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"Apropiate de esta bebota" (o una exploración de los límites a la libertad de expresión)
7 de junio de 2016
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Etiquetas: Argentina, Cecilia Pando, Ecuador, George Orwell, Humor, León Febres-Cordero, Libertad de Expresión, Revista Barcelona, Roberto Gargarella, Rodrigo Fierro, Sátira
La derecha y la libertad de expresión
17 de diciembre de 2015
“Deben sentirse ustedes felices de que se ha ratificado el derecho de ustedes a violar la privacidad de los seres humanos, mañana ustedes abrirán los correos. Si ya hay un veto total no hay acción posible, ha triunfado una vez más la omnipotencia de la prensa” (4).
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Etiquetas: Alfonso Harb, Congreso Nacional, Derecho, George Orwell, León Febres-Cordero, Libertad de Expresión, Periodismo, Política
El discurso ofensivo
14 de octubre de 2011
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Etiquetas: Diario Expreso, George Orwell, Jaime Nebot, Jorge Vivanco, León Febres-Cordero, Libertad de Expresión
De misas y de revoluciones (1984)
28 de julio de 2007
Tengo para mí que uno de los referentes del pontífice para ejercer su prédica es el famoso personaje de Inocencio Jirafales, mejor conocido por su alias de El Profesor: nadie mejor que Correa para encarnar la célebre frase del insigne Maestro Longaniza de la Vecindad de El Chavo: “Yo nunca me equivoco. La única vez que me equivoqué fue cuando pensé que me había equivocado”. Tanta es su embebida perfección, que Correa asume el lema de la Real Academia de la Lengua y ahora es él quien “limpia, fija y da esplendor” a las palabras, que se entienden como él las entienda: olvidémonos, por ejemplo, de las varias acepciones del término “asalto” porque significa lo que Correa quiere que signifique, así como el adjetivo “horroroso” nunca más nos remitirá a aquello que “causa horror” sino a una versión periodística de Daniel El Travieso. Recuerdo que en 1870 el Concilio Vaticano I atribuyó al Sumo Pontífice la calidad de “infalible”; pues desde el 15 de enero del 2007 el alemán Benedicto XVI comparte esa especial condición con nuestro pontífice local (¿Rafael I?) y basta que encendamos la radio en su misa sabatina para comprobarlo.
El escritor Carlos Fuentes constata que el término “revolución” contiene una ambigüedad: “Hay en él un elemento así de ruptura como de retorno. La revolución de un planeta significa el regreso del astro al punto de origen. Pero la revolución de una sociedad es todo lo contrario. Significa la ruptura del orden establecido y el movimiento hacia un futuro, esperanzadamente, mejor”. Esta última fue precisamente la promesa de Rafael Correa. Pero su misa sabatina, que nunca termina al menos con un “podéis ir en paz, demos gracias a Rafael” sino con sus belicosas prédicas de ocasión, es el claro síntoma de un Gobierno que traiciona el ideario de la creación de ciudadanía que suponía su revolución: así, hoy tenemos, en ajustado inventario, eslóganes por sobre ideas, arengas contra críticas, terquedad como mandamiento y “didáctica a las patadas” como práctica que no enseña de libertades sino de sumisiones y que nos condena como sociedad a una división tajante sin diálogo posible y a un patético maniqueísmo tan sin autocrítica como digno de fanáticos o de parvularios. Me temo mucho que el Gobierno empieza a resolver la ambigüedad de su pretensa revolución en la versión no de la anhelada ruptura, sino del retorno: parecemos padecer una vuelta a 1984 y no me refiero solo al elemental símil con el año de inicio del autoritario gobierno de Febres-Cordero: releamos a George Orwell y su Ministerio de la Verdad en el libro cuyo título es precisamente ese año, para entenderlo.
