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La necesaria revisión del 10 de agosto

13 de agosto de 2026

Es una noticia saludable para la vida en comunidad que se esté empezando a revisar la fábula del 10 de agosto. Existe una corriente, cada vez más fuerte, que descarta la fábula y procura un relato verosímil, ajustado a los hechos. En los días inmediato anteriores a esta fecha, en las páginas del diario Expreso, tres editorialistas escribimos acerca de ella. 

El 4 de agosto, Rafael Oyarte, destacó la irrelevancia total del 10 de agosto en el imaginario nacional, vencido por una miríada de fiestas locales:

A día siguiente, Fernando Insúa, llamó al pobrecito 10 de agosto, “una rebeldía con corbata, no una ruptura”, enfatizando que ese día no se buscó la independencia.

Y el 7 de agosto, publiqué mi artículo en el que establecí la palmaria diferencia entre un movimiento autonomista (el 10 de agosto de 1809) y un movimiento independentista (el 9 de octubre de 1820). 


La brutal diferencia entre el 10 de agosto de 1809 y el 9 de octubre de 1820: el 10 de agosto tiene vocación de antiguo régimen (reyes y títulos pomposos) mientras que el 9 de octubre es un gesto moderno, una gesta cargada de futuro.  

Hay que seguir con la corriente y revisar esta fábula.

Vencer el miedo (con más miedo)

29 de septiembre de 2020

 

Como lo demostró Octubre del 2019, lo único que puede hacer recalcular y reconsiderar al Gobierno de Lenin Moreno es la protesta popular.

 

[Dejo el debate de las minucias de la ley electoral en torno a la aceptación del binomio Aráuz-Correa a aficionados a las leguleyadas tiro el profesor Oyarte*. A mí, la plena, tales cosas me aburren -Oyarte, como gran jurista, es un gran político populista.]

 

Porque lo relevante del debate sobre la inscripción del binomio Aráuz-Correa es lo que demuestra sobre nuestro endeble ‘sistema democrático’. A la descalificación del citado binomio no la mueve ningún noble ideal vinculado a la idea de democracia, sino el miedo. El puro y simple miedo, producto del fracaso: el miedo a que vuelva aquel a quien han intentado eliminar, ya por casi cuatro años, a toda costa.

 

Con el propósito de borrar de la faz ecuatoriana al ‘correísmo’, desde el Gobierno han hecho de todo: crearon un órgano ad hoc comandado por el célebre Notario Cabrera de la Política, pusieron a una Fiscal y a un Contralor altamente persecutorios, tuvieron una justicia servil a sus intereses… Armados de todas estas anomalías, desde el Gobierno destituyeron a decenas de autoridades y persiguieron penal y administrativamente a otras tantas, por el delito de ser ‘correístas’. En estos procesos, se pisoteó el debido proceso, la seguridad jurídica y el principio de legalidad. Y para peor, no les ha servido para nada, pues Correa sigue más vigente y popular que cuando dejó el Gobierno el año 2017. Todo lo hicieron sus enemigos.

 

Si tuvieran un genuino interés en la democracia, las autoridades del Gobierno deberían procurar la participación de Aráuz y su compañero de fórmula. Pero si por estas autoridades sin valores democráticos fuera, dicho binomio sería descalificado (y en ello están). A la falta de razón sólo la puede vencer la fuerza, en este caso, la presencia popular en las calles en ejercicio de su derecho a la protesta, el primero de los derechos.

 

Como lo recuerda Octubre del 2019, el pueblo en las calles puede cambiar las cosas. Porque al miedo a Correa, sólo lo vence otro miedo mayor. Y ese miedo de lo que pueda ocurrir en un futuro cercano en un país cebado por el odio**, podría incluso orillar a individuos sin valores democráticos y sus leguleyos a dejar que participe el candidato de Correa, como la alternativa popular que representa.

 

Si se valora que el pueblo tenga la opción de decidir en elecciones, así debería ser. Y tal vez nos ahorremos una guerra civil.

 

Amanecerá, y veremos.

 

* Como todo leguleyo sabe, ‘el diablo está en los detalles’. Son los mismos que ganan al 40 por tecnicismos. Vergantes.

