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Él saltó de la terraza

3 de mayo de 2024

            Publicado en diario Expreso el viernes 3 de mayo de 2024.

La de Francisco Javier León fue una vida que se descarriló hasta el salto al vacío. La enturbió, pobre, el ejercicio del máximo poder.

León fue el Encargado del Poder Ejecutivo por disposición de la “Carta Negra”, apelativo con el que se conoce a la Constitución de 1869, dictada por una asamblea adicta a Gabriel García Moreno tras el golpe de Estado por él orquestado en enero de ese mismo año. Esta Constitución (la séptima de la República del Ecuador) disponía en su artículo 55 que, en caso de vacar la presidencia por causa de muerte, correspondería al vicepresidente la subrogación del cargo. 

Para García Moreno, Francisco León era un tipo de confianza. Fue en su segunda administración, entre 1869 y 1875, que García Moreno le confió el Ministerio de lo Interior. Por disposición del artículo 52 de la “Carta Negra”, cuando por un motivo temporal García Moreno no podía ejercer la presidencia lo debía subrogar “el Ministro de lo Interior con el título de Vicepresidente de la República”. León lo subrogó en varias ocasiones.  

Francisco León fue abogado y político, nacido en Quito el 13 de octubre de 1832, que muy joven asumió el Ministerio de lo Interior, pues contaba alrededor de 37 años. Cuando asumió el Encargo del Poder tras el magnicidio de García Moreno, León tenía 42 años. 

El 6 de agosto de 1875, a escasos cuatro días de culminar su período de gobierno, asesinaron al presidente García Moreno al pie del Palacio de Carondelet. Entonces, por aplicación del artículo 55 de la Constitución, le correspondió a León terminar los cuatro días que le faltaron a García Moreno y completar así el único sexenio presidencial en la historia ecuatoriana.

La muerte de García Moreno significó también la muerte de quien iba a gobernar el siguiente sexenio (1875-1881), porque el pueblo había votado por García Moreno para presidente en las elecciones de mayo de 1875. Por ello, León asumió la más alta investidura civil del Ecuador hasta la organización de nuevas elecciones y, dadas las circunstancias, para perseguir y ejercer el máximo rigor en contra de los asesinos de García Moreno.

Los persiguió con saña, incluso saltándose la Ley, como en el caso de Gregorio Campuzano.   A él lo absolvió un Consejo de Guerra, pero León ejerció el máximo poder: decidir sobre su vida o muerte. León escribió al Consejo de Guerra, para que se le imponga la pena capital: “… con las manos sobre el corazón y el juramento de estilo, digo: tengo el convencimiento moral que Gregorio Campuzano es responsable del alevoso asesinato cometido tan vilmente en la persona de S.E. el presidente de la República”.

El Consejo de Guerra acató el designio de León y el 9 de agosto de 1875 lo condenó a Campuzano. Dos días después, lo fusilaron.  

A León, los fantasmas de aquel muerto lo persiguieron en lo que le restó de vida. Lo atacó el remordimiento de haber ordenado la muerte de una persona sobre la que él no tenía pruebas de que fuera culpable, apenas un “convencimiento moral” que pronto se trocó en angustias. Empezó a alucinar que Campuzano vendría de ultratumba a jalarle las patas. 

El 10 de agosto de 1880, en Quito, el atormentado León saltó de una terraza, en procura del descanso eterno. Tenía 47 años.

Uno al exilio, dos muertos

29 de marzo de 2024

            Publicado en diario Expreso el viernes 29 de marzo de 2024.

La tradición constitucional ecuatoriana es tener un período de gobierno presidencial de cuatro años. En la única Constitución del Estado del Ecuador en la República de Colombia y en 15 de las 18 Constituciones de la República del Ecuador, el período del presidente dura cuatro años. En las tres Constituciones restantes, la duración del período varió: en la Constitución de 1843 fue de ocho años, en la Constitución de 1869 fue de seis años, en la Constitución de 1979 fue de cinco años. En todas ellas, el presidente elegido para completar ese período más extenso, no pudo hacerlo.

La Constitución de 1843 fue fruto de un autogolpe de Estado. El presidente para el período 1839-1843, Juan José Flores, decidió en octubre de 1842, a pocos meses de concluir su período y por sus pistolas, la convocatoria a una asamblea constitucional (poblada de adictos suyos) que dictó la Constitución de 1843, conocida como “La Carta de la Esclavitud”, cuyo artículo 57 dispuso la duración de ocho años para el ejercicio de la presidencia. 

La asamblea constitucional designó a Flores como presidente para el período 1843-1851. La revolución marcista, originada en Guayaquil en marzo de 1845, terminó con este período de gobierno. De los ocho años proyectados para este período, Flores gobernó por casi dos años. Y en julio de 1845, se largó al exilio. Una nueva Constitución, en diciembre de 1845, tumbó esta duración excesiva.