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Etiquetas: 1984, Carlos Fuentes, George Orwell, Rafael Correa, Revolución Ciudadana
Espíritu de puerco
10 de enero de 2006
Estas estadísticas son consecuencia de la estructura de los tribunales militares y policiales que no cumple con los estándares internacionales en materia de derechos humanos. Así, sus jueces y fiscales no son imparciales ni independientes, pues orgánicamente dependen de la Función Ejecutiva, ni poseen estabilidad funcional, pues puede removérselos libremente y carecen también de formación jurídica, pues la mayoría son solo militares o policías. Estos fueros especiales usualmente se arrogan jurisdicción que no tienen y conocen de violaciones de derechos humanos que cometen sus miembros (p. ej., caso Fybeca) e incluso conocen de juicios en que se atribuye responsabilidad penal a ciudadanos civiles. En contraste, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido en varios casos que la justicia militar debe tener “un alcance restrictivo y excepcional” y sólo debe juzgar a militares “por la comisión de delitos o faltas que por su propia naturaleza atenten contra los bienes jurídicos propios del orden militar” (entre otros, Caso Durand y Ugarte c. Perú y Caso de la “Masacre de Mapiripán” c. Colombia) y que el juzgamiento de civiles en un fuero especial viola el derecho de éstos a un juez competente, independiente e imparcial (entre otros, Caso Castillo Petruzzi y otros c. Perú y Caso Palamara Iribarne c. Chile).
En adición, esa maleable forma de la literatura fantástica que en Ecuador es la Constitución de la República contiene una disposición transitoria que obliga a que “todos los magistrados y jueces que dependan de la Función Ejecutiva pas[en] a la Función Judicial”. El único intento para otorgarle sentido a esa norma que desde 1998 es letra muerta, lo realizó el diputado Ramiro Rivera, quien presentó en el Congreso Nacional un proyecto de ley a ese respecto. Por supuesto, en fiel cumplimiento de una larga tradición nacional de morosidad y olvido, el proyecto de Rivera duerme el sueño de los justos en los archivos de la legislatura.
No es improbable que una equivocada noción de espíritu de cuerpo de militares y policías se vincule con los hechos descritos. Cuando el espíritu de cuerpo se utiliza de la manera referida pierde su sentido, propicia y encubre los abusos y perpetúa la impunidad, esa marca de la identidad nacional. En cuyo caso, para mejor representar su naturaleza, el espíritu de cuerpo muta de nombre a éste que sirve de título para el presente texto, pues nos recuerda la frase que en la novela Rebelión en la Granja de George Orwell suscribieron los puercos como norma de vida: “Todos los animales son iguales, pero algunos animales son más iguales que otros”.
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Etiquetas: Congreso Nacional, Corte IDH, Ecuador, Fuerzas Armadas, George Orwell, Política, Sistema de justicia, Sistema Interamericano
Lo que no quieren oír
16 de diciembre de 2005
Pero la ley aprobada es, sin duda, mucho peor. Su redacción es confusa e imprecisa: no define qué es “información protegida”, el eje mismo de su propósito; tampoco limita la responsabilidad de las personas que participan en los hechos; peor aún, no se contenta con sancionar “los pinchazos a las comunicaciones telefónicas” pues también se aplica a “otros sistemas o formas de comunicación”; de manera inaudita y casi diríase cómica, permite la publicación de la información cuando exista “orden judicial de las partes” (¡?). En una ley penal, todas esas imprecisiones de redacción son inexcusables: contrarían los elementales principios de la certeza de la ley y de la lógica. Sus consecuencias serían el otorgamiento a los jueces de una discrecionalidad que, quién lo duda, será útil a oscuros intereses políticos.
Por su parte, la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (AEDEP) se opone a esta amenaza a sus derechos constitucionales: en un reciente comunicado de prensa, enfatizó con razón que la ley de marras viola los artículos 23 num. 9 y 10 y 81 de la Constitución y recordó también que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, orgánica y especial, “norma el libre acceso a la información en manos del sector público y consagra los únicos casos de excepción a tal derecho constitucional”. A buen entendedor, pocas palabras.
La ley aprobada, sin embargo, no se limita solo a esas claras violaciones de la legislación nacional; desconoce también, con olímpico desdén, las obligaciones internacionales del Estado ecuatoriano en materia de libertad de expresión. En breve, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión que adoptó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresa sin equívoco que “las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público. Además, en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas”. Este criterio tiene sustento en vasta jurisprudencia de la propia Comisión y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (véanse, por ejemplo, los casos Herrera Ulloa c. Costa Rica y Ricardo Canese c. Paraguay). Solo resta, entonces, que el Presidente vete totalmente esta ley. Porque en definitiva la libertad de expresión, como acuñó George Orwell, “si significa algo, es el derecho de decirles a los demás lo que no quieren oír”.
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Etiquetas: Alfonso Harb, Comisión IDH, Congreso Nacional, Constitución, Constitución de Sangolquí, Corte IDH, Diario El Universo, George Orwell, Legislación, Libertad de Expresión
