Trujillo contra sí mismo

4 de octubre de 2018


El Estado de Derecho, según decía el Dr. Julio César Trujillo en los tiempos en que era académico, antes de convertirse en el Notorious NCP:

 “[El Estado de Derecho se caracteriza por] la existencia de instituciones políticas u órganos del Estado instituidos por el derecho, a los que asimismo el derecho les inviste de facultades que no pueden ejercer sino en las materias y dentro de los límites o competencias y de acuerdo con las facultades y los procedimientos prescritos en el propio derecho, según el principio de la división de poderes”*

Habría que ver con qué malabares y recovecos reconcilia Trujillo su definición teórica de Estado de Derecho con el ejercicio pragmático de unas “facultades extraordinarias” por el Consejo transitorio que él preside.

* Trujillo, Julio César, ‘Teoría del Estado en el Ecuador. Estudio de Derecho Constitucional’, Corporación Editora Nacional, Segunda Edición, Quito, 2006 [Primera edición: 1994], p. 97. (El resaltado no es del original.)

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