establecía una clara desigualdad: “Este Congreso Constituyente nombra a los venerables curas párrocos por tutores y padres naturales de los indígenas, excitando su ministerio de caridad en favor de esta clase inocente, abyecta y miserable”. 

Este trato diferenciado que la norma fundamental estableció para los indígenas, en el marco de una supuesta igualdad, los situaba aparte de la naciente “ecuatorianidad” que postulaba la Constitución de 1830 (pues en la república siguen siendo percibidos por la élite política como los conquistados del territorio). Por eso la Constitución de 1830 consideró a los indígenas en situación de capitis deminutio y nombró como su tutor y su padre natural a “curas párrocos” de ese pilar fundamental de la conquista y la dominación española: la iglesia católica. 

La primera Constitución estableció que en el Estado del Ecuador había un único ministerio, que lo ocupó el lojano José Félix Valdivieso Valdivieso, el primer ecuatoriano (un natural del territorio de la Audiencia de Quito) que fue designado para el ejercicio de un cargo público en la Función Ejecutiva (tras el Presidente y el Secretario General, cargos ambos ocupados por venezolanos). Valdivieso era hijo de una Valdivieso Valdivieso, y estaba casado con otra Valdivieso. Según un registro de la época, era el propietario de 34 haciendas, repartidas a lo largo del callejón interandino. (Endogamia y grandes fortunas: una fórmula socorrida en la élite de la Sierra ecuatoriana.)

El primer informe del ministro Valdivieso listó cuatro fuentes de riqueza para el Ecuador que nació en 1830: los productos agrícolas, la minería, la industria y, de manera singular, a los indígenas.

Es decir, los indígenas eran ecuatorianos, pero a efectos de sostener la administración pública del Estado. Ese mismo Estado que los colocaba bajo el control de los curas católicos, les cobraba a los indígenas un tributo (la llamada “contribución especial de indígenas”) de tres pesos y cuatro reales, que se debía pagar en junio y diciembre de cada año por el solo hecho de ser indígena. Esta “contribución especial” subsistió hasta el año 1857.  

El ministro Valdivieso firmó una circular el 18 de noviembre de 1831, por la que obligaba a los indígenas “a cumplir religiosamente con las calidades del concierto”, es decir, a cumplir con el trabajo forzado en las haciendas. El naciente Ecuador organizaba su territorio para la mayor explotación de uno de sus recursos.

Así, la creación del Ecuador en 1830 avanzó hacia una explotación más intensa y sistemática de los pueblos sometidos por la conquista del siglo XVI, a mayor beneficio de un Estado que en 1830 excitaba el “ministerio de caridad” de los curas a favor de esta “clase inocente, abyecta y miserable”.

Esto es nacer con las pesadas losas del pasado encima.

Historia de dos amigos

10 de mayo de 2024

            Publicado en diario Expreso el viernes 10 de mayo de 2024.

Flores y Febres-Cordero, venezolanos, señalaron el camino a seguir para forjar un nuevo Estado en el concierto de las naciones sudamericanas. El 13 de mayo de 1830, el general Juan José Flores, hasta entonces el Prefecto del Distrito del Sur de Colombia, fue designado por representantes del departamento del Ecuador como la máxima autoridad de un nuevo Estado en formación, ostentando el singular nombre de Jefe de la Administración del Estado del Sur de Colombia.

Este Estado era apenas otro nombre para lo que se conoció como el Distrito del Sur de la República de Colombia. El Distrito del Sur, por ley colombiana de 1824, se dividió en tres departamentos: Azuay, Guayaquil y Ecuador (que fue el nombre que impuso Bolívar para reemplazar Quito). El departamento del Ecuador consintió integrar un nuevo Estado el 13 de mayo. El 19 lo hizo Guayaquil, y el 20, Azuay. 

Con el consentimiento de los departamentos, el 31 de mayo de 1830 el Jefe de la Administración del Estado del Sur de Colombia emitió su primer decreto, que fue designar como su Secretario General al venezolano Esteban Febres-Cordero. Hecho esto, emitió dos decretos, firmados por Flores y Febres-Cordero, en el que estos venezolanos marcaron la hoja de ruta para tener un Estado en unos cuatro meses, aproximadamente. Ellos convocaron a un Congreso Constituyente para regular el funcionamiento del nuevo Estado mediante la aprobación de una Constitución y demás normativa.

El plan de estos extranjeros fue simple: reglaron las elecciones de siete representantes por departamento, establecieron un lugar más o menos equidistante a sus capitales y ofrecieron pagar a cada uno de los representantes según la distancia en leguas que haya tenido que recorrer para cumplir su destino. El lugar más o menos equidistante a Guayaquil, Quito y Cuenca fue Riobamba y la cantidad a pagar era un peso por cada legua de recorrido para llegar a esa ciudad (ida y vuelta). 

La hoja de ruta diseñada por los venezolanos imponía que el Congreso Constituyente se tenía que reunir el 10 de agosto de 1830. Ni por el incentivo de un pago los representantes llegaron a tiempo, pues las sesiones empezaron recién el 14 de agosto.

No había pasado un mes de su instalación, el 11 de septiembre, cuando el Congreso Constituyente produjo una Constitución. Fue un bodrio conservador que postulaba al nuevo Estado como parte de una delirante República de Colombia y que consideraba a los indios una raza “abyecta y miserable” que debía someterse al tutelaje de los sacerdotes (el primer Ministro de Hacienda, en un informe de labores, consideró a los “indígenas” como una de las “fuentes de riqueza” del Estado -las otras eran la agricultura, las minas y la industria).

Lo que empezó un 31 de mayo concluyó 115 días después, el 23 de septiembre, cuando el Congreso Constituyente designó Presidente del nuevo Estado a Juan José Flores y él puso el Ejecútese a la Constitución. Ese 1830, Flores lo empezó como Prefecto de un distrito colombiano, pasó a ser el Jefe de la Administración de un Estado provisorio y terminó por ser el primer Presidente de un nuevo Estado. 

El plan diseñado por los venezolanos funcionó: hubo nuevo Estado y uno de ellos fue su Presidente.