La Constitución de 1869 fue fruto de un golpe de Estado. Gobernaba Javier Espinosa, elegido en enero de 1868 en elecciones abiertas, cuando el enero siguiente Gabriel García Moreno orquestó un golpe de Estado para obtener su regreso a la presidencia. Como Jefe Supremo, García Moreno convocó a una asamblea constitucional (poblada de adictos suyos) que dictó la Constitución de 1869, conocida como “La Carta Negra”, cuyo artículo 56 dispuso la duración de seis años (como en México) para el ejercicio de la presidencia. 

La asamblea constitucional designó a García Moreno como presidente para el período 1869-1875. Su magnicidio el 6 de agosto de 1875, a escasos cuatro días de concluir su período, le impidió a él terminarlo y lo debió completar su vicepresidente, Francisco Javier León. Aunque sufrió la muerte de su demiurgo, el período se completó, como no lo haría ningún otro: el presidente elegido por la voluntad popular en diciembre de 1875, Antonio Borrero, no duró ni un año en el ejercicio del poder, pues cayó por un golpe de Estado orquestado por Ignacio Veintemilla. Una nueva asamblea constitucional, en 1878, acabó con el experimento del sexenio.

Concebida para la transición tras un largo período de dictaduras, la Constitución de 1979 es la única que no fue elaborada por una asamblea, sino por una comisión de expertos. Su artículo 81 dispuso que el presidente dure cinco años en el cargo. El único presidente elegido bajo esta norma fue Jaime Roldós, en 1979, para gobernar entre 1979 y 1984, quien murió en un accidente de aviación en 1981. Su período de gobierno lo completó su vicepresidente, Oswaldo Hurtado. 

El experimento del quinquenio (como en Francia) fue muy breve, pues concluyó con las reformas a la Constitución aprobadas por el órgano legislativo en 1983.

Tres Constituciones vía referéndum, Tres

20 de octubre de 2019


En el Estado ecuatoriano han regido un total de 19 Constituciones desde su fundación en 1830. Todas ellas han sido obra de un grupúsculo, pero tres de ellas han sido ratificadas por el pueblo.

Dos de estas ratificaciones populares ocurrieron en tiempo reciente, en el retorno a la democracia: la primera, cuando la Constitución de 1979, que entró en vigor el día de la posesión del Presidente Jaime Roldós y que había sido aprobada por un referéndum que se celebró el 15 de enero de 1978. La segunda, con la Constitución que ahora nos rige, que entró en vigor desde su publicación en el Registro Oficial el 20 de octubre de 2008 (hoy cumple 11 años) y que fue aprobada por un referéndum que se celebró el 28 de septiembre de 2008. La otra ratificación popular ocurrió en el lejano año 1869.

En enero de 1978, un total de 1.812.000 votantes tuvieron la opción de escoger entre dos alternativas: una Constitución nueva, o la Constitución de 1945 reformada. Triunfó la primera opción con 778.000 votos (el 43%) frente a los 583.000 que obtuvo la segunda (el 32%) y a un número respetable de votos nulos (422.000, el 23%). Treinta años después, el 2008, el pueblo escogió entre la aprobación de la Constitución redactada en Montecristi entre noviembre de 2007 y julio de 2008, o su no aprobación. De un total de 6.806.571 votos válidos, el 63,03% de los ecuatorianos decidió su aprobación.

El auténtico triunfo arrollador, sin embargo, ocurrió en el referéndum que se organizó el 18 de julio de 1869, por el que se sometió a la aprobación del pueblo la octava Constitución del Ecuador, redactada por una Convención Nacional que fue adicta al hombre fuerte de aquel momento, el guayaquileño Gabriel García Moreno. De un total de 14.154 votantes, 13.640 aprobaron la Constitución (el 96,36%) y 514 (el 3,64%) se opusieron a ella.

De hecho, ese año 1869 fue la primera vez que se organizó un referéndum en el Ecuador. Y pensar que se lo hizo para aprobar de forma abrumadora una Constitución ultramontana, que la historia recuerda como la “Carta Negra”.

El extenuante récord constitucional del Ecuador queda así:

Tabla. Constituciones del Ecuador según año, órgano de producción de la norma, lugar de reunión y si se ratificó el texto vía referéndum

Año
Órgano de producción
Lugar
Referéndum
1830
Asamblea Constituyente
Riobamba
No
1835
Asamblea Constitucional
Ambato
No
1843
Asamblea Constitucional
Quito
No
1845
Asamblea Constitucional
Cuenca
No
1851
Asamblea Constitucional
Quito
No
1852
Asamblea Constitucional
Guayaquil
No
1861
Asamblea Constitucional
Quito
No
1869
Asamblea Constitucional
Quito
Sí
1878
Asamblea Constitucional
Ambato
No
1884
Asamblea Constitucional
Quito
No
1897
Asamblea Constitucional
Guayaquil-Quito
No
1906
Asamblea Constitucional
Quito
No
1929
Asamblea Constitucional
Quito
No
1945
Asamblea Constitucional
Quito
No
1946
Asamblea Constitucional
Quito
No
1967
Asamblea Constitucional
Quito
No
1978
Dos comisiones nombradas por la dictadura, de once personas c/u
No
Sí
1998
Asamblea Constitucional
Ambato-Quito-Sangolquí-Riobamba
No
2008
Asamblea Constitucional
Montecristi
Sí