** El dato triste de esta elección venidera es que las emociones en ella envueltas son negativas en su gran mayoría. El país está partido en torno a una figura, la de su Gran Elector.

Debate jurídico: Aguilar vs Oyarte

3 de junio de 2018



En esta entrevista el debate inició porque los abogados Ramiro Aguilar y Rafael Oyarte entienden de manera distinta una palabra. Esa palabra es “designación” y la divergencia es en relación a la supuesta facultad del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social transitorio de evaluar y, eventualmente, destituir, a la Corte Constitucional del Ecuador.

Aguilar empezó el debate: él sostiene que la palabra “designación” en la pregunta 3 de la Consulta Popular significa que sólo para las autoridades que el Consejo designa de acuerdo con el artículo 208 de la Constitución (números 10, 11 y 12) cabe la facultad de evaluación y, eventualmente, destitución. Esto, de ninguna manera, razona Aguilar, puede incluir la evaluación y destitución de la Corte Constitucional, puesto que el procedimiento para su selección es distinto. Esto que Ramiro Aguilar hace es una interpretación “literal” de la Constitución.

Oyarte rechaza esta interpretación “literal” de Aguilar. Él afirma que “la Constitución no comienza ni termina en el 208” y postula que la palabra “designación” debe interpretarse de forma “sistemática”, es decir, acudiendo a otras normas para obtener un resultado distinto a la interpretación “literal” (de hecho, hasta llegar a la interpretación opuesta a la de Aguilar). El de Oyarte es el trabajo típico que se asocia a un abogado: una norma dice que otra norma, y ésta interpretada junto a esta otra, etc.

En respuesta a esto, Aguilar no contradice la interpretación “sistemática” propuesta por Oyarte, pues traslada el asunto a un campo práctico. Él sostiene que la actuación del Consejo transitorio se extralimita de sus competencias legales y que esta realidad resulta “nociva a la institucionalización” del país. Porque él teme,

“que lo que se le criticaba, y con razón, al gobierno de Correa y al correísmo y a todo ese andamiaje constitucional e institucional que tuvo, de hacer lo que le daba la gana, se termina aplaudiendo en el Consejo de Participación transitoria, de Participación Ciudadana transitorio, haga nomás lo que le da la gana con tal de zafarnos del correísmo. Yo soy un poco más purista en esta cosa. Es decir, yo creo firmemente en la necesidad de volver a la institucionalidad; pero creo firmemente en la necesidad de hacerlo, distanciándonos y haciéndonos diferentes de los correístas. Porque si a la final vamos a tomar las mismas prácticas, no es que hemos sido correístas y anti-correístas, pues, sino que hemos sido lo mismo”. (12:30).

Aquí entran los comerciales. O mejor dicho, el único comercial (es Telesucesos).

Al regreso de la pausa, ya no se discute tanto de la palabra “designación” y las normas, como de su aplicación práctica. Oyarte añade a su interpretación “sistemática”, una interpretación “finalista”: “Nada, nada has hecho si mantienes esa Corte Constitucional, ¿para qué? ¿Para qué quieres cambiar el Consejo de la Judicatura, pues? ¿Para qué quieres cambiar la justicia ordinaria? Si el órgano de cierre es la Corte Constitucional. Interpretación finalista” (21:46).

La respuesta de Aguilar a Oyarte es directa: “Oiga, pero vamos a la dictadura de una vez. O sea, si es que el tema es ‘tengo que bajarme primero a la Corte Constitucional, para luego poderme bajar al Consejo de la Judicatura, al Contralor, al Fiscal’, entonces la Corte Constitucional se vuelve un objetivo político” (23:36). Ouch. Eso debió doler.

Y, en efecto, dolió: cuando Oyarte respondió, ya su única argumentación era decir (textual) que la Corte Constitucional “no existe” y que todo lo que nos podía hacer sospechar que existe, está mal. Y que por eso tenía que irse. Oyarte terminó notoriamente exaltado, menos un jurista que un político populista.

Y Ramiro Aguilar lleva razón: en este país, el autoritarismo es malo cuando no lo ejerce un “bueno” (como lo es El Notario) y la diferencia fundamental entre correístas y anti-correístas es apenas la sucesión en el tiempo.