La pregunta es una
hipótesis a investigar cuyo resultado no variaría un ápice el mérito de Matilde
Hidalgo de Procel (1889-1974).
La duda surge porque en el
sistema de voto censitario hubo el caso de viudas propietarias que votaron, no
por ser mujeres, sino por ser ricas propietarias. En un sistema electoral
censitario, el sexo de una persona podía ser irrelevante para votar; lo importante,
en última instancia, era contar con una fortuna suficiente. Este sistema imperó
para el ejercicio del derecho al voto hasta la séptima Constitución, adoptada
durante la primera presidencia de Gabriel García Moreno (1821-1875) en 1861 (1). Bajo este sistema, en un
matrimonio, mientras el marido vivía, él era quien votaba. Pero cuando el
marido palmaba, su esposa podía tomar la posta en el ejercicio del derecho al
voto por esa familia.
En Estados Unidos de
América se conoce de casos de viudas votantes (2). Algo similar pudo suceder en el Ecuador, pero no tengo noticia
de un estudio que informe de un caso concreto.
En rigor, la probable
aparición de un estudio así no empece lo hecho por la machaleña Matilde Hidalgo
de Procel. Cuando una viuda votaba en los Estados Unidos de América, en la
Colombia o en el Ecuador del período de voto censitario, no había nada de reivindicatorio
en el voto de esas viudas. Eran las cosas como las mandaba la tradición, nada
más que con la singularidad de participar en el proceso una viuda.
De igual forma, una
probable viuda ecuatoriana votante en 1839 no disminuye en nada la gesta de Hidalgo
de Procel en 1924.
Esto, porque Hidalgo de
Procel fue a votar por una causa subversiva.
No votó como las viudas, por acatar el peso de una tradición: votó para
librarse de ella.
(1)
Para el derecho a ser elegido, esta restricción imperó hasta la Constitución de
1884.
(2)
“En general, las mujeres estaban excluidas del voto (aun cuando,
ocasionalmente, había habido mujeres propietarias –viudas, en su gran mayoría-
que habían podido acudir a las urnas)”, en: Foner, Eric, ‘La historia de la libertad en EE.UU.’, Ediciones Península,
Barcelona, 2010, p. 66.
0 comentarios:
Publicar un comentario